Ser anfitrión en madrid, aspectos legales.

Raffunk0
Level 2
Madrid, Spain

Ser anfitrión en madrid, aspectos legales.

Hola!

Se me han quedado dos habitaciones libres en casa, y estoy pensando en ser anfitrion y ofertar dichas habitaciones, pero estoy un poco "preocupado" con los aspectos legales en la Comunidad de Madrid. En la información general de la página es un poco confusa a mi entender. En resumen mis tres cuestines principales son:

 

1 - Como regular las cuentas con hacienda (si es que hay que hacerlo).

 

2 - He leído en algún artículo de la red que la nueva ley solo permite, para este tipo de renting en la Comunidad de Madrid, hacerlo como mínimo por 5 noches, no se si esto nos afectaría a los usuarios de airbnb.

 

3 - En caso de que todo esto este resuelto, como tendría que proceder, siendo mi piso de alquiler, para poder empezar a hospedar en las dos habiaciones libres que tengo.

 

Muchisimas gracias por cualquier aporte. 

 

Un saludo, Rafael.

142 Respuestas 142
Jose35
Level 10
Pozuelo de Alarcón, Spain

Nuevo Decreto.
Mañana se termina el plazo de la información pública del nuevo Decreto para viviendas turísticas en la Comunidad de Madrid.
Introducirá importantes novedades. Quizás los mayores serán regular, por fin, el uso por habitaciones y calificar de servicio profesional la actividad.
Un gran cambio al que muchos deberán adaptarse. El primero terminará con el "limbo" jurídico de muchos colegas; pero el segundo (que quizás haya pasado desapercibido para la prensa) tiene una trascendencia enorme a efectos fiscales y contables. En mi opinión, si se publica así, será una revolución en la economía colaborativa.
Pronto la respuesta, pero los que no esteis habituados a una gestión profesional, preparaos que llegan curvas.

 Pues a mi lo que más me preocupa es la instrucción del 5 de Febrero del Ayuntamiento de Madrid.

 

He participado poco en estos foros pero no veo demasiada actividad al respecto lo que me sorprende

Hola José, estuve hablando contigo sobre el tema del alquiler de una habitación de mi vivienda por unos días,pero he perdido la conversación o no sé si hubo respuesta. Te importaría aclararme de qué forma sería legal o como hay que legalizar o declarar ese alquiler en Hacienda? Te agradecería muchísimo.

y por otro lado no sé si con la nueva ley está que estás comentando nos aclarará algo más.

 

Muchas gracias

Jose35
Level 10
Pozuelo de Alarcón, Spain

Buenas tardes,
Ahora que ha empezado el periodo para la declaración anual de IRPF, muchos colegas host me preguntan sobre sus dudas.
Es frecuente la duda sobre si los ingresos hay que declararlos y la respuesta es que sí, con caracter general.
Sin embargo, estoy empezando a recibir preguntas sobre host que gestionan viviendas de otros (padres, amigos). La respuesta en este caso es bastante mas compleja, pues hay que diseccionar la relación jurídica entre el que presta el servicio y el titular del bien. Y, además, debe estudiarse si se da o no una relación de habitualidad.
Estos casos merecen una reflexión sosegada, para dar con una respuesta fiscal correcta. Pues como os obvio en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la cuestión no es solo pagar impuestos o no (la respuseta es sí), sino quién debe pagar. Si el sujeto obligado al pago no es el correcto, el pago de impuestos no liberará de su obligación a un tercero.
Saludos,

Paula559
Level 2
Boadilla del Monte, Spain

Hola Jose, yo tengo una duda, hemos empezado hace poco y para esta declaración aún no tengo nada porque en 2017 no estábamos alquilando. Mi pregunta tiene que ver con la facturacion para la declaración del año que viene. ¿Cómo lo tenemos que hacer? ¿Voy haciendo las facturas de cada cliente conforme se cobra? ¿No hago físicamente facturas pero luego meto todos los rendimientos en la declaración de 2018? Muchísimas gracias

Jose35
Level 10
Pozuelo de Alarcón, Spain

Hola @Paula559,

Emitir factura o no a los huéspedes depende de varios factores. Básicamente que te la pidan y/o que sean profesionales o empresas. Si no se dan esos dos requisitos y tú no te dedicas al alquiler como actividad empresarial, no tendrías obligación de emitir factura. En caso contrario, sí tendrías obligación de emitirla. Además, si fueras empresario tendrías otras obligaciones fiscales y contables.
Si tu actividad de alquiler no es empresarial, te será suficiente con declarar en el modelo 100 los ingresos brutos anuales.
Para darte una respuesta segura, como casi siempre, necesitaria saber estos detalles importantes sobre la actividad que desarrollas.
Saludos,
José

Paula559
Level 2
Boadilla del Monte, Spain

Muchas gracias, no es actividad empresarial, pero como un cliente me pidio factura pensé que se la tenía que hacer a todos aunque no se la entregara. Lo declararé en el 100 anual de 2018 y emitiré entonces factura cuando me la soliciten. Muchas gracias

Elizabeth429
Level 10
Madrid, Spain

@Jose35,

 

No desaparezcas. Qué gusto ha sido leerte por primera vez hoy 🙂

 

Le pediré a Sergi que te ponga en primera línea para tener acceso rápido en caso de necesitar tus conocimientos 🙂

 

Saludos!!

Jose35
Level 10
Pozuelo de Alarcón, Spain

Gracias @Elizabeth429,

Me alegra mucho que te parezcan útiles mis aportaciones al foro.
@Jose

Jose35
Level 10
Pozuelo de Alarcón, Spain

Hola a todos,
¡ Por fin !
Cada dia asistimos con amargura la lectura en los periódicos de sus posiciones contra el turismo y las viviendas turísticas o escuchamos en la televisión que pronto todas las viviendas turísticas de Madrid tendrán que cerrar.
Y en especial esa increible idea de obligar al apartheid de las escaleras. Los turistas solo podrían usar las escaleras para turistas. Si nuestros políticos se parasen a pensar lo duro que puede ser poner un cartel "turistas No gracias" en una escalera, seguro que no lo harían.
Pero hoy he encontrado un artículo que me devuelve el optimismo. Un magistrado de Barcelona pone en duda la legalidad de todas las medidas restrictivas.  Confío que se imponga su criterio por el bien de nuestra economía y la de todo el País.
Luego no lloremos cuando crezca el paro y esos turistas señalados no vengan a España.
Leedlo, merece la pena:
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/07/27/legal/1532674043_068434.html
Saludos,
@Jose

Elizabeth429
Level 10
Madrid, Spain

@Jose35,

 

Como bien dices, cada día una barbaridad más gorda que la anterior. 

 

Me pregunto constantemente, qué necios son los que se sientan alrededor de una mesa y deciden cómo j***r más, no solo a los ciudadanos sino también a nuestra economía. Yo, que no he estudiado leyes ni economía, podría hacer mejor trabajo que ellos sólo usando mi sentido común.

 

 

Nicolas381
Level 2
Madrid, Spain

Alguien sabe de alguna asesoría legal para que te lleve los temas de Airbnb gracias 

Jose35
Level 10
Pozuelo de Alarcón, Spain

Hola @Nicolas381
Yo llevo estos asuntos. Soy superhost como tú y abogado con 30 años de experiencia. Si quires, enviame un mensaje privado e intento ayudarte.
Gracias,

Jose necesito tu ayuda puedo llamarte mi teléfono es[Información personal oculta según los principios del Centro de la Comunidad]

ahola jose,buenos días soy nuevo en esto y mis padres quieren poner su piso en alquiler. Aún no contamoscon licencia y estamos un poco perdidos respecto a todo lo referente a los impuestos. Espero por favor puedas orientarme un poco. Si porfavor puedes pasarme algún dato para ponerme en contacto contigo Gracias

Consulta los artículos del Centro de recursos

Cómo preparar tu alojamiento para los huéspedes
Consejos de los anfitriones en Airbnb Plus: cómo darle un toque único a tu espacio
Ayudar a los huéspedes durante su estancia