Prohibicion de arriendo por menos de 6 meses

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Juan4968
Level 1
Colombia, Colombia

Prohibicion de arriendo por menos de 6 meses

Hola, en colombia la admknistracion o asamblea esta en potestad de limitar el arrendamiento a menos de 6 meses o 3 meses o lo que la administracion o asamblea quisiera? Segun entiendo, la ley me permite alquilar minpropiedad desde un mes y la asamblea solo puede limitar la corta estancia, alguien tiene la ley exacta que habla sobre esto?

1 Mejor Respuesta
Edwin426
Level 10
Bogotá, Colombia

Hola @Juan4968 ,

Es un gusto poder servirte.

A continuación te comparto información que necesitas para poder aclarar/acordar con la administración de tu propiedad.

 

1. El sustento normativo de la prohibición del arrendamiento del inmueble por períodos menores de 30 días, es el siguiente:

 

El arrendamiento o entrega de tenencia de un inmueble por espacio menor de 30 días, se encuentra regulado por el decreto 2590 del 9 de julio de 2009 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

https://contodapropiedad.com/arrendamiento-de-inmuebles-por-cortos-periodos-se-regula-como-servicio-....

 

2. Avanza el proyecto de ley 205 de 2022, acumulado con el 282 de 2022, que permitirá que cualquier vivienda residencial sea de uso turístico: así lo puede afectar. busca que las actividades de hospedaje y alojamiento turístico sean permitidas en cualquier inmueble residencial,salvo que lo prohiba la asamblea de propietarios por mayoría calificada (más del 70%). Este proyecto busca reformar la Ley 675 de 2001,la cual establece desde hace 22 años las condiciones de seguridad y convivencia entre los propietarios de inmuebles.

 

https://www.elcolombiano.com/negocios/proyecto-de-ley-205-de-2022-busca-reformar-regimen-de-propieda...

 

Espero que esta información te sea útil y haber aclarado tu inquietud.

Cordialmente,

Edwin

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4 Respuestas 4
Paula
Community Manager
Community Manager
Port Moody, Canada

Hola @Juan4968, un especial saludo.

 

¿Desde que parte de Colombia nos escribes? Estoy etiquetando a algunos anfitriones colombianos acá a ver si les gustaría compartir su experiencia en este tema: @Edwin426@LuisCarlos1@Janeth33@Hilda241 y @Juan306.

 

Un especial saludo.

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Edwin426
Level 10
Bogotá, Colombia

Hola @Juan4968 ,

Es un gusto poder servirte.

A continuación te comparto información que necesitas para poder aclarar/acordar con la administración de tu propiedad.

 

1. El sustento normativo de la prohibición del arrendamiento del inmueble por períodos menores de 30 días, es el siguiente:

 

El arrendamiento o entrega de tenencia de un inmueble por espacio menor de 30 días, se encuentra regulado por el decreto 2590 del 9 de julio de 2009 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

https://contodapropiedad.com/arrendamiento-de-inmuebles-por-cortos-periodos-se-regula-como-servicio-....

 

2. Avanza el proyecto de ley 205 de 2022, acumulado con el 282 de 2022, que permitirá que cualquier vivienda residencial sea de uso turístico: así lo puede afectar. busca que las actividades de hospedaje y alojamiento turístico sean permitidas en cualquier inmueble residencial,salvo que lo prohiba la asamblea de propietarios por mayoría calificada (más del 70%). Este proyecto busca reformar la Ley 675 de 2001,la cual establece desde hace 22 años las condiciones de seguridad y convivencia entre los propietarios de inmuebles.

 

https://www.elcolombiano.com/negocios/proyecto-de-ley-205-de-2022-busca-reformar-regimen-de-propieda...

 

Espero que esta información te sea útil y haber aclarado tu inquietud.

Cordialmente,

Edwin

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Harold234
Level 2
Antioquia, Colombia

Hola, yo también tengo la misma pregunta: en Colombia la administración o asamblea esta en potestad de limitar el arrendamiento a períodos mínimos de 6 meses ? o lo que la administración o asamblea quisiera? Según entiendo, la ley me permite alquilar mi propiedad desde un mes y la asamblea solo puede limitar la corta estancia o rentas cortas ... , alguien tiene la ley exacta que habla sobre esto? Siento que se están vulnerando mis derechos a usufructuarme de mi propiedad.  Agradezco las respuestas del usuario @Edwin426  pero lamentablemente está respondiendo otra pregunta diferente a esta, está claro que las rentas cortas las están restringiendo, que que pasa con las rentas superiores a un mes? 

Hola  @Harold234 :  El enlace está en el post de Edwin.
El documento lo encuentras también en el diario oficial.... con algo de paciencia 😉

Tal vey te ayuda esto:
https://contodapropiedad.com/decreto-2106-de-2019/

Saludos
Michael

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