Alicante alquiler media estancia

Juan-D-1
Level 1
Madrid, Spain

Alicante alquiler media estancia

He contactado con urbanismo en Alicante para poder alquilar el piso como alojamiento turísico y obtener la licencia turística correspondiente, ya que no sabía que tenía que tener una licencia turística y me han dicho que no es posible dármela para mi piso porque según la normativa no cumple con los requisitos para vivienda turística.

¿Sabeis si hay alguna otra forma de alquilar mi vivienda con Airbnb sin tener que poner la licencia turística? Por ejemplo, he estado viendo las modalidades de alquileres que existen en españa y he visto que existe la modalidad de alquiler de media estancia, la vivienda se puede poner como alquiler de media estancia pero no se si hay un mínimo de días que los huéspedes tengan que alquilarla para que el alquiler se considere como tal.

¿Si permito el alquiler de media estancia en la vivienda, por ejemplo pongo que se puedan alquilar más días habría algún problema? Gracias.

3 Respuestas 3
Michael477
Level 10
Cholula, Mexico

Hola @Juan-D-1 : No son los mismo de "urbanismo en Alicante" que te podrían orientar en ese asunto?

Saludos
Michael
Juan-D-1
Level 1
Madrid, Spain

No @Michael477, me han dicho que no pueden entrar en materia de derecho civil, que la normativa se lo impide.

No se, no hay nada claro sobre el tema y lo peor es que nos dejan al ciudadano sin saber que hacer, es como decirte apáñatelas y si la cagas te haces responsable pero no te decimos cómo hacerlo, no te dan pautas ni te dicen cómo hacerlo mejor.

 ¿Alguien en la misma situación que me diga cómo hacerlo de forma correcta?

 

Gracias

Amelia71
Level 10
Nerja, Spain

@Juan-D-1 Hola! La ley d arrendamientos urbanos es la q entre otras cuestiones define lo q es una vivienda habitual, es decir, aquella q  se destina a vivir de forma continúa.....tu morada, tu hogar. Aquella q se dedica a otras formas de vida, como la tuya....según tu descripción, es una vivienda con fin turistico (alquiler de temporada q se llama). Para ejercer esa actividad has de cumplir la normativa turistica q tenga establecida tu comunidad autonoma. Tu vivienda tuistica quizá tenga (lo desconozco), caracteristicas, ubicación, edificio en el q está enclavado, etc...q la excluyen de la posibilidad de convertirse en vivienda turistica. 

No hay más opciones. No obstante, lee bien la normativa. Suerte!

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