Hola a tod@s. Yo alquilo un espacio de la casa (dos habitaciones y un baño), y acceso a una zona común en la Comunidad de Madrid, en la casa donde vivo. Según estuve averiguando, al no alquilar el piso entero, ya no estoy dentro del sector turismo, sino que es un acuerdo entre particulares, vamos, como cualquier alquiler. Por tanto valdría con un contrato de arrendamiento de habitación, que hasta puede ser verbal.
En este caso, según estuve viendo aunque no estoy seguro, ya no es necesario hacer el parte de viajeros para la Guardia Civil (porque no estoy considerado como un alojamiento turístico), y tampoco haría falta una licencia como tal. Esto en Madrid, que ni lo prohíbe ni lo permite expresamente, sé que en otras partes de España es diferente. ¿Alguien sabe si es así o no? Muchas gracias.