Amigos anfitriones, buen día!
Como todos los anfitriones acá en México, he estado involucrado las últimas semanas en los procesos fiscales para actualizar mi estatus.
Investigué muchos detalles, dentro y fuera de AIRBNB.
Acudí en tres ocasiones al SAT y varios asuntos parecían difíciles, pero sobre todo por ignorar como debían realizarse.
Quiero compartirles los principales procesos fiscales que están involucrados en todo esto, particularmente como persona física:
0. Datos fiscales para AIRBNB
-Implica estar dado de alta ante el SAT. Tener un RFC activo.
-Una vez con el RFC activo, enviar los datos a AIRBNB a través de la plataforma. Ellos validarán la información en un máximo de 48 horas.
-Una vez validado el RFC, también te redirigirán a facturify, una empresa alterna que genera facturas, donde podrás obtener dos documentos en lo sucesivo: a) la constancia de retenciones de impuestos mensual que hace AIRNBN y b) la factura mensual por las comisiones que cobra AIRBNB.
Debes registrarte en esa plataforma y te darán una clave para accesar en cada ocasión que requieras consultar archivos.
- Registro en el régimen de ingresos a través de plataformas digitales
-En la página del SAT hay que ir a actualización del RFC y gestionar el alta en el “régimen de plataformas digitales”.
Este régimen tiene varias ventajas, entre otras, que la empresa intermediaria retendrá impuestos del ISR e IVA, según la opción que se elija.
-Durante el proceso de actualización hay que optar por deducciones de ISR e IVA en tres opciones (según si se tienen ingresos anuales mayores a $300,000 pesos) y también avisar a que porcentaje corresponden estos ingresos de los ingresos totales.
Hay que tener a la mano el RFC del retenedor de impuestos. (Para AIRBNB AIU120412G29)
Estas opciones también darán cabida a proceder a hacer declaraciones mensuales o bien, solo una anual.
-Conviene preparar un mecanismo de contabilidad básica para no perder detalles, donde se consignen de manera mensual ingresos y egresos de la actividad-servicio, así como consignar ingresos brutos, netos, descuentos, comisiones, impuestos, etc.
2. Elaboración y emisión de facturas
-Este régimen obliga a emitir facturas. Esto se puede hacer en el mismo sistema del SAT o por otras plataformas, según se crea conveniente.
En la plataforma del SAT ir a Factura electrónica y luego “genera tu factura”. Es importante ubicar que hay 2 pasos, primero la carga del catálogo y segundo, llenar datos de emisor receptor. Si no está listo el primero, no se activará el segundo.
En el primer paso hay varios datos a llenar, pero dos de ellos son específicos y preconfigurados.
Clave del servicio: 90111500 (sobre hoteles y hospedaje)
Clave de unidad: Rom habitación
-Hay que realizar facturas por cada servicio por el cual obtengas ingresos. La factura debe realizarse por el ingreso que obtuviste, es decir, por el costo del servicio más el IVA. No considerar aquí la deducción que te hace AIRBNB por el cobro del uso de la plataforma. Eso es un egreso que tú debes considerar aparte, por medio del conjunto de las facturas de gastos a deducir, si es el caso.
OJO!. Airbnb te da aviso por correo de dos tipos de pago, el primero, cuando te comunica que ha habido una reservación y el segundo cuando te ha enviado el pago. Ninguna de estas cantidades es equivalente a la factura. Esta debe considerar lo que ya se dijo, costo del servicio más el IVA.
-En la mayoría de los casos se generarán facturas para clientes genéricos, por lo que hay que usar un rfc universal, previamente definido. (XAXX010101000)
Conviene guardar los cfdi en un archivo específico.
3. Declaraciones mensuales
-Si se optó por la vía de poder realizar deducción de impuestos (IVA e ISR) hay que realizar declaraciones mensuales.
-En la página del SAT ir a Declaraciones, luego a ver más y ahí encontrar el mini-sitio de “plataformas digitales”. Luego, elige presentar tu “declaración de pagos”, abrir y seguir las instrucciones. Verificar que los ingresos coincidan con las facturas y las retenciones, con la hoja de retención que entregó AIRBNB.
-Si en tu apartado (archivo contable) particular de egresos resulta que el IVA es mayor al IVA retenido y obtenido por tus ingresos, es probable que tengas saldo a favor.
-Puedes considerar como egresos fiscales a deducir aquellos gastos que sean necesarios para el ofrecimiento del servicio (inversiones, agua, luz, teléfono, servicios de limpieza, mantenimiento, comisiones de la plataforma, etc.) lo que deducirás de aquí será el IVA de cada uno de esos gastos, por lo cual debes tener la factura de cada uno de ellos.
4. Devolución de saldos a favor
Si después de tu declaración obtuviste saldo a favor, puedes realizar en la plataforma del SAT el procedimiento de solicitud de devoluciones.
-Debes solicitarlo por el IVA, contrastando IVA retenido e IVA por gastos o egresos.
Te solicitarán documentación probatoria, como facturas de gastos. También te podrán pedir el número de tu declaración presentada.
-Los archivos que subas como evidencia pueden solicitarse de acuerdo a las instrucciones que se vayan siguiendo en algún formato específico, como jpg, pdf o zip.
Te darán un folio para el seguimiento.
-Habrá que esperar la resolución y es probable que soliciten más documentación al respecto.