Estatutos

Reyes51
Level 3
Vitoria-Gasteiz, Spain

Estatutos

Buenas. Tengo un problema y muy afectada. Llevo aquí desde de principio de año, alquilando mi apartamento. Estoy encantada con los resultados que poco a poco me va dando airbnb. De repente me avisan de mi Comunidad que ya no puedo alquilar a turistas porque en los estatutos de la comunidad pone que está prohibida toda actividad comercial. Estoy investigando y al parecer a partir de un mes y si es por trabajo si se puede. Entonces, ¿podría seguir en airbnb con la opción de larga estancia? Tengo muchas dudas. Gracias

3 Respuestas 3
Laura
Community Manager
Community Manager
London, United Kingdom

Hola @Reyes51 , me alegra ver que sigues aquí con nosotros en la comunidad!

Para que podamos etiquetar a los anfitriones más próximos a tu región dinos en qué localidad se encuentra el alojamiento y así también podemos intentar buscar hilos anteriores que te ayuden a aclarar tu duda 😉

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Por favor consulta las Normas de la comunidad // Por favor consulte as Normas da comunidade

Reyes51
Level 3
Vitoria-Gasteiz, Spain

De acuerdo Laura, muchas gracias. Está en el Escorial

Antonio-Luis0
Top Contributor
Málaga, Spain

Hola @Reyes51 

 

Sí, puedes alquilar por más de 30 días porque ya no es un alquiler turístico/vacacional. Digo 30 porque me suena que en Madrid sean 30, pero míralo porque en Andalucía creo que son 60.

 

Mira igualmente bien los estatutos a ver si lo pone así exactamente lo de "actividad comercial",  que en ese caso, pinta que la comunidad tiene las de ganar. Pero a veces no pone eso sino que pone "molesta, nociva, insalubre" o "industrias" y ya la historia es otra.

 

En la Comunidad no hay ningún despacho profesional ni nada así, verdad, solo 100% viviendas?

 

Saludos.

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