Hipoteca al 95% joven + habitación fines turísticos

Prodsan0
Level 2
Trigueros, Spain

Hipoteca al 95% joven + habitación fines turísticos

Buenos días, soy de un pueblecito de Huelva y me gustaría comprarme mi propio piso en Huelva, y estaba viendo la viabilidad de alquilar mis habitaciones sobrantes. Estoy barajando la opción de pedir la ayuda del aval del programa de Garantía vivienda Joven que da la Junta de Andalucía para comprar mi primer piso, y me estoy preguntando que como piden de requisito que sea mi vivienda "habitual y permanente", no sé si se podrá ponerle la licencia de fines turísticos para poder anunciar 2 habitaciones que me sobrarían en el piso, y me ayudarían a pagar la cuota de la hipoteca...

Muchas gracias. Un saludo.

6 Respuestas 6
Antonio-Luis0
Top Contributor
Málaga, Spain

Hola @Prodsan0 

 

En Andalucía es compatible pedir licencia de vivienda vacacional por habitaciones con residir de forma habitual en la vivienda, de hecho es necesario. 

 

Que yo sepa, en Andalucía no se puede pedir licencia de vivienda turística en una VPO, pero no le veo a priori incompatibilidad con la ayuda que dices porque si tú vives ahí, es tu vivienda habitual y permanente y esto no cambia porque alquiles habitaciones para soportar los gastos.

 

Un saludo.

Laura
Community Manager
Community Manager
London, United Kingdom

Hola @Prodsan0 , avísanos cuando hayas leído el comentario anterior. ¿Pudiste encontrar esta información en algún lugar?

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Por favor consulta las Normas de la comunidad // Por favor consulte as Normas da comunidade

Buenas tardes gracias por las respuestas.

Lancé la cuestión al banco y me dicen: 

"hemos hecho la consulta y es requisito imprescindible para acoberte al convenio que la vivienda sea tu primera residencia habitual y el uso exclusivo sea el de vivienda habitual, no permite ningun otro regimen como el del alquiler de habitaciones para fines turisticos."

Pues estoy mirando el BOJA @Prodsan0 y aquí https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25368.html y sigo sin ver la incompatiblidad.

 

Además incluso veo que tiene que ser tu vivienda habitual solo 2 años?

 

Y si tú la compras, luego pides licencia a la Junta (si cumples el resto de condiciones) exactamente con quién no estás cumpliendo las condiciones?

 

Yo lo seguiría mirando porque la respuesta del banco suena a "voy a quitarme cosas raras y a ir a lo fácil".

 

Saludos.

Pues el banco se refiere a que creo que no cumpliría las condiciones al no ser uso exclusivo a vivienda habitual. Si pidiera licencia (en caso de Andalucía firmar la declaración responsable), le estaría dando uso turístico a la vivienda aparte de habitual. ¿No? @Antonio-Luis0  gracias por las respuestas 

Yo es que no he visto @Prodsan0 que ponga "exclusivo" en ninguna parte del BOJA. A lo mejor lo pone, pero yo no lo he visto. Solo la parte de "que la destinen a su domicilio habitual durante al menos dos años contados desde su fecha de adquisición" y que tú alquiles una habitación no hace que deje de ser tu domicilio habitual. Entonces, ¿tampoco podrías alquilarla por temporada (más de 60 días) a unos estudiantes? No sé...

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