Prohibición comunidad de vecinos y reprocidad de alquiler

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Alejandro1991
Level 2
Santander, Spain

Prohibición comunidad de vecinos y reprocidad de alquiler

Buenos días, expongo mi caso . En junio inicie trámites en turismo Cantabria para registrar mi vivienda. Lo hago telemáticamemte, a falta de la dichosa cedula y veo un número de registro con toda mi documentación y en trámite. Este mes se acordó en comunidad vecinos prohibir los nuevos pisos.  Entiendo que si ya inicie trámites previa prohibición y anteriormente el administrador me dió certificado ok, puedo seguir alquilando?... Gracias 

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Antonio-Luis0
Top Contributor
Málaga, Spain

Hola @Alejandro1991 

 

La ley es clara en este aspecto en España. La comunidad de propietarios puede prohibir las viviendas turísticas (ahora ya con claridad con 3/5), pero esa prohibición no tiene efectos retroactivos. Si tenías tu licencia turística antes de la asamblea, lo más que pueden hacer es subirte las cuotas un 20%. Así que puedes estar tranquilo.

 

Otro caso sería que los estatutos dijeran que no se pueden llevar a cabo actividades económicas, pero no es lo habitual.

 

La legislación en España es complicada @Michael477... pero en este caso es más favorable a @Alejandro1991  de lo que le decías.

 

Saludos.

 

Saludos.

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2 Respuestas 2
Michael477
Top Contributor
Cholula, Mexico

Hola @Alejandro1991 : No es así! la comunidad de vecinos puede darse las reglas y fechas que tiene estipuladas  en el reglamento.

Incluso la gente que ya esta(ba) rentando por plataforma puede estar obligada dejar de hacerlo.

Lo mejor es entrar personalmente en comunicación con tus vecinos.... no son tus amigos..... sino intenta convencerlos para mover las mayorías en asamblea! 

Si te haces enemigo de los vecinos y rentas aunque no estan de acuerdo, te aseguro que ellos harán la vida imposible a tus huéspedes lo cual te bajaría tus evaluaciones........y te eliminará AirBnB de la plataforma.....

Saludos
Michael
Antonio-Luis0
Top Contributor
Málaga, Spain

Hola @Alejandro1991 

 

La ley es clara en este aspecto en España. La comunidad de propietarios puede prohibir las viviendas turísticas (ahora ya con claridad con 3/5), pero esa prohibición no tiene efectos retroactivos. Si tenías tu licencia turística antes de la asamblea, lo más que pueden hacer es subirte las cuotas un 20%. Así que puedes estar tranquilo.

 

Otro caso sería que los estatutos dijeran que no se pueden llevar a cabo actividades económicas, pero no es lo habitual.

 

La legislación en España es complicada @Michael477... pero en este caso es más favorable a @Alejandro1991  de lo que le decías.

 

Saludos.

 

Saludos.

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