Alguien que resida fuera de España (en UE) y haya presentado el Modelo 210 puede confirmarme si pueden deducirse o no los gastos asociados al alquiler temporal (luz, agua, mobiliario)? Me comentan que sólo pueden deducirse gastos los contribuyentes en España, ¿es esto cierto? Gracias
Hola Humberto, solucionaste esto? yo ando en una situación parecida y tampoco me queda claro que identidad hay que poner como pagador. Si ya solucionaste te agradecería información, gracias!