alquiler vacacional y empadronamiento

¡Resuelto!
Joaquín106
Level 2
Valencia, Spain

alquiler vacacional y empadronamiento

Hola , ¿Puedo poner en alquiler vacacional en airbnb mi casa, de la que soy propietario y donde estoy empadronado?

Mejor Respuesta

Gracias @Alex !

Es @Elisabeth935  con S  🙂

 

Vamos allá con lo que pide @Joaquín106 desde Valencia.

 

Apreciado Joaquín, sólo por ser propietario y estar empadronado NO puedes iniciar la actividad.

 

Debes pedir el alta como alojamiento turístico y, con ello, obtener la correspondiente licencia.

 

Creo que más que explicártelo, te será de máxima utilidad el contenido, paso a paso, de este enlace:

 

AUTOREGISTRO DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19207

 

En caso de dudas, aquí estamos!

 

Un abrazo, Beth

 

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6 Respuestas 6
Alex
Community Manager
Community Manager
Toronto, Canada

Hola @Joaquín106

 

Gracias por dejar esta pregunta en la Comunidad. Para que te respondan esta pregunta correctamente y te puedan ayudar a solucionarla, voy a mencionar a anfitriones experimentados para ver si te pueden ayudar con esta pregunta: @María-Fernanda4@Elizabeth935@Miguel2703@Xabier18@Marien43@Victor4455, y @Miguel2544.

 

Espero que te podamos ayudar. 

 

Un abrazo, 

Alex

Gracias @Alex !

Es @Elisabeth935  con S  🙂

 

Vamos allá con lo que pide @Joaquín106 desde Valencia.

 

Apreciado Joaquín, sólo por ser propietario y estar empadronado NO puedes iniciar la actividad.

 

Debes pedir el alta como alojamiento turístico y, con ello, obtener la correspondiente licencia.

 

Creo que más que explicártelo, te será de máxima utilidad el contenido, paso a paso, de este enlace:

 

AUTOREGISTRO DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19207

 

En caso de dudas, aquí estamos!

 

Un abrazo, Beth

 

Muchísimas gracias Beth.

Lo que me comentas lo tengo claro. Voy a pedir el alta para obtener la licencia. Pero la duda que yo tengo, y que me han comentado, es que para poder dar de alta mi casa como alojamiento turístico NO PUEDO ESTAR EMPADRONADO EN ESTA CASA, que por cierto, no tengo otra. Yo vivo con mi pareja en su casa y me han dicho que el alquiler vacacional y tener mi casa como vivienda habitual a efectos fiscales, es INCOMPATIBLE. ¿Es así?

¿Puedes darme algun link donde consultar o si es lo  más correcto tramitar todo a  traves de una asesoria o similar.

Gracias de nuevo y ojalá pueda pronto entrar a formar parte de AIRBNB.

Un saludo

Joaquin

Hola @Joaquin106, a fectoscfiscales Hacienda no te va a poner problemas para declarar ingresos. El problema puede venir al deducirte gastos, ya que tienes que demostrar que están vinculados a la actividad y no son un gasto particular tuyo. Puedes poner tu vivienda como local directa o indirectamente afecto a la actividad (en este caso directamente) pero tienes que encontrar una forma lógica para deducirte las gastos de luz, comunidad, IBI, etc. Lo más normal es la superficie que representa la habitación respecto al total de la casa, los días de ocupación, etc.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-20...

Un saludo

Hola @Joaquín106 !

 

Debo decirte que si no me mencionas con mi @ no te leo. Entré por casualidad! 🙂 

 

Si bien se trata aún de una cuestión reciente, de manera relativa, en Derecho... existe ya jurisprudencia al respecto. En Guipúzcoa, el TEAF resolvió a favor de los intereses de un propietario empadronado, lo cual ya te indica por dónde podrían ir las cosas, en caso de inspección.

 

O sea, que tus derechos, ergo, beneficios para ti... cuando se trata de una vivienda habitual, deberían ser tenidos en cueta, dependiendo, eso sí, de las temporalidades y otros aspectos a probar.

 

Ahora bien, se trata de una sentencia favorable en un caso claro de alquilar a terceros la vivienda, en temporada vacacional y para lo cual se te podría llegar a pedir dónde estabas temporalmente.

 

Dicho sea de paso, a nivel fiscal, también existen requisitos. Si bien, dado lo comentado antes, una misma vivienda podría ser tratada como habitual y temporalmente y puntual, turística... la actividad que de ella llevarías a cabo, tiene su propio tratamiento, también. Por ejemplo, si tienes un servicio de limpieza para tu vivienda habitual, deberías poder separarlo de cuando es por motivo vacacional, mientras tienes huéspedes en él. Así como todo tipo de gastos del mismo (suministros, sobretodo).

 

Y no menciono las inversiones en obrfas de reforma, cambio de muebles, etc... ¿Qué % corresponde a la actividad o a tu persona física, como contribuyente-propietario? Los últimos no son deducibles. Mencionés el tema fiscal en otras respuestas. Amortizar las inversiones, así como deducirte los gastos, pide de un dato: días de ocupación.

 

También podrías tener problemas para asegurarla correctamente. Una vivienda habitual permite el seguro de la casa a todo riego. Una de alquiler temporal o vacacional, pide de un clausulado especial para que se cubran las coberturas entendiéndose que hay bienes en manos de terceros. Y así, prácticamente todo...

 

Si tu idea es alquilarlo a menudo, te sugiero empadronarte en la vivienda en la que estás ahora y dar rienda suelta a tu propiedad en la que no vivirías, si la ofreces gran parte del ejercico fiscal. Piénsalo.

 

Y añado: En la CCAA de Catalunya ya se está viendo que acabaremos teniendo que dar un uso distinto al que tenía hasta ahora el alojamiento (después de años con la licencia), uso que sería -en mi caso- el turístico, no dejando margen al de vivienda habitual. Sería, únicamente, uno u otro. Eso sí, modificable a futuro. 

 

Un abrazo, Beth

 

Xabier18
Level 10
Bermeo, Spain

Buenas @Joaquin106

hay que darse de alta en el registro de la propiedad tb

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