Procesos fiscales para anfitriones en México

Jorge1570
Level 6
Guanajuato, Mexico

Procesos fiscales para anfitriones en México

Amigos anfitriones, buen día!

Como todos los anfitriones acá en México, he estado involucrado las últimas semanas en los procesos fiscales para actualizar mi estatus.

Investigué muchos detalles, dentro y fuera de AIRBNB.

Acudí en tres ocasiones al SAT y varios asuntos parecían difíciles, pero sobre todo por ignorar como debían realizarse.

Quiero compartirles los principales procesos fiscales que están involucrados en todo esto, particularmente como persona física:

 

    0. Datos fiscales para AIRBNB

-Implica estar dado de alta ante el SAT. Tener un RFC activo.

 

-Una vez con el RFC activo, enviar los datos a AIRBNB a través de la plataforma. Ellos validarán la información en un máximo de 48 horas.

 

-Una vez validado el RFC, también te redirigirán a facturify, una empresa alterna que genera facturas, donde podrás obtener dos documentos en lo sucesivo: a) la constancia de retenciones de impuestos mensual que hace AIRNBN y b) la factura mensual por las comisiones que cobra AIRBNB.

Debes registrarte en esa plataforma y te darán una clave para accesar en cada ocasión que requieras consultar  archivos.

 

  1. Registro en el régimen de ingresos a través de plataformas digitales

-En la página del SAT hay que ir a actualización del RFC y gestionar el alta en el “régimen de plataformas digitales”.

Este régimen tiene varias ventajas, entre otras, que la empresa intermediaria retendrá impuestos del ISR e IVA, según la opción que se elija.

 

-Durante el proceso de actualización hay que optar por deducciones de ISR e IVA en tres opciones (según si se tienen ingresos anuales mayores a $300,000 pesos) y también avisar a que porcentaje corresponden estos ingresos de los ingresos totales.

Hay que tener a la mano el RFC del retenedor de impuestos. (Para AIRBNB AIU120412G29)

Estas opciones también darán cabida a proceder a hacer declaraciones mensuales o bien, solo una anual.

 

-Conviene preparar un mecanismo de contabilidad básica para no perder detalles, donde se consignen de manera mensual ingresos y egresos de la actividad-servicio, así como consignar ingresos brutos, netos, descuentos, comisiones, impuestos, etc.

 

     2. Elaboración y emisión de facturas

-Este régimen obliga a emitir facturas. Esto se puede hacer en el mismo sistema del SAT o por otras plataformas, según se crea conveniente.

En la plataforma del SAT ir a Factura electrónica y luego “genera tu factura”. Es importante ubicar que hay 2 pasos, primero la carga del catálogo y segundo, llenar datos de emisor receptor. Si no está listo el primero, no se activará el segundo.

En el primer paso hay varios datos a llenar, pero dos de ellos son específicos y preconfigurados.

Clave del servicio: 90111500 (sobre hoteles y hospedaje)

Clave de unidad: Rom habitación

 

-Hay que realizar facturas por cada servicio por el cual obtengas ingresos. La factura debe realizarse por el ingreso que obtuviste, es decir, por el costo del servicio más el IVA. No considerar aquí la deducción que te hace AIRBNB por el cobro del uso de la plataforma. Eso es un egreso que tú debes considerar aparte, por medio del conjunto de las facturas de gastos a deducir, si es el caso.

 

OJO!. Airbnb te da aviso por correo de dos tipos de pago, el primero, cuando te comunica que ha habido una reservación y el segundo cuando te ha enviado el pago. Ninguna de estas cantidades es equivalente a la factura. Esta debe considerar lo que ya se dijo, costo del servicio más el IVA.

 

-En la mayoría de los casos se generarán facturas para clientes genéricos, por lo que hay que usar un rfc universal, previamente definido. (XAXX010101000)

Conviene guardar los cfdi en un archivo específico.

 

          3. Declaraciones mensuales

-Si se optó por la vía de poder realizar deducción de impuestos (IVA e ISR) hay que realizar declaraciones mensuales.

 

-En la página del SAT ir a Declaraciones, luego a ver más y ahí encontrar el mini-sitio de “plataformas digitales”. Luego, elige presentar tu “declaración de pagos”, abrir y seguir las instrucciones. Verificar que los ingresos coincidan con las facturas y las retenciones, con la hoja de retención que entregó AIRBNB.

 

-Si en tu apartado (archivo contable) particular de egresos resulta que el IVA es mayor al IVA retenido y obtenido por tus ingresos, es probable que tengas saldo a favor.

 

-Puedes considerar como egresos fiscales a deducir aquellos gastos que sean necesarios para el ofrecimiento del servicio (inversiones, agua, luz, teléfono, servicios de limpieza, mantenimiento, comisiones de la plataforma, etc.) lo que deducirás de aquí será el IVA de cada uno de esos gastos, por lo cual debes tener la factura de cada uno de ellos.

 

          4. Devolución de saldos a favor

Si después de tu declaración obtuviste saldo a favor, puedes realizar en la plataforma del SAT el procedimiento de solicitud de devoluciones.

 

-Debes solicitarlo por el IVA, contrastando IVA retenido e IVA por gastos o egresos.

Te solicitarán documentación probatoria, como facturas de gastos. También te podrán pedir el número de tu declaración presentada.

 

-Los archivos que subas como evidencia pueden solicitarse de acuerdo a las instrucciones que se vayan siguiendo en algún formato específico, como jpg, pdf o zip.

Te darán un folio para el seguimiento.

 

-Habrá que esperar la resolución y es probable que soliciten más documentación al respecto.

82 Respuestas 82
Gloria342
Level 10
Zacatecas, Mexico

Hola @Jorge1570, Gracias por tu aportación, solo faltó mencionar el ISH que depende de cada estado y hay que desglosar en las facturas que emitimos como anfitriones. (Solo en algunos estados lo retiene directo Airbnb). Las claves para facturar dependen del servicio que ofrece cada alojamiento.

Saludos!

Gloria.

Hola Gloria, tienes razón, falto ese detalle del ISH.

En mi caso estoy esperando a que el gobierno estatal realice el convenio con AIRBNB. Se que ya andan en eso. Luego platico como quedó el asunto.

Saludos hasta Zacatecas!!

Gracias @Jorge1570, Hay una lista dónde aparece tu bello estado para que sepas cuál es el porcentaje que te corresponde (4% creo), debes ponerlo en el desglose de la factura para que tenga validez por hospedaje,  los ayuntamientos de cada entidad son los que reciben este impuesto (es estatal), acá apenas están viendo como nos otorgarán las Licencias, los requisitos ante protección civil, verificaciones y seguros correspondientes. Fui hace unos días a pagar el que corresponde a Octubre/2020 y me dieron esta información, por lo pronto literalmente hicieron el comentario "No se lo vaya a gastar, lo cobraremos por retroactivo en cuanto se otorguen las Licencias y/o lleguemos al convenio para que lo retenga Airbnb como ya lo hace en algunos Estados".

De manera personal me encantaría que el servicio estuviera regulado y verificado para la tranquilidad y seguridad de todos, me ha tocado recibir algunos huéspedes que se encontraron con alojamientos que No cumplen lo mínimo en seguridad doméstica, con el apoyo de la plataforma cancelan y los redirigen...nadie debería pasar por algo así...también espero que sea obligatorio el registro a la llegada con Identificación Oficial de todos los huéspedes para evitar riesgos mayores.

Jajajaja!! me estoy saliendo del tema...

Saludos!

Gloria

 

Hola @Gloria342 !!!

Gracias por tu valiosa información....

Me surgen 4 preguntas iniciales...

De acuerdo a tu experiencia y en tu estado...

 

1. Al generar la factura dentro de la plataforma del SAT, como le haces para poner ese impuesto, debes de abrir la ventana de otros impuestos o como lo consignas?? cual es el procedimiento?

2. Se supone que ese impuesto lo debe pagar el cliente, agregando lo correspondiente al precio inicial o bien desglosando la cantidad si es que ya se incluye en el precio, pero como no hay convenio con la plataforma, lo visualizará hasta que se le genere la factura, es correcto?

3. Para hacer el tramite local, debes tramitar ante la unidad local de finanzas, otro registro del RFC del estado o algo así o bien, funciona con el RFC federal?

4. Qué instancia te dará los permisos de seguridad que mencionas?; Turismo, Protección civil, Finanzas???

 

Por último, me puedes compartir la lista que mencionas con el ISH por estado?....gracias!!

Saludos

 

Upss!! @Jorge1570  La lista sobre ISH por estado y tu mejor manual sobre el tema aquí:

 

https://recursosfiscalesairbnb.com

 

Casi se me olvida...

 

Buen día!

Gloria.

 

@Gloria342 

Gracias por la liga!!!

 

Te comento que estuve juntando varias ligas con información al respecto y las fui archivando.

En algún momento, no se porqué, se me "chalpaqueó" el asunto y ya no pude acceder a casi ninguna de ellas. Me mandaba un mensaje de que necesitaba una autorización....cosas rara.

Entre esas ligas, estaba la que ahora me mandas.

 

Ya la pude ver.

Muchas gracias!!

‌‌ @Jorge1570, cuando te piden autorización es porque es privada, el "dueño" te la da.

 

Qué gusto aportar!

 

: )

Gloria342
Level 10
Zacatecas, Mexico

Hola @Jorge1570, Respondo en lo que sé a tus dudas:

1.- En Complementos + Impuestos Locales + Traslados Locales + Nuevo...llenas el apartado que corresponde al ISH de tu Estado. (4%)

2.- Efectivamente lo paga el huésped y lo verá definido en su factura, yo lo agregué a mi precio diario y al facturar lo desgloso, de esta manera no hay sorpresas ni solicitudes de cargos extras y tampoco terminas pagándolo tu...parecen cantidades pequeñas...en la suma de reservas mensuales pueden llegar ser cantidades importantes, en teoría no es del todo correcto ya que Airbnb termina cobrando comisión también por este Impuesto, me pareció más complicado aclarar con los huéspedes que "faltó" un cargo y ponerte de acuerdo sobre la forma de pago.

En la factura aparecen desglosados IVA e ISH claramente y es correcta para hospedaje por plataformas digitales.

3.- Todavía no hay información fehaciente al respecto, como es Estatal no han decidido que dependencia se hará cargo, yo no he encontrado la forma de pagarlo...solo las recomendaciones que comenté anteriormente y la certeza de que ya estamos enlistados en su base de datos, iré nuevamente al SAT por si hay nueva información.

4.- Protección Civil hará las revisiones y dará su carta-certificado si todo está en regla para que tramitemos la Licencia correspondiente junto con los otros requisitos.

Con tanta incertidumbre por la pandemia y los cambios en los semáforos de cada entidad, no creo que esté cerca de resolverse este tema, estaremos al pendiente para cumplir.

Saludos!

Gloria

Gloria...te agradezco toda la información que nos compartes.

Lo que dices al final es fuerte, pero muy real, la pandemia vino a mover esquemas de todo y a generar mucha incertidumbre.

Investigaré localmente al respecto para compartirlo y seguimos en contacto. 

 

Hola @Gloria342 

Buen dia!

 

Gracias por tu excelente orientación sobre todo este tema del ISH y sus vericuetos!

Con esto se completa mucho todo el camino de los diferentes procesos fiscales para los anfitriones de AIRBNB en México.

 

Habrá que completarlo con los diferentes procesos que se den en cada estado para la entrega de recursos de este impuesto, que cómo se vislumbra, puede ser el de un pago simple a la oficina de rentas, hasta el realizar una inscripción formal previa en algún padrón estatal coordinado por alguna dependencia específica.

 

He sabido que en Quintana Roo, también planean que estos servicios estén regulados y autorizados previa inspección de las autoridades de protección civil.

 

Ya se irá completando todo el cuadro.

 

Saludos Gloria, que tengas excelente semana junto con tu familia! 

@Jorge1570, Bienvenidas todas las regulaciones y mejoras por la legalidad y seguridad de todos!

 

: )

Hola @Jorge1570, actualizando sobre los montos al emitir factura, no es posible desglosar el ISH, me marca error ya que el sistema suma directo el IVA del precio base y no concuerda.

Airbnb sugiere que el cobro de este impuesto se agregue de forma manual (Vía reembolso por el centro de resoluciones y/o por Oferta Especial), de esta forma tampoco se incluye en el cargo de comisiones, pero me parece de muy mal gusto decirle al huésped que falta agregar el % sobre el hospedaje; aunque lo indique en mis anuncios casi nadie lo lee y no se entera.

Mañana platicaré con la contadora y te mantengo al tanto.

 

Se aceptan sugerencias...

 

Saludos!

Gloria

 

P.D. Finanzas acá hace un cargo extra sobre el pago de ISH (10% para la UAZ).

Hola @Gloria342 

En efecto me ha pasado lo que comentas.

 

He estado pensando al respecto y creo que lo mejor será esperar al convenio que haga la autoridad estatal para el desgloce del ISH y pago directo de ese impuesto a través de AIRBNB, pues en efecto, es penoso decirle al huésped que le faltó un dinero...un impuesto extra....el ISH.

 

Entiendo que de cualquier forma hay un vacío, pues como comentabas, la factura se genera con ese concepto y entonces, falta lo correspondiente del hospedaje.

Por otro lado, en el caso de los hoteles como tal, su RFC se factura distinto, por el régimen y tienen también un registro local (estatal).

Y es que aunque prestamos servicios homologados a hotelería u hospedaje, no somos hotel.

Verdadero embrollo...jajajajaja

Espero que se pueda resolver pronto. Creo que tendremos que tener un registro local para que se pueda hacer el "amarre" para el pago de ese impuesto.

 

Hoy no pude, pero mañana intentaré hacer consultas con la Secretaría de Finanzas de mi estado...en línea, porque para ir en vivo, para todo trámite te piden hacer cita eterna.

 

Saludos

 

 

Seguimos en contacto.

Hola @Jorge1570, ya sé, toda una odisea las famosas citas del SAT, lo que me preocupa más que absorber de momento el ISH, es que la factura reflejará un importe mayor...aunque más vale de más que de menos...no me gustaría que el huésped tenga problemas con su empresa por este motivo, ya que tenemos que poner el ISH en las facturas para que tengan validez por hospedaje.

Saludos!

Gloria

 

P.D. como bien dices..."menudo embrollo traemos"

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