Licencia Comunidad de Madrid

¡Resuelto!

Licencia Comunidad de Madrid

Hola a todos,

 

Estoy perdida con tanta normativa y no sé si me aplica o no. Necesito saber qué tengo que tener para alquilar una habitación de mi casa por Airbnb. He encontrado para el alquiler total de la casa, pero no por habitaciones. Tampoco queda claro la duración de los alquileres. Muchas gracias

Mejor Respuesta

Buenas noches @Alex @Mafalda67, espero que todo bien

 

Toda la información aparece en la web de la Comunidad de Madrid, en la pestaña de Servicios e Información >Consumo>Alquiler de temporada

 

Ahí encontrarás toda la información que necesitas para resolver tus dudas

 

Un saludo 

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9 Respuestas 9
Alex
Former Community Manager
Former Community Manager

Hola @Mafalda67

 

Gracias por compartir tus preguntas en la Comunidad. Para poder ayudarte, voy a mencionar a anfitriones de Madrid para ver si te pueden guiar con las normativas: @Elodia4,@Chris23746@Flavio421@Gean111@Carolina201

 

Además, voy a dejarte en esta conversación un enlace del Centro de Ayuda en el que vas a poder ver todo lo que necesitas saber acerca de las legislaciones de Madrid: Madrid

 

¡Un abrazo y espero que con esto te podamos ayudar!

 

Alex

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Buenas noches @Alex @Mafalda67, espero que todo bien

 

Toda la información aparece en la web de la Comunidad de Madrid, en la pestaña de Servicios e Información >Consumo>Alquiler de temporada

 

Ahí encontrarás toda la información que necesitas para resolver tus dudas

 

Un saludo 

Muchas gracias @Carolina201 , pero al entrar en lla Comunidad de Madrid, solo hablan de alquiler de toda la vivienda, no de una habitación. No sé si para ese caso es necesario inscribirse en algún sitio.

Acércate a la junta de distrito de tu barrio y ellos te informan 

Un saludo 

Teóricamente, según me informaron en Civut en Madrid ** la Comunidad de Madrid no permite el Alquiler Turístico de Habitaciones, la normativa que regula el alquiler turístico (decreto 27/2026) solo permite el alquiler completo de la vivienda. Por tanto, si alquilamos habitaciones estamos bajo el paraguas de la LAU (ley de arrendamientos urbanos) y podemos alquilarla o bien de manera tradicional (larga estancia) o bien con finalidad no turística, es decir, alquiler de corta duración con finalidad no turística (motivos profesionales, sanitarios, familiares, educativos, etc.) para lo cual necesitas un NRUA no turístico. 

 

[Contenido eliminado por OCM]

Hola @Cristina4101, espero te encuentres bien.

 

Estoy etiquetando acá a @Carolina201 para que reciba notificación de tu mensaje. Dado que esta conversación es del 2025, ¿Puede que las cosas hayan cambiado? 

 

Un saludo a todos.

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Buenos días @Paula @Mafalda67

 

iinsisto acércate a la Oficina de la Junta de tu distrito, allí te informarán acerca de todas las dudas que te surjan. 

 

Un saludo 

Buenos días @Paula @Mafalda67 @Alex

 

Es importante también añadir teniendo en cuenta todo lo que ha aportado @Cristina4101, que el alojamiento donde utilices una habitación para alojar huéspedes, sea de tu propiedad, esté a tu nombre, y resides en ella.

 

Espero haber servido de ayuda, os mando saludos

Hola a tod@s,

Me llamo Óscar. En mi larga experiencia de trámites desde que comenzaron los cambios legales en 2025, y siendo inquilino que desde el principio notifiqué al propietario del piso en el que vivo, que me gustaría ofrecer una habitación en Airbnb, en este piso en el que vivo, lo que es necesario es:

Tramitar el NRA NO TURÍSTICO nacional en el Registro de la Propiedad y que figure en el anuncio.

Después, para los casos en la Comunidad de Madrid, marcar en el anuncio que se está exento de Registro autonómico, porque es no turístico.

Y solicitar a los huéspedes un documento acreditativo del motivo no turístico por el que se van a alojar en tu casa. Esto, de momento, el Registro de la Propiedad simplemente ha habilitado una ficha que debemos rellenar cada mes de febrero, con los datos y motivo de los huéspedes. A mí me guiaron telefónicamente para rellenarlo, porque era muy complicado sin ayuda.

También me he dado cuenta que de cara a la Declaración de la Renta, he tenido que aportar porque los gastos deducibles eran bajos respecto a los ingresos.

Saludos

Óscar

 

 

 

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