Obligación contrato alquiler

Miguel-Angel54
Level 1
Cuenca, Spain

Obligación contrato alquiler

La casa que alquilo como vivienda de turística está en Castilla la Mancha. La Agencia Tributaria para complementar mi declaración de la renta me ha pedido las facturas de los gastos y contrato de arrendamiento. Mi pregunta es ¿No es obligatorio hacer un contrato de arrendamiento a cada huésped, verdad?

Muchas gracias

 

4 Respuestas 4
Antonio-Luis0
Top Contributor
Málaga, Spain

Hola @Miguel-Angel54 

 

Dependerá de cada comunidad autónoma si es obligatorio hacer un contrato.

 

Pero yo diría que como quien te lo pide es la agencia tributaria, realmente no está preguntando por el cumplimiento de la normativa turística sino para comprobar tus ingresos. En este caso yo le mandaría el listado de reservas/ingresos brutos de Airbnb donde puedan ver días alquilados a cada huésped (entrada/salida), días totales, ingresos por cada estancia, comisiones de Airbnb etc. Además, como tendrás los partes de viajeros con los pasaportes/dnis de cada uno de ellos, también puedes añadir esta información a hacienda.

 

Ya nos dirás cómo te ha ido.

 

Un saludo.

Hola @Antonio-Luis0 , 

Cómo veo que eres de Málaga, aprovecho para preguntarte :). Empezaré en breve a alquilar una vivienda que tengo en la provincia y estoy viendo todo lo que tengo que preparar. He visto que la Junta de Andalucía exige que se firme un contrato entre anfitrión y huéspedes (con precios y más detalles, como si fuera un hotel) al alquilar una vivienda con fines turísticos. Pero no me queda claro si, al hacerlo a través de un intermediario como Airbnb, sigue siendo obligatorio. En mi caso no es tampoco mi actividad principal, será un alquiler vacacional temporal...

Muchas gracias por tu ayuda!

Un saludo

Hola @Laura4528 

 

Lo que dice la normativa es:

 

Artículo 7. Formalización del contrato y acceso a la vivienda.
1. A toda persona usuaria, en el momento de su recepción, le será entregado un documento, a modo de contrato, en el que conste, al menos, el nombre de la persona o entidad explotadora de la vivienda, el código alfanumérico de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, el número de personas que la van a ocupar, las fechas de entrada y salida, el precio total de la estancia y número de teléfono (...)

3. La copia del documento previsto en el apartado 1, una vez cumplimentado y firmado por la persona usuaria, deberá conservarse por la persona o entidad explotadora estando a disposición de los órganos competentes de la Administración de la Junta de Andalucía durante un año, teniendo valor de prueba a efectos administrativos y la consideración de contrato.

 

Así que si les haces un contrato de vivienda por temporada con su cláusulas y todo, estás cubierta. Pero si lo que haces es un papel más sencillo con solo esos datos básicos, también. Es cierto que podrías argumentar en una inspección que la información de la reserva la aceptó el huésped directamente en el intermediario, pero puesto que no es una obligación demasiado costosa de cumplimentar, seguramente merezca la pena hacerlo correctamente.

 

Un saludo.

 

Muchas gracias por tu rápida respuesta, @Antonio-Luis0 . Así lo haré...

Un saludo

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