Buenas tardes,
Me gustaría ser anfitriona pero estoy un poco perdida con la legislación en la Comunidad Valenciana (España).
Estoy interesada en dar de alta una vivienda como vivienda turística y ofrecerla por Airbnb. Acabo de consultar la LEY 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, donde no especifica un número máximo de tiempo en que se puede ofrecer el alojamiento. Sin embargo, en "Preguntas frecuentes de vivienda turística" de la página de la Consellería de Turismo (https://cindi.gva.es/es/web/turisme/habitatges-dus-turistic), se expone que una vivienda de uso turístico se puede ceder mediante precio por un máximo de 10 días a un mismo arrendatario. ¿A qué información debo atender?
¿Qué tengo que hacer para ofrecer una vivienda turística por dos meses (por ejemplo)? Mi interés es poder ofrecer la vivienda por mas de 10 días si el cliente está interesado en ello.
¡Muchas gracias!