En un principio no me lo quisieron recibir. Estuve de buenas porque la camara de comercio había aceptado registros con los reglamentos de otros edificios que no tenían en su texto lo de la vivienda turística. Era un caso clásico de discriminación. Así que con un derecho de petición logre que me registraran. Pero no sin antes tener que hablar con Confecámaras, consultar con un abogado, etc. Este ano están exigiendo que diga explícitamente en el reglamento de propiedad "se permite el uso de los apartamentos de la copropiedad para vivienda turística".
Este ano mencione en la junta de propietarios que debíamos actualizar el reglamento, pues, aunque en el actual se especifica que se pueden arrendar los apartamentos por días y se describe el proceso para registrar a los turistas, no se habla específicamente de vivienda turística.
Las reacciones fueron mixtas, algunos propietarios pidieron que los que rentamos apartamentos paguemos el doble de administración, que paguemos un servicio extra de vigilancia, y que paguemos mas por los servicios públicos. Otros actuaron con mas cordura y pidieron analizar los pros y los contras. Otros estuvieron de acuerdo en que permitir alojar turistas trae mucho valor al edificio. El año pasado, por ejemplo, pudimos remodelar la piscina con las ganancias que se recogieron del registro de turistas. También se tuvo en cuenta que creamos mucho empleo que de otra manera no existiría. Hay una tienda que vende mucho a los turistas, se emplean personas para que hagan el aseo, electricista, gente de mantenimiento, entre otros.