Hola, soy Sergio y llevo ya bastante tiempo gestionando apa...
Hola, soy Sergio y llevo ya bastante tiempo gestionando apartamentos y después de esta trayectoria he dado con el punto clav...
Hola!
Yo no tengo un piso turístico tengo lo que se dice una llar compartida (alquilo solo una habitacion del piso donde vivo yo).
com queda ese decreto nuevo? Dice en el boe que ya se determinará como hacerlo los no profesionales...
alguien con la misma duda?
Hola @Maricel135
Los datos de registro de no profesionales son menores. Pero el decreto aplica también a no profesionales.
Lo que creo que no te aplica porque en Cataluña al tener policía autonómica, va por otro lado.
Saludos!
Buenos días @Antonio-Luis0 , y en el caso de Madrid como funciona?
Muchas gracias por tu disponibilidad
Hola Antonio! Estaba viendo tus respuestas y no me queda del todo claro. Llevo algunos meses con una habitación dentro de mi vivienda habitual registrada en Airbnb (en Madrid), no entiendo si está ley de datos aplica también para este tipo de habitaciones. En algunos foros dicen que no y en otros que sí y estoy bastante liada. En el caso de que si aplicaran, tengo que registrar mi vivienda habitual en algún lado? Es algo que podría traer consecuencias legales subir los datos y no tener la vivienda registrada en alguna parte? Muchas gracias por tu ayuda!
Hola @Maricel135 Estoy revisando donde vi lo de que los que tenían policía autonómica propia era distinto, pero no lo encuentro. Así que puede que se haya cambiado y ya vaya todo unido. Saludos.
Así es, el BOE deja claro que es en todo el territorio nacional. Lo de las distintas policías autonómicas, guardia civil etc era antes, ahora todo el mundo tiene que usar SES.HOSPEDAJES
Todavía quedan artículos que dicen que no,
Pero no parece que sean correctos.
Tampoco sé si ahora cuando entras en el sistema de registro análogo a webpol de Cataluña o País Vasco dice claramente (como dice en webpol) que ya el sistema no vale, que hay que pasarse a SES Hospedajes.
Saludos.
Hola a todos, a mi me surge la duda de si sigue la normativa de las 32 noches de estancia minima para que no se considere alquiler turistico en Barcelona capital.
Veo miles y miles de habitaciones de particulares alquiladas y ninguno o muy pocos tienen un numero de licencia.
Si no tienes ni licencia ni nada, alquilas una habitación, esto tambien hay que rellenarlo?
Al final del día, yo declaro a Hacienda pero ni idea de si es lo correcto.
Gracias por vuestra ayuda.
Ana
Hola @Ana22370
Pagar hacienda no depende de que sea turístico o no. Va casi igual.
Sobre la normativa. Yo me sé mejor la de Andalucía (donde lo que separa el alquiler de temporada del vacacional es el límite de 60 días), pero si en Cataluña parece que menos de 31 días no es vacacional, entonces estás en lo correcto y es un alojamiento de temporada donde no te aplica el tema turístico/vacacional.
Saludos.
Buenas antonio, una duda me he leido el decreto y pone claro que no estamos obligados los anfitriones no profesionales a enviar las comunicaciones de manera telematica sino que el decreto pone que se enviaran por el procedimiento que se determine, procedimiento que la ley no especifica. Alguien me puede aclarar como debemos hacer los anfitriones no profesionales? gracia.
Hola @Laura7894 Yo entiendo que eso indica que podría ser que hubiera otra forma de comunicar para los no profesionales, pero como alternativa. Igual que antes de tener webpol se podía mandar el parte escaneado por mail a la policía. Pero vamos, que yo no me complicaría y aprendería a mandarlo por SES Hospedajes. Saludos.
Muchas gracias Antonio por su comentario, sigo pensando que si lee bien el decreto por un lado nos excluye de las obligaciones de registro documental que es el articulo 5 del decreto y por otro lado en el articulo 6 si nos exceptúa de las comunicaciones telemáticas, pues ses hospedajes es una comunicación telemática. Esta claro que para no complicarse la vida seria enviarlo por ses hospedajes, pero seria interesante aclarar este punto tan ambiguo del real decreto. Saludos.
Hola Maricel135 a mi me surge la misma duda......y pienso tendremos que recoger los datos y guardarlos en papel hasta que esto se aclare....