He leído muchos hilos sobre problemas de nuevos anfitriones ...
Última respuesta
He leído muchos hilos sobre problemas de nuevos anfitriones para conseguir reservas por lo que me lanzo a contar mi experienc...
Última respuesta
Espero ser lo más acertado en la información que daré, pero es mi interés brindar la información que me fue útil para sacar los Permisos de Turismo que son obligatorios en Colombia desde finales del año del 2017, cuando se cuenta con los servicios tecnológicos para su solicitud y se dejó a cargo de las cámaras de comercio (Administradora del RUES).
El permiso de Turismo se obtiene por itnernet, y se debe visitar un máximo de dos sitios para obtenerlo, el resto se hace por internet. Las principales ventajes es que estará en la elgalidad y tendrá el respaldo del Nuevo Código de Policía Colombiano, y de llegar a presentarse un inconveniente con un inquilino, la Policía puede actuar inmediatamente en su desalojo, que es lo que sucede en los hoteles. Recomiendo se lea esta información en su totalidad antes de iniciar el proceso.
Paso 1
Visitar el sitio web http://rnt.confecamaras.co/, y seleccionar la región de Colombia donde se prestará el servicio. Una vez se selecciona la región, se encuentra un instructivo paso a paso que está muy completo. En este instructivo se pide hacer un registro, para lo cual deberá tener el RUT a la mano o el NIT de la empresa. En este paso solo puede inscribirse para que cuente con un usuario y contraseña, y no podrá solciitar el Permiso haste que no cuente con un Establecimiento de Comercio con Matrícula Mercantil.
Paso 2
Ir a la cámara de comercio de la ciudad, para crear un establecimiento de comercio. Recomiendo hacer esto presencialmente, porque por teléfono es confuso. Se necesita al dirección exacta y que la persona que asiste sea la que se encuentre asociada al establecimiento de Comercio (Representante Legal). Lo sencillo es hacerlo como persona natural y para esto no debe asistir el dueño del inmueble si no es el representate legal. En la cámara de comercio también se puede actualizar las actividades que aparecen en su RUT, donde se hace necesario adicional el CIUU 5519 que es el que corresponde a los servicios de vivienda turística. por la creación de la Matrícula Mercantil del Establecimiento (Ojo, diferente a la Matrícula Mercantil de la Empresa o Persona Natural o Jurídica), cobran algo cercano a $70.000. Y por la creación de la empresa como persona Natural no se genera costo, pero si se paga su renovación anual según los activos declarados ($85.000 aproximadamente para Activos por $5'000.000), y que se debe hacer antes del 31 de marzo de cada año.
Paso 3
Una vez se cuente con una matrícula Mercantíl otorgado por la cámara de comercio, ya se puede usar la opción Mis Establecimientos / Registrar Nuevo Establecimiento (paso 7 de la guía de confecámaras). Encontrarán que para vivienda turística necesitan tres documentos: 1. Estados financieros (lo hace un contador), 2. La Declaración de Primera Parte del Proveedor del Servicio de acuerdo con la NTC ISO - IEC 17050y 3. El reglamento de propiedad horizontal del Edificio (si es una coopropiedad). No recomiendo seguir el proceso si no cuenta con esos documentos:
1. Hoja de Balance: donde registra sus activos y pasivos iniciales. Para esto encesitará una ayuda de un Contador.
2. Declaración primera parte, norma NTS: Esto se hace por internet en el enlace web http://www.certificacioncalidadturistica.com.co/. Se debe registrar primero y validar dirección de correo, a mi me funcionó hasta el otro día en que hice el registro. Para legalizar aun más la prestación, y pretender algún distintivo de calidad turística, hice un documento estratégico aparte, de mi empresa como Persona Natural, con cada uno de las preguntas en donde me comprometía a algo. Para hacer el cuestionario le piden un logo, donde la verdad no le dí mucha importancia. El cuestionario es largo, pero las ventajas inicialmente mencionadas valían la pena.
3. El Reglamento de Propiedad Horizontal: En mi caso particular, en este reglamento estaba aprobado el uso de vivienda turística, lo que facilitó todo. Solo adjunté la primera hoja y el apartado donde se mencionaba el permiso.
La totalidad de los documentos anteriores deben pesar menos de 8Mb, o de lo contrario no será enviada la información. Esto me pasó muchas veces y toca diligenciar el formulario nuevamente.
Paso 4
Solicitar el Permiso Turístico, para lo cual se debe imprimir una hoja para llevarla a la Gobernación o a la Cámara de Comercio según corresponda y así pagar los primeros $123.900 (año 2018), y que deberá renovarse anualmente antes del 31 de marzo. Ojo, Hay multa si no se suspende, paga o cancela el permiso antes de cumplida esta fecha.
Paso 5
Subir la constancia de pago al sistema, tal y como se dice en la guía de la página de Confecámaras y esperar a la aprobación. El certificado que dan es el mismo de todos los hoteles, pero se detalla que es de Vivienda Turística.
Paso 6
La administración del edificio o representante legal debe cumplir los requisitos establecidos por Ley, donde se debe conservar un formato por huésped, donde está su número de identificación y el tiempo de visita.
Ojo, es aquí donde los adminsitradores deben ayudar, lo repito, en mi caso tenía la aprobación en el reglamento de propiedad horizontal. Todo administrador de una coopropiedad está obligado a informar sobre la destinación ilegal de servicios turísticos, son ellos los que están obligados, sin embargo una persona envidiosa puede hacer la denuncia si así se lo propone, lo que representaría una sanción para el Prestador del Servicio ilegal y para el Administrador de Turno. La información de esto lo podrán encontrar por internet si buscan el DECRETO 2590 DE 2009.
Estaré muy atento si consideran que debo modificar o adicionar información.
Hola, @Daniel1265muchas gracias por tu información. Llevo muy poco como anfitriona, vivo en un edificio de 3 pisos y no hay administración, entonces por ese lado no tengo problema, pero si tengo en Airbnb una habitación adicional a donde vivo también es necesario el registro que hablas ?
Hola @Daniel1265, muchísimas gracias! Es reconfortante encontrar información precisa sobre estos temas que aparentemente son nuevos para todos. Tengo una consulta que no sé a quien hacerle.
Nosotros estamos planeando hacer el trámite a partir de una cámara de comercio existente. Pero en ese caso el balance financiero de la empresa existente no corresponde realmente a lo que se genera sólo con AirBnB. Cómo se podrá manejar en este caso?
Hola @Natalia264, en principio creería un si por tratarse de una actividad turística.
Hola @Catalina50, en la hoja de balance deben ir relacionadas todas la actividades desarrolladas por la empresa. Recuerda que los Impuestos son sobre la utilidad y los pagos anuales en función de los activos declarados. Para el RNT se debe pagar anualmente el mismo monto sin importar el ingreso.
Hola @Daniel1265. ¿Conoces alguna información relativa a los usos de suelo/urbanos?
@Daniel1265, @Ezequiel31, @Catalina50, @Natalia264 gracias por la información, en mi caso la administradora de mi conjunto me hizo un llamado de atención igual, y yo estaba pensando que no era necesario hacerlo teniendo en cuenta que no todos los meses tengo huespedes en la casa por un lado y por otro que mi actividad económica es diferente, no obstante leyendolos a todos y con el llamado de tu administradora quisiera saber cuanto tiempo te llevó hacer el trámite y si debo suspender el anuncio mientras lo realizo, gracias
Hola @Valentina122 a mi me tomó cerca de 2 meses hacer todo. Te recomiendo conciliar con ella y decirle que estás interesada en hacerlo bien, y que al momento simplemente desconocías las normas al respecto. El problema va a estar en que si pagas los permisos turísticos antes de diciembre, debes renovarlos nuevamente en los 3 primeros meses del 2019.
Hola buenas
tardes
soy Regina[Información personal oculta según los principios del Centro de la Comunidad]
a mi me toco cancelar todas las reservas q tenia hasta enero y eran 6.
La administradora del conjunto prohibido el ingreso a mi apto x dias.
y me amenazó con denunciarme , le dije q ya estaba haciendo los tramites y me dijo q ese permiso no me lo iban a dar nunca.
x q la unidad no iban a cambiar los terminos x ahora q tal vez mas adelanté.
Yo pense seguir con los tramites aunq la verdad no lo he hecho pense q tenia la razón.
q me recomiendas sigo el tramite o ella tiene toda la razón.
Gracias x la abstención prestada te agradezco en lo q me puedas ayudar .
Gracias
Hola @Regina258,
te quería comentar que he tenido que editar tu mensaje para quitar tus apellidos, ya que en las Normas del foro especificamos que por vuestra propia seguridad es mejor no compartir este tipo de información para proteger vuestra privacidad.
Un saludo.
Sergi
Lo que pocos comentan y veo que ignoran es que si viven en departamento, la propiedad horizontal debe permitir estancias cortas o apartamento turistico y en el caso de bogota eso no pasa casi nunca. Asi que la forma legal es realizar una asamblea de propietarios y por acta cambiar el uso del edificio con votacion mayoritaria lo cual lo veo imposible....
@Daniel1265 Gracias por la información, pero quiesiera saber cómo lograr modificar el Reglamento de propiedad horizontal e iniciar así el resto de trámites? Alguien que por favor me pueda asesorar me preocupa que realicen alguna denuncia.
Debe rogarle a todos los dueños del edificio que hagan una asamblea y cambien el reglamento... cosa que ningun va a querer ver estraños en su conjunto solo para darle gusto a usted....
Se debe hacer el cambio en el reglamento d ela propiedad horizontal, y lo puede hacer la sesión de la asamblea de propietarios. Y aquí es importante el cómo se presenta, porque el uso como vivienda turística hace atractiva la propiedad y por lo tanto mayor facilidad para vender a un mejor precio. El tener los permisos, aunque sea gente extraña, faculta a la Policía Nacional para que en el caso de un incumplimiento en las normas de convivencia se pueda desalojar el inmueble sin necesidad de autorización judicial. Bajo esta modalidad los malos vecinos se pueden sacar de la coopropiedad sin problema, lo que no pasa en el caso de arrendiamientos directos o con inmobiliaria. Realmente este servicio ofrece garantías en nuestra ley, lo que pasa es que hay mucho desconocimiento.
Gracias por la información! En mi caso estoy arrendando mi apartamento, y tengo RNT, pero no se espifican fines turísticas en el reglamento de propiedad horizontal (ni prohíben arriendos a corto plazo) . Ahora mis vecinos quieren prohibirme seguir arrendando. Tengo derechos?