Hola Comunity No sé si os habéis enterado pero una ley acaba...
Hola Comunity No sé si os habéis enterado pero una ley acaba de "endurecer" el registro de cualquier persona que se tenga que...
Hola, debido a que el hospedaje como actividad turística está exigiendo la notificación de una factura electrónica por ende el impuesto del IVA, quisiera saber siendo persona natural como puedo gestionar estos requerimiento.
Si alguien ha pasado por esto mismo y quiere ayudarme se lo agradecería muchísimo.
Muchas gracias!
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Hola @Daniel11637 , por lo que yo entiendo, el IVA lo paga Airbnb al gobierno. Si revisas los pagos de Airbnb puedes ver que ahí está reflejado ese cobro. Mira el desglose en cada reservación y verás. Pero si quieres estar más seguro, puedes consultar en Cámara de Comercio.
Saludos,
Juan
Hola @Daniel11637 , por lo que yo entiendo, el IVA lo paga Airbnb al gobierno. Si revisas los pagos de Airbnb puedes ver que ahí está reflejado ese cobro. Mira el desglose en cada reservación y verás. Pero si quieres estar más seguro, puedes consultar en Cámara de Comercio.
Saludos,
Juan
Gracias por el dato Juan, voy a investigar más a detalle...
yo estuve revisando y el IVA que paga Airbnb directamente, es solo sobre la porcion de tarifa que ellos ganan con el arriendo que uno hace. Es decir, la ganancia neta que le entra a uno, no la esta pagando Airbnb directamente. Y me queda la duda de si es obligatorio que nosotros como anfitriones cobremos esa enorme tarifa de impuesto de 19%.
Hola @Maria2705 , muchas gracias por facilitarnos esta información... Etiqueto a @Daniel11637 aquí en el comentario para que reciba una notificación para leer tu mensaje 😉
Gracias por la información, yo también tengo la misma duda si debo asumir ese valor yo 🤔
Hola @Daniel11637 , no olvides usar el símbolo @ para etiquetar a otros anfitriones que comentaron en esta conversación 😉
Hola @Daniel11637 @Maria2705 , si están registrados como persona natural y no son responsables de IVA, no están obligados a facturar. Pueden hacerlo, pero en ese caso tendrían que cumplir con los mismos requisitos de quienes están obligados y como el alquiler turístico no está exento de IVA no tiene mucho sentido.
Espero les ayude,
Saludos!
Luis C.
@LuisCarlos1 Muchas gracias por tu respuesta, según eso, mientras no sea declarante de IVA como persona natural no será necesario cobrarlo? Y acerca de la facturación electrónica como funcionaría?
Gracias @LuisCarlos1 por esta info. Me queda claro q no tengo q cobrar IVA porque mis entradas son menores al valor que exige el gobierno como mínimo para empezar a ser responsable de IVA. así que quedo tranquila de q estoy haciendo lo correcto al no cobrar el IVA.
Hola @Daniel11637 y @Maria2705
Espero se encuentren bien.
Me encontré con este hilo y me gustaría aportarles desde mi experiencia.
Si están interesados en ampliar más su conocimiento sobre todas las normativas para implementar Airbnb en Colombia, les dejo al final un link para que adquieran mi eBook.
Las obligaciones relacionadas con la contabilidad, facturación y los impuestos
son importantes y varían según tu situación. Para comerciantes, se deben llevar registros contables y registrarse en el registro mercantil. Los libros contables deben ser cronológicos y cumplir con el Decreto 2420 de 2015. Es necesario separar los ingresos por servicios turísticos. Como exclusiones están las personas naturales que no son responsables del IVA y cuyos ingresos por compartir espacios sean inferiores a 3.500 UVTs.
En cuanto a la Facturación Electrónica, como requisito, los prestadores de servicios deben usarla a través de la DIAN, salvo excepciones para personas naturales con ingresos bajos. Debes actualizar el RUT y utilizar un software de facturación electrónica de la DIAN o de un proveedor tecnológico. Para esto, debes verificar obligaciones en el sitio web de la DIAN y solicitar un estado de cuenta detallado al correo electrónico registrado en el RUT. Más información en DIAN Seccionales:
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NS-En-las-Direcciones-Seccionales-de-la-DIAN.aspx.
Recuerden que como anfitrión pueden estar obligados a llevar contabilidad, facturación y/o a pagar y/o declarar dos impuestos nacionales, según si son personas natural o jurídica: el impuesto sobre la renta (ISR) y el impuesto del valor agregado (IVA).
Para ser responsable de IVA, se deben realizar actividades gravadas y cumplir condiciones como ingresos brutos mayores a 3.500 UVT, tener más de un establecimiento, operar bajo franquicia, ser usuario aduanero, o recibir consignaciones bancarias superiores a 3.500 UVT.
Aqui el link:
*
Espero que esta información les sea de gran utilidad.
Quedo atento a sus comentarios.
Cordialmente,
Edwin
Superhost Airbnb
*[Enlace oculto según los principios del Centro de la Comunidad]
Gracias Edwin. Yo tenía la idea de que el monto q recibo anual, como persona natural sin otros ingresos, no daba para tener que cobrar y reportar IVA. Pero según esto q dices: “Para ser responsable de IVA, se deben realizar actividades gravadas y cumplir condiciones como ingresos brutos mayores a 3.500 UVT, tener más de un establecimiento, operar bajo franquicia, ser usuario aduanero, o recibir consignaciones bancarias superiores a 3.500 UVT.”,
según el UVT de este año, se tendría q cobrar y reportar IVA por ingresos anuales mayores a 14.262.500.
yo estoy como en el doble de esto o más. Pero no cumplo ninguna de las otras condiciones. Será entonces que tengo q registrarme para IVA?
¡Hola @Maria2705 ! No olvides usar el símbolo @ para etiquetar a otros anfitriones, de lo contrario, no recibirán una notificación de tu comentario 😉