Alquilar apartamento en Cataluña

¡Resuelto!
Sandra6763
Level 2
Barcelona, Spain

Alquilar apartamento en Cataluña

Hola,

Puedo subir un anuncio Airbnb de un apartamento en la playa sin licencia turística anunciándolo estancia mínima 28 días o más? Esto es legal?

Gracias por vuestra ayuda.

Sandra

Mejor Respuesta

Hola @Sandra6763 !

 

Después de la demanda por parte de Consumo y presentado formalmente el correspondiente recurso por parte de @Airbnb debo decirte que no puedes. Hace ya unos días que están actuando contra todo anuncio que - para el alojamiento - no se disponga de licencia turística. Todo ello en base a el Decreto Ley 2/2025, de 25 de Febrero, en el caso de la CCAA de Catalunya. Cada CCAA regula de manera distinta.

 

En tu caso, deberías poder publicitarlo en aplicaciones que sí permitan anuncios de alquileres de temporada.

Lo que desconozco es si, a raíz de esta sentencia, Airbnb podrá incluir algún apartado para estos supuestos.

 

Éstos no requieren de licencia, pueden ser desde 1 día hasta menos de 1 año de duración, pero se asimilarán a la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) y si no se alojan por motivos de vacaciones, ocio o recreativo (como sería por motivos de trabajo/laborales, estudios o bien por temas de cambio de domicilio a causa de la salud), pasan a tratarse como los de vivienda habitual, con los correspondientes límites de precio, según las tablas de precios de referencia (no pudiendo superar el precio estipulado, según estado del alojamiento, m2 superficie, si tiene o no ascensor, etc... tomando para ello muestras de alojamientos asimilables, lo cual está accesible en internet).

 

Si no recuerdo mal, en la página del catastro y otras, uno puede consultar el precio de referencia de su vivienda.

 

Un abrazo, Beth

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1 Respuesta 1

Hola @Sandra6763 !

 

Después de la demanda por parte de Consumo y presentado formalmente el correspondiente recurso por parte de @Airbnb debo decirte que no puedes. Hace ya unos días que están actuando contra todo anuncio que - para el alojamiento - no se disponga de licencia turística. Todo ello en base a el Decreto Ley 2/2025, de 25 de Febrero, en el caso de la CCAA de Catalunya. Cada CCAA regula de manera distinta.

 

En tu caso, deberías poder publicitarlo en aplicaciones que sí permitan anuncios de alquileres de temporada.

Lo que desconozco es si, a raíz de esta sentencia, Airbnb podrá incluir algún apartado para estos supuestos.

 

Éstos no requieren de licencia, pueden ser desde 1 día hasta menos de 1 año de duración, pero se asimilarán a la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) y si no se alojan por motivos de vacaciones, ocio o recreativo (como sería por motivos de trabajo/laborales, estudios o bien por temas de cambio de domicilio a causa de la salud), pasan a tratarse como los de vivienda habitual, con los correspondientes límites de precio, según las tablas de precios de referencia (no pudiendo superar el precio estipulado, según estado del alojamiento, m2 superficie, si tiene o no ascensor, etc... tomando para ello muestras de alojamientos asimilables, lo cual está accesible en internet).

 

Si no recuerdo mal, en la página del catastro y otras, uno puede consultar el precio de referencia de su vivienda.

 

Un abrazo, Beth

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