Hola soy de Perú. Hice un viaje este mes, y el recibo de AIR...
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Hola soy de Perú. Hice un viaje este mes, y el recibo de AIRBNB sale un monto aproximado de 218 soles y mi cargo en mi tarjet...
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Hola!
Se me han quedado dos habitaciones libres en casa, y estoy pensando en ser anfitrion y ofertar dichas habitaciones, pero estoy un poco "preocupado" con los aspectos legales en la Comunidad de Madrid. En la información general de la página es un poco confusa a mi entender. En resumen mis tres cuestines principales son:
1 - Como regular las cuentas con hacienda (si es que hay que hacerlo).
2 - He leído en algún artículo de la red que la nueva ley solo permite, para este tipo de renting en la Comunidad de Madrid, hacerlo como mínimo por 5 noches, no se si esto nos afectaría a los usuarios de airbnb.
3 - En caso de que todo esto este resuelto, como tendría que proceder, siendo mi piso de alquiler, para poder empezar a hospedar en las dos habiaciones libres que tengo.
Muchisimas gracias por cualquier aporte.
Un saludo, Rafael.
Buenos días @Orlando82,
Con mucho gusto. Tienes que enviarme un mensaje privado, aquí no puedo poner ningún datos de contacto porque la plataforma lo borraría.
Si tienes dudas sobre cómo hacerlo, el administrador de este foro se llama @Sergi. EL te puede ayudar.
Gracias,
@Jose35
Buenas tardes,
Tengo algunas preguntas muy concretas para decidirme a continuar alquilando mi casa completa. En mi caso vivo de alquiler y me permiten subarrendar. ¿Debo darlo de alta obligatoriamente en la Comunidad de Madrid? ¿O hay un minimo de ingresos a partir de los cuales declararlo? He leido también algo referente a 5 años pero no tengo claro si es que solo se declaran estancias superiores a 5 días. Agradecería toda indicación. Gracias.
Buenos días @Veronica648 ,
Aunque ya te he contestado por un mensaje privado, creo que tus dudas merecen una respuesta para todos. Buscar en el "abogado Google" tiene muchos riesgos porque lo más complicado del Derecho es adecuar la norma legal al caso concreto y eso solamente puede hacerse examinando a fondo las circunstancias del caso.
Pero con carácter general, los ingresos deben declararse casi siempre. Es muy poco frecuente el caso de que un alquiler turístico esté fuera de los límites de la declaración fiscal. Y, en todo caso, yo siempre aconsejo declarar porque te evita problemas. No olvidemos que los limites son para "no tener obligación de declarar", pero siempre puede hacerse.
Respecto a los 5 días mínimos fue una restricción que puso la Comunidad de Madrid en un Decreto ya derogado. Además tanto el TSJ de Madrid como el Tribunal Supremo anularon esa restricción, por lo que jurídicamente nunca ha existido.
Saludos,
@Jose35
Hola @Jose35,
Encantado de saludarte. Me gustaría ponerme en contacto contigo por privado pero la plataforma me indica que no tengo todavía este servicio habilitado. ¿Me puedes enviar una forma de contacto y te escribo o te llamo? Me gustaría darme de alta como anfitrión en la comunidad de Madrid.
Muchas gracias
Hola @Jose-Miguel22
lo siento mucho, pero esta prohibido poner en el chat ningún dato de contracto personal. Para eso están los mensajes privados.
saludos,
@Jose35
Hola Hola @Jose35
Me encantaría poder hablar contigo para tener unas aclaraciones sobre este tema. Parece que tú si sabes mucho! 🙂
Me mudo a Madrid en octubre y pienso empezar alquilar vivienda.
Como me podría poner en contacto contigo?
Muchas gracias, Daniele
Hola @Daniele776
lo siento mucho, pero esta prohibido poner en el chat ningún dato de contracto personal. Para eso están los mensajes privados.
saludos,
@Jose35
@Raffunk0 , @Jose35 , @Veronica648 , @Benito17 ¡Hola a tod@s! Hace poco he empezado como anfitriona, concretamente alquilando una habitación donde resido.
Me gustaría conocer que legislación regula esta actividad y conocer los requisitos de la C. de Madrid en la materia.
Muchas gracias.