@Michael477 buena tarde, el tema de la deducción ciega trae un poco de confusión de saber si puede hacer el cambio a deducción "normal" cuando existan gastos por mantenimiento o reparaciones que sean elevados.
En este caso te comento lo siguiente:
La ley de ISR
Art 115 los contribuyentes que otorguen el uso o goce temporal pueden optar por deducir el 35% de sus ingresos en sustitución de las deducciones para la propia actividad
Código fiscal de la federacion
Art 6 cuando las disposiciones fiscales prevean opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar las contribuciones a su cargo, la elegida por aquellos no podrán cambiarla respecto al mismo ejercicio.
En el articulo anterior te limita a cambiar de deducción ciega a deducción "normal" y viceversa.
Pero existe un articulo en el cual dan la oportunidad de cambiar de tipo de deducción.
Reglamento de la ley de isr
Art 196.....una vez ejercida no podrán variarse en los pagos provisionales de dicho año, pero si lo podrán hacer al presentar su declaración anual del ejercicio respectivo.
Por todo lo anterior, los contribuyentes que apliquen una opción durante los pagos provisionales pueden cambiarla en su declaración anual si les beneficia pero solo en la anual no en las declaraciones provisionales.
Por eso es muy delicado ya que si realiza un cambio de un mes a otro podría traer un problema fiscal en un futuro, sobre todo que ya se empezaran a realizar los cruces de lo facturado(ingresos y egresos) con lo declarado.
@Ana882 gracias por tus comentarios.
Saludos