Hola @Juanita138 ,
Es un gusto poderte servir.
Te dejo a continuación mis comentarios.
En base a lo que comentas, entendería que tu solo vas a gestionar las propiedades de otras personas, en ese casoi tu rol sería por comisión.
Si es correcta mi apreciación entonces te comento que como Administrador de propiedades (Property Manager), debes tener en cuenta los sigueinte:
1. Debes tener tu RUT actualizado con la actividad económica CIIU 5529 (Otro tipo de arrendamientos), lo haces por medio de la pagina DIAN (Sistema Muisca)
2. Posterior a RUT, debes inscribirte en el RNT (Registro Nacional de turismo) y generar los números correspondientes para cada propiedad.
3. Luego con el número de RNT procedes a inscribir cada propiedad en el FONTUR, que es donde se pagan los impuestos correspondientes sobre el 3% de los ingresos trimestrales (porcentaje de parafiscales), es decir, esto se paga cada tres meses.
4. Para los pagos que te ingresan, hay 4 metodos por los cuales puedes recibir el dinero. Para Colombia:
Por mi parte, te sugiero que selecciones tu cuenta bancaria, que es la que menos comisión te genera y los pagos entran despues de 24 horas. A mi particularmente, me ha ido muy bien.
Cuando tienes el pago en tu cuenta, les transfieres a las cuentas de cada uno de los propietarios en el procentaje que hayas acordado con ellos.
Teniendo en cuenta que los dueños no quieren hacer el RNT a su nombre, entonces, todo lo anterior, lo deberias hacer a tu nombre, como gestora de las propiedades.
Espero haber aclarado tus inquietudes.
Quedo atento a tus comentarios.
Cordialmente,
Edwin
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