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¡Resuelto!

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Hola cómo están?

Estoy en investigación del registro al RNT, mi hermana tiene un apto en conjunto residencial, y tengo pensado alquilarlo para ingresarlo a la plataforma, mi duda es aparte de si la administración del edificio permita el alquiler turístico es si quien debe registrar el RNT soy yo o ella?

 

🙌🏽 Gracias!

1 Mejor Respuesta
Juan306
Level 10
Medellín, Colombia

Hola @Carlos-Eduardo34 , puede ser cualquiera lo importante es cumplir con los requisitos  y los pagos en Fontur de quien quede registrado.  Yo recomendaría que sea el anfitrión.

Saludos,

Juan

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3 Respuestas 3
Juan306
Level 10
Medellín, Colombia

Hola @Carlos-Eduardo34 , puede ser cualquiera lo importante es cumplir con los requisitos  y los pagos en Fontur de quien quede registrado.  Yo recomendaría que sea el anfitrión.

Saludos,

Juan

Muchas gracias @Juan306 

Esteban301
Level 2
Antioquia, Colombia

Hola @Carlos-Eduardo34  como estas, antes de tomar una decisión debes dirigirte al reglamento de propiedad horizontal de tu edificio y buscar la sección donde dice destinación del inmueble, allí te darás cuenta si es permitido o no, hay edificios que taxativamente indican que si es permitido el alquiler de los apartamentos como vivienda turística, otros dicen que lo permiten por estadías superiores a 15 días y otros dicen taxativamente que no es permitido. 

 

Sin embargo en muchos, no estipularon ninguno de estos casos y simplemente dice que la destinación es vivienda urbana o hábitat, en estos casos no esta especificado si es permitido o no, por lo cual, la ley es clara y nos es permitido hacer lo que no tenemos prohibido. 

 

Siendo este el caso, si puedes hacer uso del apartamento en Airbnb, ya que en el reglamento de propiedad horizontal no lo están prohibiendo y tampoco en el manual de convivencia, por lo cual debes revisar estos dos documentos de tu edificio. 

 

Si en algún momento te desean multar o prohibir, te deben mostrar en que parte del reglamento lo prohíben o en el manual, de lo contrario están violando tu derecho a la libre disposición de tu inmueble. 

 

Y si por algún momento tu administradora desea prohibirlo, debe citar a una junta de asamblea de copropietarios donde se ponga a discusión este tema, en caso que la asamblea se ponga deacuerdo, deben dejarlo por sentado ante escritura publica y adicionarlo al manuela de propiedad horizontal de tu edificio.

 

Claro esta, a esta junta de asamblea tu puedes asistir para defender tu postura y hablar de los beneficios que puede traer para los demás propietarios que están rentando o deseen rentar, mediante esta modalidad. 

 

Y como dijo Fernando, antes de comprar un apartamento, si lo deseas destinar para esta actividad económica, es mejor con antelación revisar el manual de propiedad horizontal y el de convivencia para corroborar que en ninguna parte este prohibido.

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