Larga estancia en Barcelona

Larga estancia en Barcelona

Quiero publicar una propiedad en barcelona que no tiene licencia y que la estou alquilando para larga estancia ( entre 31 dias y 6 meses). Debo dar el anuncio de lata como los de corta estancia simplemente especificando la duración minima de la estancia de 31 dias o hay algun otro lugar donde anunciar diferente al de los apartamentos que se alquilan por dias?

 

Un saludo,

 

Mar ***

12 Respuestas 12
Marc136
Level 10
Badalona, Spain

@Bellart0 ¿Dar de alta dónde? No especificas.

 

Está bien que pruebes esta empresa, aunque para tu propósito, hay plataformas más adecuadas.

AirBnB se centra más en dar servicio a huéspedes para corta estancia.

En AirBnB también hay demanda de larga estancia pero te costará mucho más que en otras Webs.

 

 A riesgo de que me miren mal a partir de ahora en AirBnB 😉 te diré que si no tienes interés en alojar turistas, no te publiques en una Web que da servicio principalmente a turistas. Cada reserva que hagas por medio de ellos, se entenderá como un servicio de alojamiento turístico y no tiene sentido.

 

El alojamiento turístico requiere unas acciones específicas por tu parte para cumplir las normativas y necesitas esperar a que se te apruebe la solicitud, sin embargo, el alojamiento de larga estancia, lo que se entiende como compartir piso, está permitido como tal, el único requisito es que no alquiles más de dos habitaciones de tu casa, que tú vivas en ella, que le hagas un contrato a tu inquilino (un gestor te cobrará por ello menos de 200€) y que declares las ganancias.

Es un mundo aparte.

 

El contrato que representa una reserva a través de AirBnB, sea para una noche como par mil, no deja de ser un contrato de servicios turísticos.

 

 

Tú verás qué haces...



Marc

Dejé de ser anfitrión aunque sigo en el foro.

Gracias por tu respuesta.

Dar de alta el anuncio como uno de corta estancia.

Entiendo tus comentario. Tengo varios pisos de corta estancia y conozco perfectamente la legislación y el funcionamiento pero una sola matización, a partir de 31 días el alquiler de una vivienda ( no de una habitación) pasa a ser un alquiler temporal y deja de ser una vivienda de uso turístico.

Veo que en el foro hay varias questiones sobre el tema de larga estancia de modo que no veo que sea tan descabellado. El anunciar en AIRBNB no implica no anunciar en otros portales.

 

Mar ***

Sergi
Community Manager
Community Manager
London, United Kingdom

Hola @Bellart0 (Mar), 

Bienvenida, soy Sergi y me encargo de dinamizar este foro de Airbnb. Verás que he eliminado de tus publicaiones el apellido ya que atenta contra las Normas del foro. En ellas estipulamos que por vuestra propia seguridad mejor no compartir esta información ya que os expone innecesariamente en el foro. Espero no te moleste pero lo hago por salvaguardar tu privacidad.

Un saludo

Sergi

-----


Por favor consulta las Normas de la comunidad

@Bellart0

 

Creo que realmente no estás tan perfectamente informado, me explico:

Insisto: una reserva en Airbnb es un contrato de servicios turísticos.


En Cataluña, la estancia máxima por reserva para alojamiento turístico es de 30 días, ya sea el piso entero como una habitación de 2x2.
Además, el tiempo máximo de alquileres por año es de 4 meses. Mejor dicho, 120 noches, de reservas distintas pues ninguna puede superar las 30 noches.


Este foro y el servicio es internacional y no se basan en la legislación barcelonesa.

 

Sí es descabellado, pero eres tú el que decide y el que creó el hilo para recibir opiniones. 



Marc

Dejé de ser anfitrión aunque sigo en el foro.

Al afirmar que es descabellado ya me estas dando tu opinion.

Creo que estamos diciendo lo mismo, a partir de 31 dias deja de ser turístico pero AIRBNB tiene esa demanda y una vez estas alquilando en Barcelona te basas en su legislación no en la Internacional pero ese es otro tema al que prefiero no entrar por respeto a la plataforma.

Gracias por tu ayuda y opinion. 

@Bellart0

 

 

"Creo que estamos diciendo lo mismo, a partir de 31 dias deja de ser turístico pero AIRBNB tiene esa demanda y una vez estas alquilando en Barcelona te basas en su legislación no en la Internacional pero ese es otro tema al que prefiero no entrar por respeto a la plataforma"


Con todos mis respetos, ni me estás entendiendo ni tampoco estás haciendo una interpretación correcta de la normativa de alojamiento para uso turístico de Cataluña.


Tú insistes en que si se ofrece en la plataforma entonces todo está bien.
Eso no es correcto. La plataforma te ofrece todas las opciones posibles y luego te avisa que tú eres el responsable de cumplir con la legislación.


Para que tus reservas de larga estancia realizadas a través de Airbnb se consideren un alquiler fijo, deberías hacer un contrato de alquiler mensual a los huéspedes de forma paralela al contrato de alquiler TURÍSTICO de Airbnb.
Desde ese preciso momento, estarás cumpliendo la normativa. Es decir, el tipo de acuerdo no se adapta a los detalles del solicitante ni se moldea según sus características.
Tú crees que si el alquiler es de más de 30 días, esa reserva ya no se considera un servicio turístico y por tanto se está cumpliendo la normativa, cuando es exactamente al revés: Al ser una reserva de servicio turístico desde el minuto 1, siendo la estancia mayor a 30 días, se incumple dicha normativa.


Cómo te digo, solo en el supuesto que hagas firmar un contrato legal de alquiler con término fijo a tus inquilinos, se demostraría el tipo de servicio que estás brindando.


Por último, te rogaría que tengas en consideración el tiempo que estoy empleando contigo.
Durante todos los minutos que dedico a hablar contigo, podría estar haciendo mil cosas, por lo que después ver todas tus respuestas en un tono innecesariamente defensivo, me desanima totalmente, de verdad. No lo entiendo. Somos compañeros, ¿no?
Mañana puedo yo tener una duda y tú darme tu opinión o apoyo, se trata de esto. No de llegar, preguntar y condicionar las respuestas deseadas.


Saludos,


Marc



Marc

Dejé de ser anfitrión aunque sigo en el foro.

Gracias por tus consejos y me disculpo si te has sentido ofendido.

Es mi segunda consulta en "community" y en ambas he tenido la misma sensación. En lugar de ser, como tu bien dices, consejos entre colegas basadas en la experiencia propia, tu primera respuesta se muestra tajante e indiscutible. Quizas no era esta tu intención pero ese es el motivo por el que yo me haya mostrado con una actitud mas defensiva.

 

En cuanto a tu ultimo consejo es muy bien bienvenido. Siempre hago un contrato paralelo.

Creo que he entendido perfectamente tus argumentos aunque a ti no te lo parezca pero no lo puedo compartir al 100%, lo lamento.

 

Gracias por tu tiempo.

Un saludo,

 

Mar

@Bellart0:


" tu primera respuesta se muestra tajante e indiscutible. Quizas no era esta tu intención pero ese es el motivo por el que yo me haya mostrado con una actitud mas defensiva"


Será por estás 5 palabritas:


"Tú verás lo que haces"


No por todo este texto:


"@Bellart ¿Dar de alta dónde? No especificas.
 

Está bien que pruebes esta empresa, aunque para tu propósito, hay plataformas más adecuadas.
AirBnB se centra más en dar servicio a huéspedes para corta estancia.
En AirBnB también hay demanda de larga estancia pero te costará mucho más que en otras Webs.
 

 A riesgo de que me miren mal a partir de ahora en AirBnB 😉 te diré que si no tienes interés en alojar turistas, no te publiques en una Web que da servicio principalmente a turistas. Cada reserva que hagas por medio de ellos, se entenderá como un servicio de alojamiento turístico y no tiene sentido.
 

El alojamiento turístico requiere unas acciones específicas por tu parte para cumplir las normativas y necesitas esperar a que se te apruebe la solicitud, sin embargo, el alojamiento de larga estancia, lo que se entiende como compartir piso, está permitido como tal, el único requisito es que no alquiles más de dos habitaciones de tu casa, que tú vivas en ella, que le hagas un contrato a tu inquilino (un gestor te cobrará por ello menos de 200€) y que declares las ganancias.
Es un mundo aparte.
 

El contrato que representa una reserva a través de AirBnB, sea para una noche como par mil, no deja de ser un contrato de servicios turísticos."
-----


Jejejej


Es cierto que la frase quedó fea, pero no era una frase aislada, leyendo el resto del mensaje está claro que la intención fue colaborar, nada más. Pero si no te gustó lo que te escribí o no recibes con agrado los consejos u opiniones de desconocidos, entiendo tu forma ---tajante--- de contestarme, pero no te preocupes, no estoy molesto en absoluto.

 

 

 

"Es mi segunda consulta en "community" y en ambas he tenido la misma sensación"


Yo no te he contestado en ninguna otra pregunta tuya....
Fue @Michael, todo sea dicho de paso, considero excelente la información que te dio respondiendo a tu previa petición de ayuda.


En cuanto a que "no compartes mi punto de vista"
Bueno, no le daré demasiadas vueltas más, pero es la ley, no tiene varias interpretaciones, no es la Biblia cuyo texto en ocasiones puede resultar ambiguo y al que le podemos dar matices.


Pero si haces ese contrato de alquiler de piso compartido, no hay más que hablar.
Lo haces genial 😉

Saludos Bellart.

 

 



Marc

Dejé de ser anfitrión aunque sigo en el foro.

Esto se podria convertir en una conversación si fin y dado que veo que tienes mucha seguridad en todas tus afirmaciones no creo que pueda decir nada mas.

Rapido comentario de Michael pero no me resolvio el problema...

 

Gracias de nuevo.

 

Mar

 

 

@Bellart0 Tú puedes retirarte de este hilo cuando lo creas oportuno. Por mi no te quedes 😉

 

Por mi parte me encanta saber que todo lo que aquí se escriba pueda resultar útil o interesante para otros anfitriones. De eso va el juego: colaborar con los demás. No son hilos privados ni un servicio personalizado de tengo un problema -> me registro -> pregunto -> recibo solución -> me piro...

 

 



Marc

Dejé de ser anfitrión aunque sigo en el foro.

Hola Marc, 

m'agradaria saber si al final vas decidir llogar el teu pis a Barcelona per estades de mes de 31 dies i si la teva experiència ha estat positiva.

Tinc un dubte semblant al teu, ja que tinc un pis a Barcelona, molt cèntric,  el qual podria estar interessada en llogar-lo per estades d'1 a 4 mesos però no estic segura si hi ha gaire demanda per estades d'aquest tipus i si és rendible. T'agrairia que em donis la teva opinió. Gràcies.

Jörg68
Level 1
Düsseldorf, Germany

Hola, ¿se puede ofrecer a través de la página Airbnb un apartamento para LARGA estancia (es decir, más de 31 días y con un contrato pararelo), pero SIN licencia o también es ilegal?

¿Lo sabe alguien?

 

Gracias de antemano

A.

Consulta los artículos del Centro de recursos

Cómo preparar tu alojamiento para los huéspedes
Consejos de los anfitriones en Airbnb Plus: cómo darle un toque único a tu espacio
Ayudar a los huéspedes durante su estancia