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Hola. Me gustaría saber si es legal (según la normativa que afecta a Valencia capital) anunciar tu alojamiento en Airbnb para...
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Hola @María2021 ,
en este caso, al alquilar sólo una habitación en una vivienda de primer uso y de tu propiedad, lo único que debes de tener es un control de los inquilinos que se alojen, pedirles cuando lleguen un documento identificativo y sus datos para que los facilites en el Ministerio del Interior.
Lo puedes hacer on line y es muy intuitivo.
Por otro lado, obviamente al ser ingresos percibidos, debes declararlo en la Declaración de la Renta.
Se me ocurre, también, tener todos los permisos o seguro de la casa, con detector de gases tóxicos, revisar caldera de calefacción... eso son más bien labores de menos burocracia, pero de igual importancia pars asegurar una estancia óptima en nuestro apartamento.
Espero haberte servido de ayuda, saludas también para tí, @Laura
Feliz tarde
Hola @María2021 , bienvenida a la Comunidad:)
Voy a etiquetar a @Carolina201 que es una anfitriona en Madrid y alquila una habitación en su piso así que quizás te pueda asesorar 😉
Hola @María2021 @Laura, cómo estáis??
La verdad es que antes de poder darte consejo, necesito saber si la habitación que alquilas es un espacio dentro de tu propia vivienda en la que resides, o por el contrario, estas alquilando habitación en lo que se denomina segunda residencia donde no resides.
Los documentos son diferentes.
Espero tu respuesta,
Hola Carolina, es una habitación dentro de la casa donde resido. ¿Alquilar toda la casa es también diferente?
Mil gracias por responderme!
Buenas tardes @María2021, cómo estás?
Exacto, la documentación es diferente si alquilas un alojamiento entero o sólo una habitación. Por otro lado, me comentas que es una habitación de la casa dónde resides.
Una pregunta, porque también existen diferencias, esa casa dónde resides es de tu propiedad? Si no fuese así sería subarrendamiento, y el protocolo sería otro.
Quedo a la espera de tu respuesta
@Laura, espero como siempre servir de ayuda en todo lo que pueda 😊
Buenas tardes Carolina201,
La casa es de mi propiedad.
Gracias,
Hola @María2021 ,
en este caso, al alquilar sólo una habitación en una vivienda de primer uso y de tu propiedad, lo único que debes de tener es un control de los inquilinos que se alojen, pedirles cuando lleguen un documento identificativo y sus datos para que los facilites en el Ministerio del Interior.
Lo puedes hacer on line y es muy intuitivo.
Por otro lado, obviamente al ser ingresos percibidos, debes declararlo en la Declaración de la Renta.
Se me ocurre, también, tener todos los permisos o seguro de la casa, con detector de gases tóxicos, revisar caldera de calefacción... eso son más bien labores de menos burocracia, pero de igual importancia pars asegurar una estancia óptima en nuestro apartamento.
Espero haberte servido de ayuda, saludas también para tí, @Laura
Feliz tarde
Muchas gracias por esta información a @María2021 , @Carolina201 🙂
Voy a señalar esta respuesta como la respuesta más útil para ayudar a otros anfitriones con la misma pregunta 😎
Muchas Gracias! Estoy bastante perdida y tu ayuda me viene genial. 😉🤗
Hola Carolina, que interesante y super compentente tus respuestas, quiza tu sepas y puedas ayudarme a mi :)... que pasa si estoy alquilando una finca en Mallorca y quiero alquilar una habitación? (no en palma, es en la costa oeste)
y si mi lugar fiscal es Alemania, deberia declarar impuestos en Alemania?
(como informacion adicional me mudo a ella en los siguientes meses y el plan es hacerla mi lugar de residencia principal)
un saludo, que estes bien @Carolina201 🙂
Antonio
Buenas tardes @Antonio3387,
Me encantaría poder ayudarte, pero no trabajo como gestor y desconozco absolutamente que normas se rigen, ya no sólo, en otras comunidades, cuanto más, el caso que me expones debido a tu residencia en Alemania.
Disculpame pero no estoy lo suficiente cualificada para ayudarte.
Intuyo,por coherencia,que deberias declarar en Alemania, donde tienes tu domicilio fiscal, pero, insisto, no tengo los suficientes conocimientos para poder ayudarte.
De todas maneras, cualquier duda que te surja, no dudes en consultarme (espero poder ayudarte para la próxima 😉)
Un saludo
te agradezco tu respuesta, encontré una informacion respecto a mi situacion fiscal.
lo dejo por aca si a alguien le sirve: Aquellas personas físicas que, NO siendo Residentes fiscales en España, obtienen ciertos rendimientos, como los alquileres de inmuebles situados en España, deben tributar por el Impuesto de la Renta de los No Residentes (IRNR) y no por el IRPF.
https://anfitrionesresponsables.com/wp-content/uploads/2020/05/20200518-def-presentacion-aedaf-tribu...
y bueno, si tu sabes que documentacion necesito en mi caso de alquilar una habitacion de una finca que voy a arrendar? o cual es el protocolo?
quiza puedas ayudarme con eso jeje 🙂
eres muy amable @Carolina201 🙂
un saludo!!
Hola de nuevo @Antonio3387
en cada comunidad Autónoma se gestiona diferente.
Por otro lado, me cuentas que vas a subarrendar, con lo cual debes informar antes a la persona que te alquila la finca a tí, de que tienes pensado arrendar una habitación, y que te autorice.
Espero haberte ayudado algo 🙏
Saludos
Gracias por la información en este hilo, Caroline, es muy útil. ¿Sabes si secciono la mitad de mi apartamento, se trataría como una habitación o como otro apartamento? Tenemos un gran apartamento y vivimos en el interior, queremos cerrar el exterior y hacer Airbnb. Somos dueños de todo, así que solo me pregunto cuáles son las reglas aquí.
Hola @Attiq1 , sólo un consejo para que tu comentario tenga más posibilidades de ser leído: no olvides utilizar el símbolo @ y te saldrá un pequeño desplegable con quién ha comentado en este hilo 😉