http://www.eltiempo.com/vida/viajar/anfitriones-de-airbnb-tienen-que-formalizarse-con-registro-nacio...
Estimados anfitriones;
Estoy preocupada porque el 7 de noviembre del 2017 vencía el plazo impuesto por el Ministerio de Turismo a los anfitriones de AIRBNB para registrar su apartamento como vivienda turistica en el registro único de turismo. Dicho registro no es tan sencillo como parece. Por ejemplo se indica que se debe anexar copia del reglamento de propiedad horizontal del edificio en donde conste que los otros co-propietarios están de acuerdo en que la vivienda sea de uso turístico. No obstante, la mayorìa de nosotros no tenemos esa aprobación en el reglamente de propiedad horizontal. Como tampoco es época de juntas no es posible incluir esta mención en el reglamento de propiedad horizontal. Además podrían exigirse otros requisitos de calidad para nuestros apartamentos.
Alguno de Ustedes se ha inscrito en el RNT ? piensan que es indispensable hacerlo ? Según MINTIC AIRBNB es una plataforma legal y no tendríamos que hacerlo. Cuales son las opiniones de la comunidad al respecto ? Gracias, cualquier consejo es muy apreciado. Patricia