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En SES.HOSPEDAJE, al revisar la informacion que hay que cargar en el Parte de Viajero de una vivienda turistica, ademas d...
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Buenas tardes,
soy propietario de una vivienda que es mi vivienda habitual y alquilo una habitación esporádicamente a través de Airbnb. Cuando intento incluir los rendimientos en el programa de la Renta 2016, además de los rendimientos me obliga a declarar la renta inmobiliaria imputada, que creo que no aplicaría al ser mi vivienda habitual. ¿alguien esta en esta misma situación?
Muchas gracias
Buenas Jose,
Me gustaría consultarte varias cosas de cómo empezar a alquilar una habitación de mi vivienda habitual y de la cual soy propietario y de forma legal en Andalucia.
Me pasas tú correo y hablamos mejor? Estoy dispuesto a pagarte para que me asesores.
Mi correo es [Información personal oculta según los principios del Centro de la Comunidad]
Un saludo
Entonces cuando declares hacienda verá que no hiciste la declaración de otros años y te puede multar. Creo yo.
hola.
Me estoy volviendo loco para hacer la declaración.
A ver....yo tengo alquilada una habitación en mi vivienda habitual.
Ya he hecho todos los prorrateo .
Mi dudas surgen en
1)cómo se resuelve al final el no tener renta imputada
2)las casillas en las que tengo que introducir los datos de ingresos y deducciones.
3) que como es sólo una habitación no hay que presentar ningún modelo especial...verdad??
4)por último..si tengo que indicar el CIF de Airbnb o el DNI de los huéspedes(dato que por cierto no tengo).
Gracias de antemano
Hola a todos,
Acabo de leer en hacienda: IMPORTANTE: Esta nueva obligación de información tendrá pleno efecto en la campaña de la declaración de Renta 2018, a presentar en 2019, sin perjuicio de la obligación de declarar las rentas percibidas por la cesión de estas viviendas con fines turísticos en el ejercicio en que se devenguen, al igual que el resto de rendimientos de capital inmobiliario.
Yo tengo un inmueble alquilado (con permiso por escrito para subarrendar) y alquilo por algunos días al año las habitaciones disponibles.
Tengo un ingreso por 100 noches alquiladas en 2018 de 2900,00€
Podría deducir como gasto, la renta del alquiler proporcional a esta parte del piso? podria deducir como gasto la limpieza y preparación de las habitaciones? Los muebles y acesorios (sabanas, toallas, mantas)?
Soy consciente que debo contratarlo como rendimientos del capital mobiliario. Tendría que aportar algún justificantes cuando presente la declaración?
Al ser un rendimiento obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo, tendría la reducción de los 30%? El rendimiento neto del capital mobiliario se reducirá en el 30 % si me incluyo en este supuesto.
Muchas gracias por vuestras aportaciones!
Hola @Livia0,
Efectivamente, Hacienda avisa que este año tendrá todos los datos de los alquileres. La obligación de declarar no ha variado. La diferencia es que en 2018 tienen esos datos directamente desde airbnb y las otras plataformas.
Te respondo a tus dudas:
Podrás deducir como gastos los gastos necesarios para el alquiler en proporción al tiempo y superficie realmente alquilada.
Los justificantes de ingresos y gastos los debes guardar tú, por si te son requeridos en una inspección durante los siguientes años, hasta la prescripción.
Los rendimiento irregulares son aquellos generados en plazo superior al devengo anual del impuesto y la reducción tiene su justificación en no castigaresos rendimientos con la progesividad del Impuesto. Los tuyos no lo son.
Saludos,
@Jose
Muchisimas Gracias @Jose35! Cómo puedo contactarte para apoyo en la declaración de la renta?
Hola Muchas gracias tengo varias dudas, se que debo declarar, tengo unas preguntas:
1. Debo informar a airbnb y a Hacienda los datos del nombre del dueño del piso? no tengo permiso para sub arrendar y el no sabe nada, pienso que lo puedo perjuidicar al informarlo pero por otro lado si no lo hago es posible deba incurrir en más gastos adicionales de impuestos verdad? o que manejo me sugieres?
2. Puedo deducir de los ingresos recibidos el pago de alquiler que he hecho de cada mes?.
Vivio en el piso desde hace dos años y llevo un año con airbnb alquilando la habitación adicional, y solo doy el servicio de alquiler de habitación. .
3. Tengo un alquiler en otro país de donde soy originariamente en el no hay restricciones tributarias por ahora, y todos los ingresos que recibo los transfiero directamente a mi cuenta de este país, inclusive los de España, tengo una preguntas de ello:
3.1. Aun asi debo declarar en España. si en mi país los estoy declarando? tengo alguna oportunidad?
3.2. o Puedo declarar en España solo los que se generaron en España sabiendo que los de mi país los declaro alla?
Muchas gracias,
David
Hola @David762
Yo creo que:
1). Sí, en Airbnb tendrás que poner el propietario del piso, y tú como contribuyente. Lo ideal sería que el dueño del piso lo supiera y que el contrato permitiera subrarrendar. En cualquier caso, fiscalmente no le afectará porque al ponerte tú como contribuyente de Airbnb eres tú quien paga los impuestos. Doy por hecho que tu casero sí está declarando que te tiene alquilado a ti el piso. Si no... lío.
2) Sí, puedes deducir la parte proporcional del porcentaje de tu piso que alquilas (la habitación) y del tiempo que ha estado alquilada. Por ejemplo si pagas 1000€ al mes de alquiler y la habitación que alquilas es el 15% de la casa, podrías deducirte 150€ como gasto si estuviera alquilada todos los días, si la alquilas 15 días, pues la mitad.
3-3.1-3.2 -> Mejor pregunta a un asesor fiscal. No es una pregunta fácil. Si tú vives en españa más de la mitad de los días del año eres un contribuyente español y tienes que tributar en España todas tus rentas aun las del extranjero. No obstante hay convenios y muchas variables a tener en cuenta.
Saludos.
Genial, valoro mucho tu punto de vista, muchas gracias por compartirme tu opinión
Buenos dias,
Por si alguién le cabía alguna duda sobre el uso que hará Hacienda de los datos que airbnb le pasará obligatoriamente con efectos 1 de enero de 2018 (modelo 179), hoy se publica en el BOE el Plan de Control fiscal para 2019. En la página 18 puede leerse:
E.7 Otras actuaciones de control sobre el cumplimiento de la normativa interna. Asimismo, se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
c) Mejora en el control del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas respecto de los rendimientos del capital inmobiliario con el desarrollo e implantación de una herramienta de gestión de riesgos y la implantación de una herramienta de cálculo como instrumento de ayuda a la comprobación. En particular, se utilizará especialmente la información contenida en el modelo 179 sobre cesión de viviendas con fines turísticos.
Más claro el agua.
@Jose
Hola @Jose35
¿Crees que hacienda usará los datos del 179 solo para cruzarlos y hacer comprobaciones una vez presentadas las declaraciones de la renta? ¿O podrá meter directamente en el borrador de la renta (o en la información previa de datos fiscales) la información que tengan del contribuyente según el modelo?
Gracias!
Hola @Antonio-Luis0,
Esta cuestión de cómo lo hará Hacienda no es pública, todavía.
En mi opinión, lo más probable es que los datos se reciban por el contribuyente como "datos no trasladados" a su declaración. Es decir, que Hacienda nos dirá que conoce el dato, pero se necesitará una acción específica para incorporarlos a la declaración.
Si lo hiciese así, que es lo más probable, porque Hacienda sabe los ingresos pero no los gastos, ninguno de nuestros colegas podrá directamente confirmar la declaración.
Otra opción es que, si nos les da tiempo, pongan una mención genérica del estilo "según nuestros datos percibe usted rendimientos por cesión de vivienda turística, recuerde consignar sus datos en la declaración".
No creo que se los reserve sólo para comprobaciones, porque con otros datos similares se los muestra al contribuyente. Además, en mi opinión si sabiendolos no los muestra de una u otra forma, podría ser una via de escape para el contribuyente "despistado".
@Jose
Muchas gracia por tu respuesta @Jose35. Claro, tiene toda la lógica que no se pueda confirmar la declaración si los gastos han de reducirse y hacienda no los puede saber. Un saludo y buen fin de semana!
@Jose35 ha escrito:Buenos dias,
Por si alguién le cabía alguna duda sobre el uso que hará Hacienda de los datos que airbnb le pasará obligatoriamente con efectos 1 de enero de 2018 (modelo 179), hoy se publica en el BOE el Plan de Control fiscal para 2019. En la página 18 puede leerse:E.7 Otras actuaciones de control sobre el cumplimiento de la normativa interna. Asimismo, se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
c) Mejora en el control del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas respecto de los rendimientos del capital inmobiliario con el desarrollo e implantación de una herramienta de gestión de riesgos y la implantación de una herramienta de cálculo como instrumento de ayuda a la comprobación. En particular, se utilizará especialmente la información contenida en el modelo 179 sobre cesión de viviendas con fines turísticos.Más claro el agua.
@Jose
Hola José, sólo me gustaría saber si la documentación la puedo llevar en un pendrive a Hacienda o si lo tengo que imprimir todo. Es mi primera vez haciendo la declaración, y al ver los documentos que se descargan de airbnb con las ganancias, veo que no se imprimen bien, no sale la mitad de la página...por eso si se puede llevar en una memoria sería más fácil todo 🙂 Mcuhas gracias como siempre por tu amabilidad 😉