Guía y consejos de facturación e impuestos en México- Legalízate!

Michael477
Level 10
Cholula, Mexico

Guía y consejos de facturación e impuestos en México- Legalízate!

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Hola comunidad,
ha habido mucha inquietud de cómo legalizar el proceso de arrendamiento en MÉXICO.

Aquí te lo comento:


Facturación huésped extranjero:
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Fácil: Genera una factura "artesanal" con todos los datos que una factura requiere (Dirección tuya, dirección del huésped y/o su compañía, en caso necesario datos fiscales del huésped (!), fecha de emisión, fecha de estadía, cantidad de días, costo por día y total etc. - pregunta al huésped, cómo requiere su factura). De preferencia dale a la factura un número consecutivo (algunos países Europeos lo requieren).

Preguntale al huésped la cantidad exacta que le ha cobrado AirBnB (de preferencia pidele un comprobante)
Imprime o manda la factura. Hecho.

Incluso países que tienen contrato de mútua fiscalización con México no se dan la tarea de informar al SAT Mexicano de que les han presentado una factura mexicana.

Se puede emitir una factura "dummy" con un No. RFC "default" si quieres declarar ese ingreso en el SAT

No es posible de otro modo, ya que el huésped extrangero no tiene registro fiscal en México


Facturación huésped Mexicano y declaración fiscal
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Independiente si es persona moral o un jovencito mochilero:

 

  1. Datos fiscales del huésped o de su compañía imprescindibles!
  2. Date de alta  en el SAT en el régimen de arrendamiento con deducción ciega del 35%!
  3. Tendrás que hacer tu declaración trimestral
  4. Te recomiendo tomar las clased (gratis) en el SAT para facturación electrónica.
  5. Te recomiendo pedir orientación en el SAT (son muy competentes, rápidos, serviciales.... por lo menos en Puebla)
  6. Pidele al huésped un comprobante de lo que ha pagado a AirBnB (generalmente es el 12% más que tu precio base, puede variar)
  7. Calcula la cantidad a facturar así: Cantidad pagada por el huésped  dividida entre 1.16 = precio sin IVA
  8. Calcula el 16% de IVA (precio sin IVA multiplicado por 0.16)
  9. Expide la factura con esa cantidad total (es lo que ha pagado el huésped): precio sin IVA / IVA / Total
  10. Has tu declaración trimestral en el SAT


Cálculo  ejemplar con cantidad pagada por el huésped - y facturada - de 1000 Pesos para la declaración:

 

  1. Facturado: 862.07  MXN + 137.93 MXN (IVA) = 1000 MXN
  2. Declaras: 862.07 MXN de ingresos
  3. Pagas impuestos: 137.93 MXN (IVA) +  14 MXN (ISR)*
  4. Tu precio base era de apr. 893 MXN, recibes de AirBnB aprox. 866 MXN
  5. Te quedan 866 MXN (tu pago de AirBnB) - IVA - ISR = 714 MXN!


ISR + IVA pagado, estas LEGAL, LIMPI@, CON BUENA CONCIENCIA!
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PD.: La renta de hospedaje amueblado es gavable con IVA 16%, la renta de hospedaje NO amueblado no causa IVA.
PD2.: Considera que no entregas documentación de AirBnB, ya que las cantidades no tienen nada que ver con lo que se declara!

PD3.: No olvides que no todos piden factura 😉 ; nadie te puede culpar, si tienes unos cuantos mese sin rentar!


*)ISR: La tasa de ISR varía mucho con el ingreso. Como te aceptan deducción ciega del 35% pagas ISR solamente sobre el 65% del ingreso.
Calculador ISR


Saludos
Michael
410 Respuestas 410

Hola  @Marta-Ivon0 , puedes darte de alta como RIF o como Actividad Empresarial; para analizar el régimen que te corresponde se deben de analizar ingresos anuales, si eres socia de alguna empresa o SC, si ya estuviste en el RIF o pequeño contribuyente y te saliste de él. Por lo que te recomiendo buscar un contador, lo que si no hagas, es darte de alta en Arrendamiento, por que el SAT ya emitió criterios vinculativos mencionando que  nuestra actividad es hospedaje y se debe pagar ISR e IVA

 

En este año se vienen cambios y los que están en RIF dejarán de estarlo seguramente incluirá en su catalogo de actividades algo como "hospedaje por plataformas electrónicas".

 

Honorio [Información personal oculta según los principios del Centro de la Comunidad]

Casa MEXH

Puerto Morelos y Playa del Carmen,

Quintana Roo

Ernestina3
Level 2
México D.F., MX

HOLA : 

QUISIERA AYUDA ACERCA DE FACTURAR LAS ESTANCIAS, AIRBNB NO ES CLARO ME HA COSTADO TRABAJO ENTENDERLO, SEGUN YO ELLOS NO GENERAN LAS FACTURAS PORQUE LO QUE DAN ES UN RECIBO Y NO UNA FACTURA, QUIERO FACTURAR PORQUE YA ESTAN SOLICITANDO FACTURAS SOBRETODO LOS CLIENTES NACIONALES.

 

MIL GRACIAS!!!!!!

Hola @Ernestina3 , en lo que entran las reformas de junio 2020 debes de emitir las facturas conforme al régimen fiscal en el que este dada de alta. Mi criterio es el que como tu prestas el servicio de hospedaje lo que debes es facturar el importe total de la reserva sin el impuesto por hospedaje y sin descontar la comisión de Airbnb. Es decir en una reserva tu monto es $11600.00 incluyendo la cuota de limpieza, de impuesto sobres hospedaje es $300, la comisión de Airbnb al cliente $1,500.00 y la comisión que te cobra Airbnb es $500.00, por lo que Airbnb te deposita es $11,100.00

 

Entonces tu factura sería :

 

Hospedaje o Renta del periodo de la reserva (Según el régimen fiscal) $10,000.00

IVA $1,600.00

Total $11,600

 

Es decir el monto de tu reserva ya incluye IVA, por lo que hay que dividirlo entre 1.16 para llegar al importe sin IVA (Airbnb ya incorporó en la sección de impuestos que tu optas pagar los impuestos y en esta opción ya desglosa el importe y el IVA)

 

La comisión que cobra Airbnb al cliente no la puedes facturar, por que no es un servicio que tu prestaste , en este caso con el recibo de Airbnb el cliente tendría que soportar la deducción como un gasto erogado en el extranjero al no tener residencia en el país Airbnb. Del mismo modo tu tendrías que deducir la comisión que te cobró Airbnb.

 

Honorio [Información personal oculta según los principios del Centro de la Comunidad]

Casa MEXH

Puerto Morelos y Playa del Carmen,

Quintana Roo

Hola Honorio, buenas tardes.  Lei en otro sitio https://quickbooks.intuit.com/mx/recursos/facturacion/paso-a-paso-como-hacer-una-factura-de-hospedaj...  que el ISH se pone en un "Complemento de Impuestos Locales" en la factura, como ya retenido.  Agradeceria tus comentarios.

Y, perdon, es muy utile tu explanacion del por que no podemos facturar para la comision que cobra AIrbnb al cliente.  Una pregunta, por que tenemos que deducir la comision que cobra airbnb a nosotros, y como lo expliques al cliente/huespede?  Exactamente igual?  Que no es un servicio que  preste?  Muchas gracias

Martha687
Level 2
Cd. Juarez, Mexico

Tengo una duda independiente de la facturación todos los anfitriones debemos pagar nuestros impuestos, por lo tanto nos debemos registras en el SAT, lo que me queda duda por que en arrendamiento y no en el RIF

Hola @Martha687 : Por supuesto te toca pagar ISR  e IVA.

Cuál es el mejor modo depende de tus condiciones y te recomiendo visitar el SAT, te explican muy bien. De estos dos modos (hay todvía más opciones) cada uno tiene ventajas y desventajas.

Saludos
Michael
Leopoldo39
Level 2
Guadalajara, Mexico

Buenas tardes me podrías orientar con que clave me doy de alta en el sat? 

Hola, el día de ayer el SAT publicó en su pagina un minisitio acerca de platarformas tecnologicas, donde indica como darnos de alta o aumentar nuestras obligaciones.

 

http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/index.html

Francisco387
Level 2
Durango, Mexico

Buenos Dias @Michael477 

Para comentarte, que declarar tus ingresos como arrendador esta mal de acuerdo a un criterio que emitio el mismo SAT. Aqui te dejo el link https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5568597&fecha=21/08/2019

Los criterios son el 10/IVA/NV y 41/ISR/NV

El SAT considera que los ingresos de esta plataforma son actividad empresarial (Como si fueran hoteles) y no arrendamiento.

 

Independientemente de eso, el 1 de junio del 2020 entro en vigor una nueva reforma para plataformas digitales. Aqui dejo un link de la pagina del SAT donde explica dicho esquema http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/PersonasFisicas/personasfisicas_inicio.html

En teoria el esquema funcionara a base de retenciones, y airbnb aplicara dichas retenciones a los pagos que se reciban. Sin embargo, a la fecha (por lo menos que yo sepa) Airbnb aun no ha sacado ningun aviso de este tipo.

Saludos!

Hola @Francisco387 : Como puedes leer unos milimetros arriba de tu post, Honorio ya ha compartido esa información.

Yo sigo insistiendo que no pasen o no crean  información que se ha escrito en internet, aunque lo haya hecho el SAT ...... ve con ellos. Son los que te reciben y procesan tus datos. Pregunten! Mi experiencia es que la gente del SAT es muy cooperadora! (Espero que no solamente en Puebla 😉

Ellos te indican exactamente e incluso te dan tips por los cuales un contador te cobraría caro!

Saludos
Michael

@Michael477  Si deben de seguir la información emitida por el SAT, ya que esta realizada conforme las disposiciones fiscales vigentes, lo que no deben hacer es interpretarlas sin la asesoría de un contador del SAT o el que quieran. 

 

Por otro lado la gente del SAT puede ser muy amable y cooperativa pero no entendían el concepto de la renta vacacional y por eso asesaoraban erroneamente como arrendamiento. Cuando se publicó el criterio vinculativo fue que comenzaron a ver este "nuevo entorno", lo que me consta es que ahora ya estan capacitados con estas modificaciones que entraron en vigor el 1 de junio, por que antes de que saliera el micrositio ya me habían asesorado de como realizar la actualización de obligaciones.

 

Lo que si es obligatorio es que si van a seguir percibiendo ingresos por plataformas tenológicas deben de hacer su inscripción o actualización de obligaciones. El regimen en el que hemos estado tributando estos ingresos ya no es aplicable a partir del 1 de junio y estaríamos pagando incorrectamente nuestro impuestos.

Sergio-Armando0
Level 2
Culiacán, Mexico

@Michael477  buen día, gracias por la explicación, osea que cuándo me soliciten factura ,hay que facturar y pagar impuestos hasta por la comisión que Airbnb le cobró al huésped y que ese dinero no nos lo depositó? Así lo entendí, dime por favor si entendí mal

Honorio1
Level 3
México D.F., Mexico

@Sergio-Armando0  Buenos días, no. No debes facturar la comisión de Airbnb al cliente. Lo que debes de facturar es lo que tu cobras por el hospedaje al cliente incluyendo la comisión que te cobra Airbnb. Airbnb te hace una factura por la comisión que te cobra, la cual puedes deducir de tus ingresos.

Ricardo1208
Level 2
Guadalajara, Mexico

Hola, habra retencion de dinero por parte de airbnb. lei que este seria menor si la plataforma tiene nuestros datos fiscales. es cierto?  y donde los podemos subir ?

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