Permisos Ante Registro Nacional de Turismo Colombiano

Daniel1265
Level 3
Bogotá, Colombia

Permisos Ante Registro Nacional de Turismo Colombiano

 

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Espero ser lo más acertado en la información que daré, pero es mi interés brindar la información que me fue útil para sacar los Permisos de Turismo que son obligatorios en Colombia desde finales del año del 2017, cuando se cuenta con los servicios tecnológicos para su solicitud y se dejó a cargo de las cámaras de comercio (Administradora del RUES).

 

El permiso de Turismo se obtiene por itnernet, y se debe visitar un máximo de dos sitios para obtenerlo, el resto se hace por internet. Las principales ventajes es que estará en la elgalidad y tendrá el respaldo del Nuevo Código de Policía Colombiano, y de llegar a presentarse un inconveniente con un inquilino, la Policía puede actuar inmediatamente en su desalojo, que es lo que sucede en los hoteles. Recomiendo se lea esta información en su totalidad antes de iniciar el proceso.

 

Paso 1

Visitar el sitio web http://rnt.confecamaras.co/, y seleccionar la región de Colombia donde se prestará el servicio. Una vez se selecciona la región, se encuentra un instructivo paso a paso que está muy completo. En este instructivo se pide hacer un registro, para lo cual deberá tener el RUT a la mano o el NIT de la empresa. En este paso solo puede inscribirse para que cuente con un usuario y contraseña, y no podrá solciitar el Permiso haste que no cuente con un Establecimiento de Comercio con Matrícula Mercantil. 

 

Paso 2

Ir a la cámara de comercio de la ciudad, para crear un establecimiento de comercio. Recomiendo hacer esto presencialmente, porque por teléfono es confuso. Se necesita al dirección exacta y que la persona que asiste sea la que se encuentre asociada al establecimiento de Comercio (Representante Legal). Lo sencillo es hacerlo como persona natural y para esto no debe asistir el dueño del inmueble si no es el representate legal.  En la cámara de comercio también se puede actualizar las actividades que aparecen en su RUT, donde se hace necesario adicional el CIUU 5519 que es el que corresponde a los servicios de vivienda turística. por la creación de la Matrícula Mercantil del Establecimiento (Ojo, diferente a la Matrícula Mercantil de la Empresa o Persona Natural o Jurídica), cobran algo cercano a $70.000. Y por la creación de la empresa como persona Natural no se genera costo, pero si se paga su renovación anual según los activos declarados ($85.000 aproximadamente para Activos por $5'000.000), y que se debe hacer antes del 31 de marzo de cada año.

 

Paso 3

Una vez se cuente con una matrícula Mercantíl otorgado por la cámara de comercio, ya se puede usar la opción Mis Establecimientos / Registrar Nuevo Establecimiento (paso 7 de la guía de confecámaras). Encontrarán que para vivienda turística necesitan tres documentos: 1. Estados financieros (lo hace un contador), 2. La Declaración de Primera Parte del Proveedor del Servicio de acuerdo con la NTC ISO - IEC 17050y 3. El reglamento de propiedad horizontal del Edificio (si es una coopropiedad). No recomiendo seguir el proceso si no cuenta con esos documentos:

 

1. Hoja de Balance: donde registra sus activos y pasivos iniciales. Para esto encesitará una ayuda de un Contador.

2. Declaración primera parte, norma NTS: Esto se hace por internet en el enlace web http://www.certificacioncalidadturistica.com.co/. Se debe registrar primero y validar dirección de correo, a mi me funcionó hasta el otro día en que hice el registro. Para legalizar aun más la prestación, y pretender algún distintivo de calidad turística, hice un documento estratégico aparte, de mi empresa como Persona Natural, con cada uno de las preguntas en donde me comprometía a algo. Para hacer el cuestionario le piden un logo, donde la verdad no le dí mucha importancia. El cuestionario es largo, pero las ventajas inicialmente mencionadas valían la pena.

3. El Reglamento de Propiedad Horizontal: En mi caso particular, en este reglamento estaba aprobado el uso de vivienda turística, lo que facilitó todo. Solo adjunté la primera hoja y el apartado donde se mencionaba el permiso.

 

La totalidad de los documentos anteriores deben pesar menos de 8Mb, o de lo contrario no será enviada la información. Esto me pasó muchas veces y toca diligenciar el formulario nuevamente.  

 

Paso 4

Solicitar el Permiso Turístico, para lo cual se debe imprimir una hoja para llevarla a la Gobernación o a la Cámara de Comercio según corresponda y así pagar los primeros $123.900 (año 2018), y que deberá renovarse anualmente antes del 31 de marzo. Ojo, Hay multa si no se suspende, paga o cancela el permiso antes de cumplida esta fecha.

 

Paso 5

Subir la constancia de pago al sistema, tal y como se dice en la guía de la página de Confecámaras y esperar a la aprobación. El certificado que dan es el mismo de todos los hoteles, pero se detalla que es de Vivienda Turística. 

 

Paso 6

La administración del edificio o representante legal debe cumplir los requisitos establecidos por Ley, donde se debe conservar un formato por huésped, donde está su número de identificación y el tiempo de visita.

 

Ojo, es aquí donde los adminsitradores deben ayudar, lo repito, en mi caso tenía la aprobación en el reglamento de propiedad horizontal. Todo administrador de una coopropiedad está obligado a informar sobre la destinación ilegal de servicios turísticos, son ellos los que están obligados, sin embargo una persona envidiosa puede hacer la denuncia si así se lo propone, lo que representaría una sanción para el Prestador del Servicio ilegal y para el Administrador de Turno. La información de esto lo podrán encontrar por internet si buscan el DECRETO 2590 DE 2009.

 

Estaré muy atento si consideran que debo modificar o adicionar información.

 

35 Respuestas 35

Hola!!. Tengo la misma pregunta . Pudiste resolverla?. 

Compré un apartamento sobre planos en Bogotá Chapinero, y llevo 2 años como súper anfitrión, justo recién en la segundo asamblea de propietarios logramos aprobar por mayoría que el reglamento expresamente autorizara arrendar por plataformas tecnológicas incluyendo alojamientos menores a 30 días, nos pusimos de acuerdo con los otros 4 anfitriones del edificio y la clave fue el administrador, estuvo siempre de nuestra parte, hicimos toda una estrategia que ejecutamos en la asamblea frente a 50 propietarios, ganamos 80% de los votos a favor, vendimos la idea básicamente en que nuestros apartamentos están muy valorizados por eso, y nuestros ingresos doblan a los de una inmobiliaria, además que no pueden quitarnos un medio de ingreso económico en medio de la crisis de la pandemia, fue un éxito, aunque actualmente el Registro Nacional de Turismo se saca muy fácil por internet sólo preguntaba si el edificio permitía actividades comerciales, puede que en un futuro exija el reglamento del edificio autorización por mayoría en asamblea alojamientos menores a 30 días. Ojo hay que cubrirse de los vecinos quejetas y puede afectar al administrador, ellos están en el deber de denunciar a los Airbnbs "no autorizados", so pena de alguna sanción, eso nos dijo nuestro administrador, por eso tuvimos (con miedo) de hacer la propuesta de votación en asamblea, que ganamos! 

Alejandra411
Level 2
Medellín, Colombia

Hola buenos días, quisiera saber como le hicieron con la NTS-TS02 que piden para poder obtener el RNT??? Mil gracias 

Juan3089
Level 1
Cali, Colombia

gracias por toda la información!

Deseo saber si el webinar que realizó Airbnb con el Ministerio de Comercio y turismo en Octubre de 2021 es posible encontrarlo en algún lugar?

Geraldine329
Level 2
Itagüí, Colombia

Hola @Daniel1265  muchas gracias por la informacion, podrias solucionarme una duda? En la solicitud del RNT salen 3 opciones inmueble, plataforma electrónica o digital? al ofrecerse la propiedad en airbnb el tramite debe ser plataforma o el rnt como inmueble, muchas gracias.

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