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Buenas tardes, mi alojamiento está en Córdoba capital y vivo en otra comunidad, tengo problema para que me hagan el check in,...
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Amigos anfitriones, buen día!
Como todos los anfitriones acá en México, he estado involucrado las últimas semanas en los procesos fiscales para actualizar mi estatus.
Investigué muchos detalles, dentro y fuera de AIRBNB.
Acudí en tres ocasiones al SAT y varios asuntos parecían difíciles, pero sobre todo por ignorar como debían realizarse.
Quiero compartirles los principales procesos fiscales que están involucrados en todo esto, particularmente como persona física:
0. Datos fiscales para AIRBNB
-Implica estar dado de alta ante el SAT. Tener un RFC activo.
-Una vez con el RFC activo, enviar los datos a AIRBNB a través de la plataforma. Ellos validarán la información en un máximo de 48 horas.
-Una vez validado el RFC, también te redirigirán a facturify, una empresa alterna que genera facturas, donde podrás obtener dos documentos en lo sucesivo: a) la constancia de retenciones de impuestos mensual que hace AIRNBN y b) la factura mensual por las comisiones que cobra AIRBNB.
Debes registrarte en esa plataforma y te darán una clave para accesar en cada ocasión que requieras consultar archivos.
-En la página del SAT hay que ir a actualización del RFC y gestionar el alta en el “régimen de plataformas digitales”.
Este régimen tiene varias ventajas, entre otras, que la empresa intermediaria retendrá impuestos del ISR e IVA, según la opción que se elija.
-Durante el proceso de actualización hay que optar por deducciones de ISR e IVA en tres opciones (según si se tienen ingresos anuales mayores a $300,000 pesos) y también avisar a que porcentaje corresponden estos ingresos de los ingresos totales.
Hay que tener a la mano el RFC del retenedor de impuestos. (Para AIRBNB AIU120412G29)
Estas opciones también darán cabida a proceder a hacer declaraciones mensuales o bien, solo una anual.
-Conviene preparar un mecanismo de contabilidad básica para no perder detalles, donde se consignen de manera mensual ingresos y egresos de la actividad-servicio, así como consignar ingresos brutos, netos, descuentos, comisiones, impuestos, etc.
2. Elaboración y emisión de facturas
-Este régimen obliga a emitir facturas. Esto se puede hacer en el mismo sistema del SAT o por otras plataformas, según se crea conveniente.
En la plataforma del SAT ir a Factura electrónica y luego “genera tu factura”. Es importante ubicar que hay 2 pasos, primero la carga del catálogo y segundo, llenar datos de emisor receptor. Si no está listo el primero, no se activará el segundo.
En el primer paso hay varios datos a llenar, pero dos de ellos son específicos y preconfigurados.
Clave del servicio: 90111500 (sobre hoteles y hospedaje)
Clave de unidad: Rom habitación
-Hay que realizar facturas por cada servicio por el cual obtengas ingresos. La factura debe realizarse por el ingreso que obtuviste, es decir, por el costo del servicio más el IVA. No considerar aquí la deducción que te hace AIRBNB por el cobro del uso de la plataforma. Eso es un egreso que tú debes considerar aparte, por medio del conjunto de las facturas de gastos a deducir, si es el caso.
OJO!. Airbnb te da aviso por correo de dos tipos de pago, el primero, cuando te comunica que ha habido una reservación y el segundo cuando te ha enviado el pago. Ninguna de estas cantidades es equivalente a la factura. Esta debe considerar lo que ya se dijo, costo del servicio más el IVA.
-En la mayoría de los casos se generarán facturas para clientes genéricos, por lo que hay que usar un rfc universal, previamente definido. (XAXX010101000)
Conviene guardar los cfdi en un archivo específico.
3. Declaraciones mensuales
-Si se optó por la vía de poder realizar deducción de impuestos (IVA e ISR) hay que realizar declaraciones mensuales.
-En la página del SAT ir a Declaraciones, luego a ver más y ahí encontrar el mini-sitio de “plataformas digitales”. Luego, elige presentar tu “declaración de pagos”, abrir y seguir las instrucciones. Verificar que los ingresos coincidan con las facturas y las retenciones, con la hoja de retención que entregó AIRBNB.
-Si en tu apartado (archivo contable) particular de egresos resulta que el IVA es mayor al IVA retenido y obtenido por tus ingresos, es probable que tengas saldo a favor.
-Puedes considerar como egresos fiscales a deducir aquellos gastos que sean necesarios para el ofrecimiento del servicio (inversiones, agua, luz, teléfono, servicios de limpieza, mantenimiento, comisiones de la plataforma, etc.) lo que deducirás de aquí será el IVA de cada uno de esos gastos, por lo cual debes tener la factura de cada uno de ellos.
4. Devolución de saldos a favor
Si después de tu declaración obtuviste saldo a favor, puedes realizar en la plataforma del SAT el procedimiento de solicitud de devoluciones.
-Debes solicitarlo por el IVA, contrastando IVA retenido e IVA por gastos o egresos.
Te solicitarán documentación probatoria, como facturas de gastos. También te podrán pedir el número de tu declaración presentada.
-Los archivos que subas como evidencia pueden solicitarse de acuerdo a las instrucciones que se vayan siguiendo en algún formato específico, como jpg, pdf o zip.
Te darán un folio para el seguimiento.
-Habrá que esperar la resolución y es probable que soliciten más documentación al respecto.
Hola @Yolanda403 , muchos estamos de acuerdo en que da pena explicarle a un huésped que falta el cargo ISH, especialmente porque la mayoría de anfitriones no lo hacen y se presta para malos entendidos, al principio lo puse en mis Normas de la Casa y resultó que algunos me decían que la plataforma No permite cargos extra...Qué te digo...hasta recibí una llamada de los asesores de la plataforma ante una queja por este asunto, con eso de que contestan en España, Austria, Grecia, no tienen ni idea de que se trata y no dan tampoco información correcta a los huéspedes.
Dicho lo anterior, decidí que mientras no sea común y conocido este impuesto en nuestros estados, dejaría de intentar cobrarlo "aparte", subí el 5% a mi precio base y desgloso el 4% (ISH en Zacatecas) en la factura que emito.
Tengo que aclararte que en teoría no es correcto, ya que afecta al IVA, solo que se desglosa de manera independiente en la Factura y no es visible en los cargos de reserva, de esta manera No solicito nada extra al huésped ni lo pago yo.
- No afecta al total de la Factura, aparece como cargo independiente incluido, recuerda que tú lo tienes que pagar al Ayuntamiento en Colima.
- Una factura que no presente el ISH no es válida para hospedaje y podrías tener después inconvenientes si tienes que cancelarla y expedir otra a petición de tus huéspedes.
- No puedes hacer una factura solamente para el ISH.
En el link que te envié en tu otro post viene el tutorial para la elaboración de Facturas con los impuestos IVA e ISH que es la forma correcta de emitirlas.
Saludos!
Gloria
Hola @Gloria342 Haré hoy mi primera factura general para declarar los ingresos de enero. Se tienen que indicar alli las retenciones despues de la estadia +IVA +ISH? O basta con anexar a la factura las retenciones de facturify en la declaración.
Hola @Eva-L0, Si, deben desglosarse IVA e ISH y anexar el certificado de retenciones para que se comprueben los pagos que la plataforma realiza por ti.
Saludos!
Gloria
Hola @Gloria342 buenas tardes, tengo la misma deuda que Eva-L0 sobre la factura pero no me quedó claro. En la factura solamente debo incluir el costo del servicio+IV+ISH?? no debo incluir las retenciones de IVA e ISR que me hace airbnb??
De antemano muchas gracias!
Ana
Hola @Ana23706 Si, las facturas que emitimos por las estancias solo llevan estos impuestos y el nombre con el RFC que te facilita el huésped.
Te dejo este link:
https://recursosfiscalesairbnb.com
Ahí encuentras el tutorial para elaboración de facturas y más información.
Saludos!
Gloria
Acabo de generar una factura...
menciono los pasos a continuación y según tus dudas...
En la pestaña de comprobante, la fecha y hora es referida a la emisión de la factura, este campo se da en automático. No tienes que llenar nada.
En el campo o pestaña de Conceptos, hay que llenar 2 pestañas:
1. concepto y 2. impuestos
En la pestaña de concepto, en el apartado de "descripción", que también se despliega lleno en automático, ahí le puedes agregar las fechas del servicio otorgado.
Luego vas a la pestaña de impuestos. Ahí también se te debe desplegar lleno en automático. Si no vas a llenar nada más, así lo dejas y regresas a la pestaña de concepto. Ahí le das el botón de agregar y debes ver lleno todos los campos de cantidades, abajo en la pantalla.
Luego le das en sellar comprobante.
Te pedirá tu firma electrónica.
Luego en comprobar.
Luego en firmar y listo se generó la factura.
Baja y guarda los archivos xml y el pdf.
Hola @Jorge1570 y @Gloria342 ,
Ahora que hablan de facturas. Estas las generan independientemente si el huesped las solicita?, o solo cuando es requerida por el/ella?
Yo quiero hacer todo legal, pero hasta el momento no he tenido huesped que me pida factura, y por lo tanto no he tenido que desglosar el ISH.
Gracias
Se tienen que generar todas las facturas de todas las estancias @Aleyda8, es la forma de cubrir los ingresos fiscales para tu declaración anual.
Si No la solicita el huésped se elabora para público general, el ISH es estatal y obligatorio, se debe pagar en la dependencia correspondiente en tu Estado.
Más Saludos!
Gloria.
@Gloria342 como siempre, una experta en el tema.
De casualidad tienes alguna liga de 'Mis Cuentas' para generar dicha factura?, ingrese a una pero me dice que necesito FIEL y el certificado, el cual aun no tengo (otro tema que tengo que resolver).
Y segun lo que he leido hay un sistema que factura pero no requiere la firma electronica, sino tendre que esperarme a hacer mi cita con el SAT cuando regresen en enero.
Gracias de nuevo
Disto mucho de ser una experta @Aleyda8 Jajajaja!!! Como decía mi abuela...La carga te hace andar...
Seguimos aprendiendo...y en lo que podemos es muy grato aportar.
Supongo que en la página del SAT encontrarás la liga...yo facturo con e.firma.
Ten cuidado con el ISH, algunos anfitriones no lo están agregando creyendo que no es obligatorio, airbnb en este apartado da las indicaciones expresamente para facturar, sin ese impuesto las facturas no son válidas para hospedaje, checalo para evitar futuros inconvenientes.
Mientras que no haya convenio de nuestros estados con airbnb esta es la forma correcta.
Un abrazo!
Gloria
@Gloria342 pues sabes un montón.
Gracias, si, se que los impuestos IVA, ISR Y el ISH voy a salir pagando este año, pero esta bien, alienándome con SAT después de todos sus consejos debo tener mejor desempeño el siguiente año
este año saldré “bailando”
leeré el artículo sobre ISH
feliz inicio de año. Abrazos