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¡¡Saludos Comunidad!! Hemos sido anfitriones desde hace 5 años, con 2 casas de vacaciones en Playa Blanca en Guerrero. ¡Ha s...
Buenas tardes,
soy propietario de una vivienda que es mi vivienda habitual y alquilo una habitación esporádicamente a través de Airbnb. Cuando intento incluir los rendimientos en el programa de la Renta 2016, además de los rendimientos me obliga a declarar la renta inmobiliaria imputada, que creo que no aplicaría al ser mi vivienda habitual. ¿alguien esta en esta misma situación?
Muchas gracias
Gracias Jose por toda la info, ha sido útil!
Saludos,
Javiera
Hola.empece a alquilar habitaciones de mi casa en el año 2017.es mi vivienda habitual donde yo vivo.mi duda es para la declaracion de la renta como queda lo de la deducion por vivienda habitual.los ingresos que he tenido entiendo que los tengo que declarar en mi declaración.muchas gracias
Hola, el año pasado alquile una habitacion en mi vivienda abitual (soy proprietario) una sola noche en todo el año, tengo que declararlo a la renta? tengo el modulo 150 porque soy extranjero. Alguien puede ayudarme? gracias
Buenas tardes: Estoy pensando en alquilar una habitación en mi vivienda habitual, soy propietaria. ¿Perderé la bonificación por vivienda habitual al hacer la declaración de la renta el año que viene?
Gracias de antemano.
Esther
ha escrito:
Buenas tardes: Estoy pensando en alquilar una habitación en mi vivienda habitual, soy propietaria. ¿Perderé la bonificación por vivienda habitual al hacer la declaración de la renta el año que viene?
Gracias de antemano.
Esther
Hola,
Este es un asunto que generará polémica. No tengo muy clara la respuesta.
En mi opinión si alquilas con habitualidad una parte sustancial de tu vivienda habitual, perdería la esencia de vivienda habitual. Probablemente si no es una parte sustancial pudieses defender la aplicación de una parte proporcional.Pero, ¿como imputas las zonas comunes? Porque el concepto de vivienda se difumina cuando es compartida por contribuyentes que no forman parte de la misma unidad familiar.
Yo creo que es muy probable que si declaras al mismo tiempo que es vivienda habitual, pero percibes rendimientos sustancial por la misma, Hacienda te investigará. Como termine dicha investigación dependerá de detalles que no podría concretar, pues necesitaría conocer todas las vicisitudes de tu caso concreto.
En Derecho casi nunca las respuestas son blanco o negro.
Saludos,
José
Gracias a todos los foreros por su interes en este tema, pero me surgen dudas.
1) Si airbnb ha mandado a las diferentes haciendas los datos economicos de sus afiliados. ¿por que no ha enviado estos datos en documento legal a sus afiliados Advirtiendo de que deben declarar esas cantidades? En mi caso no he recibido ningun documento de ingresos como me lo manda mi unica empresa pagadora.
2) ¿perderemos en los siguientes ejercicios el derecho de deduccion por vivienda habitual?
3) Soy pensionista con hipoteca y debemos vivir dos personas con una pension .Se que estoy obligado a declarar pero esta misma mañana mi sorpresa es que al intentar deducir el IBI como gasto el funcionario de hacienda me nego este gasto para deducir de la declaracion del 2017 ¿es correcto?
4) Despues de leer todos los casos, me encuentro que tenemos un vacio legal enorme, todos los que hemos alquilado a traves de la plataforma sin conocer las ventajas o perjuicios que llevaba alquilar a traves de las diferentes plataformas que han ido apareciendo en el mercado.
5) Hay alguien que sepa como hacer correctamente la declaración?
Hola @SoniaandAlberto0,
Voy a intentar ayudarte. No hay un vacio legal, el problema es precisamente el contrario. Hay muchas normas y debes tener conocimientos para aplicarlas. Por eso yo ya he escrito en este foro muchas veces sobre la necesidad de contratar a un asesor profesional cuando uno empieza con esta actividad. Y somos miles en España.
1) airbnb no tiene obligación de enviarnos los datos que supuestamente ha enviado a Hacienda. En cambio tu empresa sí tiene esa obligación para los rendimientos del trabajo personal. La norma es así.
2) El tema de los gastos dedicibles es complejo. El funcionario de Hacienda no es el mejor asesor. La cuestión del IBI dependerá si se condidera necesario para conseguir el ingreso. Puede interpretarse que si en tu casa alquilas una habitación, el gasto del IBI no es necesario, porque lo tendrías que pagar si o si por vivir en la cas, se alquile o no. También se pude intepretar que el IBI sería deducible proporcionalmente a los ingresos. Es un asunto controvertido.
3) Lo mismo se puede decir de la vivienda habitual. Me temo que Hacienda va a interpretar la vivienda como conjunto, aunque yo personalmente no estoy en esa postura. Creo que se puede defender la contraria.
Nuestro sistema de autoliquidación implica que uno presenta la declaración a su leal saber y entender y luego Hacienda la revisa, o no. El Derecho no son matematicas y no hay un resultado único. Por eso ni el mejor asesor honestamente puede "asegurar" que hace "correctamente" una declaración. Lo hará según sus conocimientos de la mejor manera posible. Pero no olvides que hay cientos de miles de pleitos tributarios y Hacienda se vanagloria de ganar el 60%, es decir que los Tribunales no le dan la razón en el 40 %.
Espero que te sirva mi ayuda. Saludos,
He hablado con la AEAT hoy mismo. Si se alquila una habitación de la vivienda habitual, se debe poner como renta inmobiliaria, dando de alta tu propia vivienda, pero asignándole un valor catastral nulo. Sin embargo, hay que declarar los ingresos obtenidos y se pueden poner los gastos habidos de acuerdo a la proporción del uso que se le da a este alquiler (es decir, si el propietario se asigna un valor de uso del 80% por ejemplo, los gastos que se pongan a la parte alquilada, no podrán superar el 20%). Este alquiler, al no ser de vivienda habitual para nadie, no desgrava el 60%
Hola Luis José, estoy intentando meter los rendimientos de mi vivienda habitual tal como indicas pero no me admite el valor catastral nulo o cero y no consigo tras varios días a golpe de teléfono con Hacienda que me atiendan en el `nivel superior`de atención telefónica como ellos lo llaman.
¿Alguien me ilumina por favor?
La Agència Valenciana del Turisme,
Bonjour à tout le monde,
en premier, très déçus que airbnb ne possède pas un service juridique pour solutionner les gros problèmes que nous rencontrons.
Les réponses que nous pouvons recevoir sont une indication mais ne peuvent pas faire juridiquement référence.
Je suis dans la communauté de Alicante.
Tripadvisor me confirme que je dois être enregistré avec un permis de location et me renvoie à Agencia Valenciana del Turisme.
Je lis effectivement des directives sur la location d'un appartement ou d'une maison, mais je ne trouve rien concernant la location d'une chambre dans le logement que j'habite.
Est ce que quelqu'un connait le problème avec les liens sur des textes juridiquement acceptable ?
Merci par avance.
Hola a todo el mundo,
Primero, muy decepcionado de que airbnb no tenga un departamento legal para resolver los grandes problemas que enfrentamos.
Las respuestas que podemos recibir son una indicación, pero no pueden ser referenciadas legalmente.
Estoy en la comunidad de Alicante.
Tripadvisor me confirma que debo estar registrado con un permiso de alquiler y enviarme de vuelta a la Agencia Valenciana del Turisme.
De hecho, leí las instrucciones sobre el alquiler de un apartamento o una casa, pero no puedo encontrar nada sobre el alquiler de una habitación en la casa donde vivo.
¿Alguien sabe el problema con los enlaces en textos legalmente aceptables?
Gracias de antemano.
Hola @Raymond125,
En España somos decenas de miles de abogados. Tampoco airbnb tiene un servicio de limpieza, reparaciones y otros oficios imprescindibles para nuestra actividad. Y cuando los necesitamos los contratamos y los pagamos.
Simplemente, cuando uno quiere realizar una actividad y desconoce la regulación jurídica, debe asesorarse profesionalmente. ¿es tan complicado de asimilar? No debería ser. Porque, aun cuando en este foro o en el "abogado google" se puedan encontrar respuestas, jamas serán tan adecuadas como un estudio profesional del caso jurídico por un profesional.
No un un tema de enlaces, es una cuestión de responsabilidad.
José.
Bueno, entonces me lo explicarás.
En el reglamento de la Generalitat Valenciana, leo este texto;
"" ¿Puedo alquilar por habitaciones una vivienda turística? La normativa turística autonómica de la Comunitat Valenciana no contempla la posibilidad de dedicar al alquiler turístico una habitación o varias de una vivienda turística, sino la unidad de alojamiento completa y el propietario no puede estar viviendo en ella. ""
Entonces, si difiero este texto, todos los anuncios en español de Airbnb para alquilar una habitación en el departamento de un propietario están prohibidos e son ilegales.
Todos los anuncios deben mostrar el número de registro y está prohibido alquilar en un apartamento habitado.
Esto es lo que busco como información durante 2 semanas, sin que nadie pueda dar una respuesta coherente, incluso usted a lo que veo.
Lo siento, hablando francés, hago traducciones con Google.
Le pregunté a mi abogado que siguió la compra de mi apartamento:
Juan Carlos*** ****
Abogado / Abogado / Abogado
Rojales, Alicante
Esa es su respuesta:
Como conclusión, si tiene una propiedad para alquilar, no tiene que registrarla en el registro, pero puede hacerlo si lo desea. Pero, incluso en el caso de que decida no registrarse, su propiedad debe cumplir con los estándares legales de calidad y equipamiento, como en la siguiente sección.
La información es diferente en todas partes.
@@hola Jose, sabrías decirme si en el apartado ingresos íntegros de la declaración se ponen los ingresos brutos de airbnb o lo que realmente pagan (esos ingresos brutos sin la comisión).
Gracias y saludos
Hola
Los ingresos a declarar son los ingresos brutos. Las comisiones son gastos.
Saludos,
@Jose