@Cesar528 son varias las cosas a tener en consideracion... Primero la capacidad que consta en tu Licencia de Turismo. En teoria no debes excederla. Si luego alguien (inquilinos, vecinos o quien sea) interpone una denuncia te puedes ver en apuros.
Por otro lado la normativa de tu Comunidad. Aqui en Andalucia, por ejemplo, el decreto de viviendas con fines turisticos dice bien clarito:
2. La capacidad máxima de éstas, vendrá limitada a lo dispuesto en la licencia de ocupación. en todo caso, cuando el uso de la vivienda sea completo no podrá ser superior a quince plazas y cuando el uso sea por habitaciones, no podrá superar las seis plazas, no pudiendo exceder en ambos tipos de cuatro plazas por habitación