Guía- Libros registro y partes de entrada de viajeros [ESPAÑA]

Guía- Libros registro y partes de entrada de viajeros [ESPAÑA]

Hola comunidad, inicio esta conversación para aclarar los conceptos básicos  a la hora de registrar un huesped de Airbnb para cumplir la normativa sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros.

 

La normativa establece dos obligaciones que actualmente se confunden:

 
- La primera es cubrir el parte de entrada de viajeros en el modelo normalizado y hacer que lo firmen los viajeros. Existen tres modelos de partes: uno para Cataluña, otro para Euskadi y otro para el resto. Por cierto, estos partes de viajeros tienen que estar numerados correlativamene y hay que custodiarlos durante tres años en libros de entre 100 y 500 partes.    
 
- La segunda obligación es la de remitir la información de los viajeros (que no los partes de viajeros anteriores) a la policía dentro de las 24 horas siguientes a que entren en tu alojamiento. En Euskadi es la Ertzaintza, en Cataluña los Mossos, y en el resto la Policía Nacional donde la haya, y si no la Guardia Civil. Todos ellos tienen unas aplicaciones web para introducir sus datos. Cuando te registres con ellos te proporcionan un usuario y una contraseña para acceder.
 
Yo alquilo mi piso en Airbnb, en Galicia, y el registro de viajeros, la creación de los partes de entrada y el envío de la información a la Policía ha sido siempre un coñazo. Lo que hacía era acudir con los partes de viajeros en papel, los cubría con los documentos de identidad de los viajeros, y hacía que los firmasen. Luego en casa o en la oficina metía los datos en la aplicación de la Policía Nacional. Es decir, pasaba el trabajo dos veces, y aún por encima, si te equivocabas con algún dato de tu viajero la aplicación de la Policía daba error.  Precisamente por este motivo, en mi Start-up desarrollamos la aplicación de nombre Partee ver aquí, que es la que uso con mi piso. Es una aplicación web que puedes usar desde tu móvil o tableta, y que te permite hacer todo el trabajo de una vez. Cuando recibo a mis viajeros meto sus datos en la aplicación, le pido que firmen sobre el móvil y pulso Crear Parte, y la aplicación automáticamente crea los partes de viajeros en formato normalizado, te los envía en PDF a tu email, envía la información a la Policía o a la Guardia Civil según el caso (para Ertzaintza y Mossos, de momento os envía un fichero para que vosotros directamente los subáis a su plataforma, sin meter los datos de nuevo), y te da la confirmación en tiempo real. Por si acaso también te guarda los partes en PDF por si quieres copias algún día. Aquí os dejo un enlace para que veáis el funcionamiento de la aplicación Partee, ya veréis qué fácil es recibir a un huésped.
37 Respuestas 37
Laura
Community Manager
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London, United Kingdom

Gracias @Antonio-Luis0 por aportar 😊

 

Espero que  consejo pueda ayudarte @Carmen1798

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Por favor consulta las Normas de la comunidad // Por favor consulte as Normas da comunidade

Laura
Community Manager
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London, United Kingdom

Hola @Antonio-Luis0 , ¿hay algún consejo para dar a @Carmen1798 con respecto al Libro Registro?

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Carmen1798
Level 2
Torremolinos, Spain

@Víctor-José0 , @Daniel6920 , @Elena1411 , @José241 ¿A día de hoy sigue siendo igual? ¿y concretamente en Andalucía y con independencia de que el anfitrión sea un particular?

Antonio-Luis0
Level 10
Málaga, Spain

Hola @Carmen1798 

 

La regulación de libro de viajeros no ha cambiado demasiado. No sé a que post te refieres si sigue siendo "igual a día de hoy", pero lo que se seguro es que tiene que estar registrada en la Policía (departamento de hospederías), rellenar el parte de viajeros para todos los que se hospeden tu alojamiento, enviar este parte de viajeros a la policía en las 24 siguientes a la entrada (mediante la web de webpol directamente, mediante email si no te han dado de alta en webpol, o a través de alguna de las apps de pago que facilitan este trámite -yo no las uso), y mantener una copia de este libro de registro de viajeros. 

 

Una de los cambios más reciente es poder guardar este libro de registro en formato digital sin que tenga que ser físico necesariamente.

 

No cambia nada que el anfitrión sea particular y esta información es válida para Andalucía (y para la mayor parte de las comunidades autónomas también).

 

Si tienes alguna duda concreta, pregúntame.

 

Un saludo.

 

Gracias @Laura por avisar.

¡Hola @Víctor-José0!

 

Soy completamente nuevo en este tema y me estoy empapando para enterarme.

 

¿Con tu app se  puede cumplir este requisito sin tener que estar presencialmente con cada huésped?

 

Es decir, si el huesped me envía una foto de su pasaporte, yo puedo iniciar el proceso, luego enviarle el enlace para que firme y con eso ya crear el parte?

 

Muchas gracias por la aclaración.

José241
Level 3
Asheville, NC

Hola a todos, 

 

A la hora de rellenar el parte de entrada del libro del viajero, ¿hay que rellenar los datos de solo una persona responsable o de todos los huéspedes?

 

Gracias de antemano, 

Elena1411
Level 2
Pinto, Spain

Hola!

Tengo una duda: yo alquilo dos habitaciones de mi domicilio habitual, y no toda la casa completa.

También se considera que tengo que estar dada de alta como vivienda turística y rellenar los partes? 

Elva13
Level 2
Palma, Spain

Yo la estoy usando desde hace un mes y os aseguro que el mejor invento para el registro de pasajeros. Antes era una perdida de timepo enorme y los datos que nos dejaban escritos nunca eran correctos o faltaban datos..

Gracias @Víctor-José0, un saludo desde Mallorca.

 

Gracias @Elva13 !!!! Saludos!

Ruben109
Level 2
Madrid, Spain

@Víctor-José0@José241@Cayetana1@JoseLuis71

Hola a todos, viendo este post y que yo no tenía ni idea de que esto había que harcelo..., sabéis donde puedo ver la normativa de los partes de entrada? (yo alquilo una habitación en Ba4rcelona (por si es una norma autonómica). 

He dado una vuelta por la web de AirBnb y no viene nada y en el foro tampoco he visto más.

Así me entero bien en qué consiste, plazos, etc...

Thnks!

José241
Level 3
Asheville, NC

Hola a todos, 

 

En la comunidad de Andalucía la Guadia Civil o la Polocía Nacional (depende del cuerpo de seguridad que te corresponda por ubicación) te genera un usuario y contraseña para poder hacer este trámite telemáticamente. No obstante, doy mi enhorabuena a @Víctor-José0 por desarrollar esta app. Todo lo que sea telemático, en mi opinión, es más profesional que a la antigua usanza en papel. Un saludo,

Cayetana1
Level 3
Gines, Spain

@Boni0

Legalmente no sólo tienes que guardar los partes por un periodo de tres años, si no que además dispones exclusivamente de 24horas desde la entrada de los huéspedes para hacer llegar esta información a la policía.

Digamos que siempre hay que hacer dos partes, uno que queda para nuestro libro registro y otro para la polícía.

Pero cómo la mejor información (y única legal) se encuentra en el BOE, te paso el enlace dónde encontrarás toda la información:

http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/normativa/ordenes-int/orden-int-1922-2003-de-3...

Cayetana1
Level 3
Gines, Spain

@Sergi ¡Muchas gracias!

 

JoseLuis71
Level 2
Sant Joan d'Alacant, Spain

Hola @Víctor-José0, fantástica idea y ayuda. Lo acabo de ocnocer ahora mismo, me voy a dar de alta para probarla, tiene buena pinta la página. En España también tenemos buenos desarrolladores de software!!!

Cayetana1
Level 3
Gines, Spain

@Casi0  ha escrito:

Hola, yo alquilo un apartamento en Castilla y León; lo que hago es pedirles previamente los datos necesarios a los huéspedes y el día de su entrada antes de que lleguen, genero su ficha de viajero en la aplicación de la webpol (en la que previamente me he dado de alta como usuario), se la envío a la policía, el archivo pdf creado lo imprimo y cuando llegan los viajeros me la firman.

Bien yo pensé hacer lo mismo PERO, pregunté en las dependencias policiales y cómo no, me dijeron que así no que hay que hacerlo de otro modo:

 

La forma es que tienes que escribir tu los datos, cogiendo y leyendo los documentos oficiales válidos que te aporten, no vale que cada uno los escriba y firme, pues es tu obligación ver que el documento existe y  que se corresponde con la persona que te lo ha dado, que es válido (muy importante por que si está caducado no es válido y es ilegal aloja. Este dato, se pasa con facilidad por alto, por que no hay que no hay que registrarlo en ningún apartado y con frecuencia solo miramos aquello que tenemos que cumplimentar) y que lo que se transcribe al parte es fidedigno.

 

Por cierto que si algún huesped aparece sin documentación será necesario que primero ponga la denuncia policial y luego se rellene el parte con los datos de la denuncia.

 

Espero haberos ayudado.

Sergi
Community Manager
Community Manager
London, United Kingdom

Hola @Cayetana1, muchas gracias por ayudar a otros anfitriones con tu soporte y asesoramiento. Solo quiero compartir contigo un consejo para que tus aportes tengan más visibilidad: la Función Mención

Para ello solo tienes que escribir arroba en tu mensaje en el foro, lo que hará que se abra una ventana donde podrás escoger a las persona que quieres mencionar. Una vez publicado el mensaje en el foro, a la persona o personas que hayas etiquetado o mencionado, les llegará una notificación de que alguien les ha nombrado en el foro. 

Espero os sirva para futuras publicaciones.

Un saludo y de nuevo ¡gracias!

Sergi

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Cayetana1
Level 3
Gines, Spain

Hola Boni, 

Legalmente no sólo tienes que guardar los partes por un periodo de tres años, si no que además dispones exclusivamente de 24horas desde la entrada de los huéspedes para hacer llegar esta información a la policía.

Digamos que siempre hay que hacer dos partes, uno que queda para nuestro libro registro y otro para la polícía.

Pero cómo la mejor información (y única legal) se encuentra en el BOE, te paso el enlace dónde encontrarás toda la información:

http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/normativa/ordenes-int/orden-int-1922-2003-de-3...

Cayetana1
Level 3
Gines, Spain

Soy bastante nueva en la plataforma, para ser exactos hoy es la primera vez que he alojado a un grupo .

Pero antes de hacerlo y habiendo leído este tema, al ir a la policía a darme de alta para tramitar los partes de los huéspedes en Sevilla, he preguntado por las aplicaciones móviles para remitirlos.

 

Cual ha sido mi sorpresa cuando me han dicho que bajo ningún concepto se puede hacer legalmente usando aplicaciones, pues vulnera a todas luces la ley de protección de datos española.

 

Por un lado por que no se entra directamente a la página oficial de la policía para estos trámites, si no que se hace a través de un tercero dándole los datos de usuario y contraseña que solo el gestor de la vivienda puede saber.

 

Por el mismo motivo, por que se transmiten los datos de las personas a las cuales tenemos que "proteger" también a través de un tercero que no es legal.

 

También me ha comentado que además algunas de esas aplicaciones escanéan o leen directamente el documento oficial personal que nos hayan presentado y que eso tiene además un plus de peligrosidad.

 

Por último, me ha dicho que en algunas de ellas se paga una pequeña cuantía, así que pagamos por cometer ilegalidades...

 

Ha aprovechado para recordarme que todo ello es causa de delito y no hay excusas... y que los partes los tenemos que tener a buen recaudo y fuera del alcance de cualquiera que no sea la persona autorizada por la policía para hacerlo, ni siquiera el propietario de la vivienda si no es, al mismo tiempo, el representante.

 

Espero que os sirva a los que empecéis y a los que ya lo hayáis hecho para preguntar mejor sobre lo que puede pasar, es necesario recordar que España tiene una de las leyes de protección de datos más restrictivas y punitivas del mundo.

Saludos

Boni0
Level 3
Valencia, Spain

Hola a todos, 

Según tengo entendido no hay obligación de llevarlo a la policía ni a la guardia civil, sino tenerlos en todo momento a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad con competencia en la materia, quedando obligados a exhibirlo cuando a ello sean requeridos.

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