Buenas, una duda que tengo, a ver si alguien que conozca el tema me puede orientar. En un pueblo de la provincia de Jaén donde es posible inscribir una casa pequeña en el casco histórico como vivienda de uso turístico, o vivienda turística de alojamiento rural, ¿qué opción sería la más beneficiosa o aconsejable?. Qué diferencias hay?. Gracias.
Muy buena pregunta. Voy a etiquetar a algunos de nuestros anfitriones con más experiencia para que así te puedan consejos: @Herbert179, @Jul12917, @Nataly168 and @Diana2855.
debes fijarte realmente en el título de la propiedad a que tipo de vivienda corresponde para que tu información sea veraz y no te veas afectado por un mal comentario, debes poner más atención a tu servicio, al aseo de tu estancia, a los extras que ofrezcás, es decir debes crear una experiencia independientemente del lugar… en mi opinión… feliz noche
Hola @Javier2068 lo más importante no solo son las ventajas sino también las obligaciones. En función del tipo de alojamiento que escojas tendrás diferentes obligaciones a cumplir que las establece en este caso la Junta de Andalucía.
aqui por ejemplo en Galicia la diferencia está en el número máximo de noches que puedes alojar pero en una de ellas estarías obligado a darte de alta en régimen de autónomos y la licencia o trámite de licencia varía en la información y requisitos que tiene que cumplir la vivienda.. Deberías consultar la normativa de tu comunidad autónoma para que veas la diferencia entre ambas y a qué te obliga cada una de ellas