Real Decreto español sobre obligaciones de registro documental y seguridad, el Real Decreto 933/2021, del 26 de octubre de 2021. Este Real Decreto entró en

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Blanca28
Level 2
Madrid, Spain

Real Decreto español sobre obligaciones de registro documental y seguridad, el Real Decreto 933/2021, del 26 de octubre de 2021. Este Real Decreto entró en

En Airbnb , me comunican , que en Barcelona ya se estaba aplicando este Real Decreto , para mi va a ser la primera vez esta semana , y estoy perdida . No sé exactamente de donde tengo que descargarme la documentación que tengo que rellenar . 

¿Alguien me puede indicar como es el proceso? 

Mejor Respuesta

¿Cómo debo comunicar estos datos a las autoridades españolas?

Según el Real Decreto 933/2021, los anfitriones profesionales deberán transmitir los datos a través de un procedimiento electrónico que pondrá a disposición el Ministerio del Interior. Encontrarás más información al respecto aquí.

 

En el caso de los anfitriones no profesionales, el Real Decreto 933/2021 prevé la opción de comunicar los datos sin utilizar este procedimiento, aunque las autoridades competentes todavía no han determinado los detalles.

 

Mire Antonio lo que le comentaba el otro dia.... debemos recoger los datos pero al ser anfitriones no profesionales, la ley no nos obliga a comunicarlo por ses hospedajes, este articulo de arriba es de AIRBNB. Un saludo.

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19 Respuestas 19

Hola de nuevo,

Hace un par de semanas pregunté a Aibrnb sobre si ellos hacían la notificación de la reserva y después de varios días la verdad, que no me quedó muy claro. Me daba a entender que teníamos que ser nosotros los que hiciéramos también eso. No se si tenéis otra información más certera que la mía.

Feliz año, por cierto!

Un saludo,

Carlos

¿Cómo debo comunicar estos datos a las autoridades españolas?

Según el Real Decreto 933/2021, los anfitriones profesionales deberán transmitir los datos a través de un procedimiento electrónico que pondrá a disposición el Ministerio del Interior. Encontrarás más información al respecto aquí.

 

En el caso de los anfitriones no profesionales, el Real Decreto 933/2021 prevé la opción de comunicar los datos sin utilizar este procedimiento, aunque las autoridades competentes todavía no han determinado los detalles.

 

Mire Antonio lo que le comentaba el otro dia.... debemos recoger los datos pero al ser anfitriones no profesionales, la ley no nos obliga a comunicarlo por ses hospedajes, este articulo de arriba es de AIRBNB. Un saludo.

Paula
Community Manager
Community Manager
Port Moody, Canada

Hola @Laura7894, estoy etiquetando acá a @Antonio-Luis0 para que reciba notificación de tu mensaje.

 

Un saludo 😊

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Please follow the Community Guidelines // Por favor consulta las Normas de la comunidad

Si, estoy de acuerdo en que parece que habría algún procedimiento alternativo. Pero ahora el que tenemos es este y no es tan complicado como para no hacerlo @Laura7894 , yo no me arriesgaría. Saludos.

Buenos dias Blanca,

si pone en google real decreto 933/2021 le saldra el decreto en el va a ver varios anexo dependiendo de que tipo de si es usted sujeto profesional o no profesional. Es decir si usted no es empresa le serviria con rellenar los datos de los puntos 1,2,3,4 del real decreto donde pone datos a facilitar en el supuesto de ejercicio no profesional. Si es empresa debe leer este decreto y tiene mas tarea que realizar. Saludos.

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