Solicitud de datos a huéspedes

Javier184
Level 2
Madrid, Spain

Solicitud de datos a huéspedes

Hola, acabo de publicar un anuncio hace 4 días, así que estoy todavía adaptándome. Hoy he recibido mi primer huésped y mañana tengo otro. He leído por aquí que se suelen pedir los datos a los huéspedes. Sabía que en los hoteles es obligatorio, pero ¿también hay que hacerlo aquí? ¿Es una práctica habitual? ¿Es obligatorio por ley?

 

En fin, lo pregunto porque me resulta un poco incómodo pedir el DNI y el resto de datos a gente que acaba de llegar, como se supone que esto es economía colaborativa... Pero en todo caso, ¿qué datos hay que pedir? ¿Hay que entregárselos luego a la policía?

 

¡Gracias y un saludo!

13 Respuestas 13

Hola @Javier184!

Si hay que hacerlo y espor tu seguridad y la de tus huéspedes.

Te aconsejo te dirijas a la Comisaría de policia de la Calle de Leganitos, 19, 28013 de Madrid. Ellos te indicarán cómo proceder y te facilitarán un código para realizar el envío de datos de tus huéspedes. Te van a solicitar tu número de referencia de registro en el Registro de Empresas Turísticas de la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid.

 

Partes de entrada y libro-registro

 

Los impresos de partes de entrada de viajeros se ajustarán al modelo establecido en el Anexo de la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio y serán generados por los propios establecimientos (ver en DESCARGAS de su web). http://www.interior.gob.es/documents/642012/1554605/Anexo+de+la+Orden+INT_1922_2003+de+4+de+julio/b5...

Los establecimientos podrán cumplimentar los impresos de Partes de Entrada por procedimientos manuales o por procedimientos informáticos, pero el viajero deberá firmar dicho parte de manera inexcusable.

Una vez cumplimentado y firmado el impreso, quedará en el establecimiento a efectos de confección de un libro-registro, ordenándose de forma correlativa y constituyendo libros o cuadernos que integrarán un mínimo de 100 hojas y un máximo de 500.

El Libro-registro del establecimiento de que se trate, constituido conforme a lo previsto en el párrafo anterior, estará en todo momento a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad con competencia en la materia, quedando los establecimientos obligados a exhibirlo cuando a ello sean requeridos.

Los establecimientos deberán conservar los Libros-registro durante el plazo de tres años, a contar desde la fecha de la última de las hojas registro que los integran.

Comunicación de datos a las dependencias policiales

Los establecimientos deberán comunicar a las dependencias policiales la información contenida en las hojas-registro a que se refiere el apartado anterior, por cualquiera de los siguientes sistemas:

  1. Presentando directamente o cursando por correo a la Comisaría de Policía o, en su defecto, al Puesto de la Guardia Civil que corresponda, dos copias de la hoja-registro, una de los cuales quedará en la dependencia policial y la otra, convenientemente sellada, se devolverá al establecimiento como acreditación del cumplimiento de su obligación. 
    La remisión de las copias de las hojas-registro por correo únicamente podrá efectuarse en caso de establecimientos situados en municipios en que no existan dependencias policiales.
  2. Transmitiendo mediante fax a la Comisaría de Policía o, en defecto de ésta, a la Comandancia de la Guardia Civil correspondiente, la información contenida en las hojas-registro o un listado de dicha información, siempre que aquéllas cuenten con los medios de recepción idóneos y tengan capacidad funcional para ello.
    Recibida la información, la Comisaría de Policía o, en su caso, la Comandancia de la Guardia Civil, acreditarán a los establecimientos dicha recepción, bien mediante el envío a aquéllos de un fax acusando recibo de la información comunicada, bien remitiéndoles por correo una copia convenientemente sellada.
  3. Entregando directamente en las correspondientes dependencias policiales los soportes magnéticos que contengan la información requerida, siempre que tales dependencias estén dotadas de medios informáticos idóneos para su recepción y tratamiento. 
    Dichas dependencias entregarán a los establecimientos un documento acreditativo de la recepción de la información contenida en los soportes magnéticos y los devolverán al respectivo establecimiento.
  4. Mediante transmisión de ficheros vía Internet al Centro de Proceso de Datos de la Dirección General de la Policía o de la Dirección General de la Guardia Civil, según el caso, que darán por recibida la información por el mismo sistema. Las direcciones son:

Policía: https://webpol.policia.es/e-hotel/
Guardia Civil: http://hospederias.guardiacivil.es

La utilización de cualquiera de los sistemas señalados no exime de la obligación de cumplimentar el parte, de su firma por el alojado y de la confección del libro-registro correspondiente.

Los establecimientos deberán proponer a las correspondientes dependencias policiales el sistema, de entre los señalados en el apartado anterior, que utilizarán como medio habitual de comunicación de la información.

 

Parece complicado pero al final resulta todo bastante sencillo.

Un saludo

Hola Araceli,

 

Muchas gracias por tu respuesta, veo que tienes el tema controlado. De todas formas yo el piso lo tengo en Segovia. Me imagino que aquí tendré que ir a otro sitio. Ya me enteraré a ver...

 

Un saludo

Hola Javier,

 

para que el momento de incomodidad sea lo más corto posible, te aconsejo que con la cámara del móvil fotografíes el anverso y reverso del DNI o del pasaporte del titular de la reserva, y así podrás rellenar tranquilamente los datos exigidos cómodamente en tu domicilio.

 

Saludos. 

@Arnau4¿Cómo se puede hacer cuando no resides en la misma localidad? ¿Tenéis alguna sugerencia? Gracias.

Hola @Ana550,

la pregunta sería: ¿si no los recibes ni les entregas las llaves tú, en quién has delegado ese paso? la mejor solución sería confiar esa misión a quienes se ocupen por ti de la recepción del huésped, y que acto seguido se encargara de pasarte las fotos de los documentos de identidad a tu móvil, por whatsapp por ejemplo, ya que el registro se tiene que hacer el mismo día de la llegada.

Saludos,

Arnau.

Hola chic@s: 

Yo también soy anfitrión en Airbnb con un piso en Galicia. Acabo de escribir este post en este Hilo aquí, y creo que tiene información que os puede interesar. Echad un ojo a esta aplicación web Partee que os será super útil. Aquí un vídeo de cómo es registrar un huesped con Partee.

Saludos,

Víctor.

Sergi
Community Manager
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London, United Kingdom

Hola @Víctor-José0, soy Sergi y me encargo de dinamizar este foro. He leído tu comentario y , en pro de favorecer al resto de usuarios de este foro, ¿Te importaría crear un hilo con tu comentario? Para poder añadirlo a la sección de Consejos y tutoriales y sea más fácil encontrarlo y compartir el enlace. Creo que muchos usuarios se pueden ver benificados por tu post, por eso no quiero que se pierda en un hilo. 

Solo tendrías que crear un hilo en la sección Hospedar con el contenido de tu mensaje. 

Por supuesto esta a tu entera elección. Sea la que sea la decisión que tomes, te agradezco tan fantástica publicación. 

Sergi

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Sergi, por supuesto, lo haré ahora mismo, estoy encantado de ayudar a esta magnífica comunidad!!!

Saludos desde Galicia.

Víctor.

Sergi
Community Manager
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London, United Kingdom

Gracias a ti @Víctor-José0. Te lo agradezco muchísimo. Muchos usuarios se verán beneficiados por tu aporte, y ese es el principal valor de este foro. Que todos pongamos nuestro granito de arena. 

Un saludo y muchisimas gracias por este favor. En nombre de esta Comunidad, te lo agradezco mucho.

 

Sergi

 

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Hola Sergi creé el Hilo aquí

Saludos,

Víctor.

Sergi
Community Manager
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London, United Kingdom

Gracias @Víctor-José0, de verdad. Solo le he añadido la palabra "Guía" a tu título, para que sea más específico. 

Espero no te moleste. 

Repito: fantástica información. 

Sergi

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Perfecto!!!

Saludos!

Víctor.

Alicia203
Level 2
Pontedeume, Spain

Quiero hablar de esta comunidad, si tiene agencia fisíca en A Coruña

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