Cuando arranqué con Airbnb, lo hice desde casa, compartiendo...
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Cuando arranqué con Airbnb, lo hice desde casa, compartiendo una habitación extra que tenía en mi hogar. Con el tiempo, esto ...
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Hola, tengo una duda importante, en Colombia, los menores de edad tienen especial protección, en un alojamiento no puede ocurrir ningún delito, ni ingreso a menores de edad, sin estar en compañía de sus padres, en caso de ocurrir algún problema, el gobierno puede aplicar la extinción de dominio o quitarte el inmueble, así sea de tu propiedad, lo cual es algo gravísimo, una de las soluciones seria que el huésped firme un contrato en donde se comprometa a acatar las leyes colombianas, pero AIRBNB no cuenta con una herramienta para firma de contrato, el enviar un contrato al huésped al correo y obligarlo a firmar, podría alejar a los huéspedes y decidir no rentar. ¿Qué podríamos hacer en este caso?
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Hola @Julian95,
Es un gusto poder servirte.
A continuación te comparto una guía sobre el manejo de menores de edad en Colombia con consejos legales y prácticos para no cometer errores cuando tengas huéspedes menores de 18 años.
Lo primero que te debo mencionar es que debes hacer la debida diligencia, es decir, demostrar que hacemos lo correcto, que tenemos todos nuestros documentos en orden y tomar las medidas necesarias, ya que no somos agencias de inteligencia del estado ni autoridades competentes. Debemos hacer lo que hace un empresario competente. Abajo las medidas responsables a ejecutar:
- Ser altamente competentes y hacer lo posible para que estas situaciones no ocurran y que todo salga bien.
- Como anfitriones tenemos obligaciones de medio y no de resultado, no podemos garantizar que algo malo pase en nuestros alojamientos, pues nosotros no controlamos a los huéspedes, ellos son seres humanos con su libre albedrio y pueden tomar buenas o malas decisiones.
- Como anfitriones y proveedores de servicios de alijamiento debemos tomar la mayor cantidad de medidas posibles para evitar que esto ocurra:
1. Solicitar siempre los documentos de identificación de todos los huespedes y revisar que todos sean mayores de edad y que diligencien el TRA y el SIRE.
2. Tener siempre un contrato de alojamiento --> ley de infancia y adolescencia* + estatuto del consumidor. Este debe incluir una clausula con las consecuencias penales del abuso sexual de un menor y se deben transcribir los articulos donde se indican estas conductas y las penas en que incurriran las personas que las comentan.
3. Dentro del contrato de hospedaje indicar que todas las personas sean mayores de edad y en caso que hayan menores de edad, verificar en detalle que sus datos coincidan con los apellidos de quienes estan acompañados, que deben ser sus padres (pedir Tarjeta de identidad y Registro civil de nacimiento). Si no lo son, sugiero que no se realice la reserva o que sea cancelada.
4. Este contrato de alojamiento se puede incluir en un mensaje programado y como guia de la casa.
*LEY 1336 DE 2009 por medio de la cual se adiciona y robustece la Ley 679 de 2001, de lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes. link: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=36877
Adicionalmente, ten en cuenta que no se hace un contrato fisico, el hecho de registarr a tus huéspedes en el TRA y el SIRE, dan lugar a una relación contractual entre el huésped y el anfitrión. Sin embargo, de acuerdo con los estatutos, es necesario tener un contrato de alojamiento visible para cumplirlos.
Espero esta información haya sido de gran utilidad.
Cordialmente,
Edwin
Superhost Airbnb
Hola @Julián95, interesante pregunta, mil gracias por compartirla en nuestra comunidad.
Estoy etiquetando acá a tres de nuestros anfitriones colombianos mas expertos a ver si nos dan una mano con sus sugerencias: @Juan306, @Edwin426 y @LuisCarlos1.
Un especial saludo a todos.
Hola @Julián95 , pues es que es muy sencillo, no se reciben huéspedes con menores de edad que no tengan el permiso firmado por los padres y autenticado debidamente. No creo que un contrato a través de Airbnb pueda servir. Es un tema que debe competir directamente al gobierno como garante de las leyes del país. Lo que propones es precisamente eso mismo. ¿El contrato diría que se cumplen las leyes? Pues entonces que se demuestre el cumplimiento simplemente. La verdad @Julián95 no entiendo la cuestión que planteas. No porque se firme lo que propones se van a cumplir las leyes. La manera es que el huésped demuestre ante el anfitrión su cumplimiento.
Saludos,
Juan
Hola @Julian95,
Es un gusto poder servirte.
A continuación te comparto una guía sobre el manejo de menores de edad en Colombia con consejos legales y prácticos para no cometer errores cuando tengas huéspedes menores de 18 años.
Lo primero que te debo mencionar es que debes hacer la debida diligencia, es decir, demostrar que hacemos lo correcto, que tenemos todos nuestros documentos en orden y tomar las medidas necesarias, ya que no somos agencias de inteligencia del estado ni autoridades competentes. Debemos hacer lo que hace un empresario competente. Abajo las medidas responsables a ejecutar:
- Ser altamente competentes y hacer lo posible para que estas situaciones no ocurran y que todo salga bien.
- Como anfitriones tenemos obligaciones de medio y no de resultado, no podemos garantizar que algo malo pase en nuestros alojamientos, pues nosotros no controlamos a los huéspedes, ellos son seres humanos con su libre albedrio y pueden tomar buenas o malas decisiones.
- Como anfitriones y proveedores de servicios de alijamiento debemos tomar la mayor cantidad de medidas posibles para evitar que esto ocurra:
1. Solicitar siempre los documentos de identificación de todos los huespedes y revisar que todos sean mayores de edad y que diligencien el TRA y el SIRE.
2. Tener siempre un contrato de alojamiento --> ley de infancia y adolescencia* + estatuto del consumidor. Este debe incluir una clausula con las consecuencias penales del abuso sexual de un menor y se deben transcribir los articulos donde se indican estas conductas y las penas en que incurriran las personas que las comentan.
3. Dentro del contrato de hospedaje indicar que todas las personas sean mayores de edad y en caso que hayan menores de edad, verificar en detalle que sus datos coincidan con los apellidos de quienes estan acompañados, que deben ser sus padres (pedir Tarjeta de identidad y Registro civil de nacimiento). Si no lo son, sugiero que no se realice la reserva o que sea cancelada.
4. Este contrato de alojamiento se puede incluir en un mensaje programado y como guia de la casa.
*LEY 1336 DE 2009 por medio de la cual se adiciona y robustece la Ley 679 de 2001, de lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes. link: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=36877
Adicionalmente, ten en cuenta que no se hace un contrato fisico, el hecho de registarr a tus huéspedes en el TRA y el SIRE, dan lugar a una relación contractual entre el huésped y el anfitrión. Sin embargo, de acuerdo con los estatutos, es necesario tener un contrato de alojamiento visible para cumplirlos.
Espero esta información haya sido de gran utilidad.
Cordialmente,
Edwin
Superhost Airbnb