Hola @María-Camila2 ,
Es un placer saludarte y que estés en Colombia. Bienvenida¡
En Colombia hay muchas unidades residenciales que se encuentran bajo la modalidad de PH (propiedad horizontal) por lo que "no está permitido" poner estos apartamentos para estadias o rentas cortas.
Para poder poner estas propiedades en plataformas, se hace necesario configurarlas para más de 28 noches, por lo que el RNT no es necesario y no estarías obligada a aportar el impuesto al FONTUR (Fondo Nacional del Turismo).
Dicho lo anterior, puedes montar tu anuncio en la plataforma, por que estas dentro de la ley y por mas de 28 noches de alquiler, ya estarias dentro de una renta tradicional, solo que con servicios y contenidos adicionales (amoblamiento, etc). Tener tu propiedad de esta forma tienes sus ventajas, pues la operaciòn se facilita màs. sin embargo, como no va a rotar mucho, la rentabilidad baja un poco, pero sigue siendo 2,5 o 3 veces o más que la renta tradicional.
Si tu le haces un buen estudio de mercado a tu propiedad, si está ubicada en un punto estrategico y ganador y estás segura que va a tener un buen ingreso, adelante. Para hacer esto te sugiero la app AirDNA: https://www.airdna.co/, la cual te puede mostrar de forma muy acertiva que precio podrías pedir por tu propiedad y te hace un anàlisis de mercado muy completo y detallado incluso sobre vacancia/ocupación tentativas.
Cuando son varios meses, Airbnb se transfire solamente lo correspondiente de cada mes, a pesar que el huèsped desde que reserva, paga la totalidad, es decir, la plataforma te mensualiza los pagos, lo cual es una gran ventaja para llevar tu contabilidad de mejor manera.
Espero haberte aclarado tus inquietudes.
Quedo atento a tus comentarios.
Cordialmente,
Edwin
Superhost Aribnb