Cambio en la política de registro

Inigo0
Level 1
Valencia, Spain

Cambio en la política de registro

Quisiera que Airbnb mejorase su sistema de registro de anfitriones para cumplir con la legalidad vigente. Técnicamente hablando, creo que a Airbnb le sería relativamente muy sencillo que el anfitrión tuviera que adjuntar obligatoriamente el número de licencia turística (para aquellas ciudades que lo exigen como Barcelona o Valencia) o incluso la prueba de propiedad de la vivienda (un recibo del IBI por ejemplo), o en su defecto una autorización de subarrendamiento, del mismo modo que suelen solicitar el DNI, tarjeta de crédito, etc. durante el registro. No lo hacen porque saben que eso dificultaría el proceso de registro y el volumen de nuevos arrendatarios podría ser menor que en las proyecciones que manejan. Les compensa más dejar que se registre cualquiera sin prácticamente ningún tipo de control (en detrimento de los anfitriones que si siguen la legislación) que las posibles multas que puedan recibir de la Administración, ya que cobran buenos porcentajes desde el minuto uno en que esos nuevos arrendatarios comienzan a alquilar el inmueble (ya que Airbnb cobra tasa de servicio tanto del arrendatario como del arrendador). Mil nuevos arrendatarios sin control, a una media de 100 eu/día por propiedad, ya les genera un beneficio de más de 300,000 euros al mes (pongamos 10 euros por transacción como mínimo, ya que cobran su tasa de servicio de ambas partes). Suficiente para cubrir cualquier multa. Creo esa es la política cortoplacista oculta que Airbnb sigue y me parece errónea. Es así de claro.

10 Respuestas 10
Michael477
Top Contributor
Cholula, Mexico

Hola @Inigo0:

Como es un propuesta para AirBnB, te recomiendo publicarla en HOST VOICE con el fin de hacerla llegar a AirBnB y de recopilar votos de los usuarios.

Saludos
Michael
Alfonso20
Level 10
Andalusia, Spain

Hola @Inigo0

 

Un detalle que Airbnb podría tener con los que tenemos licencia turística es posicionarnos mejor, por no decir crear un filtro igual que hace con la reserva inmediata o con los superhosts. Un apartamento con licencia turística es sinónimo de calidad, de cumplir con la legalidad en materia fiscal y de seguridad, es decir, contirbuye a elevar el nivel de Airbnb y a la redistribución del beneficio de la economía "colaborativa" mediante el pago de impuestos.

 

Saludos 

@Alfonso20 @Inigo0

 

Me parece una gran idea. Desgraciadamente sólo informar a la hora de publicar un anuncio de que el anfitrión debe cumplir con la legalidad no es suficiente para que airbnb sea fiable de cara a las autoridades. Debe demostrar su compromiso para que en países como España donde la corrupción campa a sus anchas a todos los niveles se vayan terminando estos comportamientos incívicos que vemos con demasiada asiduidad: fraude fiscal, incumplimiento de contratos de arrendamiento de residencia habitual, etc.

Hola @Fayna0

 

No acabo de entender tu mensaje. No sé que tiene que ver la corrupción en España, que por suerte, gracias a nuestro sistema legal se visibiliza y a ti por ello te parece que es mucho mayor que otros paises mas "herméticos" en este sentido. Por lo que dices, parece que no tienes licencia turística, de otro modo pienso que sabrías al control que se somete la propiedad por parte de las inspecciones y los requisitos en materia de calidad y seguridad, que indudablemente superan el estándar de la oferta en Airbnb. Como:

 

 Requisitos y servicios comunes.

Las viviendas con fines turísticos deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Disponer de licencia de ocupación, y cumplir en todo momento con las condiciones técnicas y de calidad exigibles a las viviendas.

b) Las habitaciones tendrán ventilación directa al exterior o a patios y algún sistema de oscurecimiento de las ventanas. Este requisito no será exigible cuando la vivienda o el edificio en el que se integra esté catalogado como Bien de Interés Cultural y el nivel de protección impida realizar algún tipo de obra, modificación o intervención que sea necesaria para cumplir con el requisito.

c) Estar suficientemente amuebladas y dotadas de los aparatos y enseres necesarios para su uso inmediato y acorde al número de plazas de que dispongan.

d) Refrigeración por elementos fijos en las habitaciones y salones, cuando el período de funcionamiento comprenda los meses de mayo a septiembre, ambos inclusive. Si el periodo de funcionamiento comprende los meses de octubre a abril, ambos inclusive, deberán contar con calefacción. Este requisito no será exigible cuando la vivienda o el edificio en el que se integra esté catalogado como Bien de Interés Cultural y el nivel de protección impida realizar algún tipo de obra, modificación o intervención que sea necesaria para cumplir con el requisito.

e) Botiquín de primeros auxilios.

f) Disponer de información turística, en soporte físico o electrónico, de la zona, zonas de ocio, restaurantes y cafeterías, comercios y tiendas de alimentos, los aparcamientos más próximos a la vivienda, servicios médicos existentes en la zona, medios de transporte urbano, plano de la localidad y guía de espectáculos.

g) Todas las viviendas dispondrán de Hojas de Quejas y Reclamaciones a disposición de las personas usuarias, y de cartel anunciador de las mismas en un lugar visible dentro de la vivienda.

h) Limpieza de la vivienda a la entrada y salida de nuevos clientes.

i) Ropa de cama, lencería, menaje de casa en general, en función a la ocupación de la vivienda y un juego de reposición.

j) Facilitar a las personas usuarias un número de teléfono para atender y resolver de forma inmediata, cualquier consulta o incidencia relativa a la vivienda.

k) Tener a disposición de las personas usuarias información e instrucciones de funcionamiento de electrodomésticos u otros dispositivos que lo requieran para su correcto uso.

l) Informar a las personas usuarias de las normas internas relativas al uso de las instalaciones, dependencias y equipos de la vivienda, así como la admisión y existencia de mascotas en la vivienda, restricciones para personas fumadoras así como las zonas de uso restringidos.

 

Si todo lo anterior te parece poco para asegurar la lac alidad de la oferta, entre otros muchos puntos referentes a contratación, reservas, etc. etc.y pago de impuetos podrias sugerir algún punto más a las autoridades, además del registro de viajeros que obligatoriamente se ha de transmitir a la policia antes de las 24 horas de la llegada, 

 

¿Y cual es el problema de Airbnb ahora mismo? Es un circulo vicioso. Si solamente pudieran publicar los anuncios los que tienen o tenemos licencia turística, se les acabaria el negocio, no llegamos ni al 10 por ciento. Si la inmensa mayoría estuviera legalizado, Airbnb podria mantener el negocio exigiendo el requisito de la liciencia. ¿De quien depende entonces? Empecemos por los mismos anfitriones haciendo las cosas bien.

 

Saludos

@Alfonso20

Debo expresarme muy mal si has entendido lo contrario a lo que quería decir. 

Hay mucho jeta que con simplemente sacar unas fotos a un apartamento ya publica un anuncio sin que airbnb haga nada para comprobar que es propietario o tiene autorización para publicitarlo como alojamiento turístico. A eso me refiero con corrupción a todos los niveles.

Tengo licencia turística, seguros, pago irpf, informo de los datos de los huéspedes a las fuerzas de seguridad, ... y quedo como una tonta delante de todo el mundo que me ve como una extraterrestre que no se aprovecha del sistema,

Hola @Fayna0

 

Siento haberlo entendido al revés. Los que tenemos licencia debemos luchar por nuestro reconocimiento en la plataforma, no somos los más tontos, pero sí los que ofrecen mejor calidad, seguridad y garantias. Entiendo que, como ya he comentado, si Airbnb sólo admitiera a los que tienen licencia, tendria que cerrar el negocio, es por ello que nos tiene que incentivar del mismo modo que lo hace con los superhost o la reserva inmediata,  creando un filtro especial y dándonos más visibilidad para que poco a poco no ser clandestino sea una ventaja y no sentirse el más tonto. Un anuncio con el número de registro turístico correspondiente es una garantia de que tanto el anfitrión como el piso existen, de acuerdo que aún así existirian los fraudes, pero ya lo tendrían más difícil y Airbnb cumpliría con su parte ante las autoridades.

 

Saludos

@Alfonso20

La picaresca sigue siendo muy intrínseca al carácter español .... jejeje!!! A ver si entre todos lo vamos cambiando y conseguir que la honestidad y la veracidad sean valores al alza!

Verás @Fayna0, no me gusta etiquetar a la gente por razón de nacionalidades, tampoco a mi propio pais. La picaresca, la delincuencia y los ladrones no tienen nacionalidades específicas, digamos que ésos si que son ciudadanos del mundo. Ciertas etiquetas  se transforman en prejuicios generalizando contra un colectivo, llámese pais, región, grupo social etc.  sobre todo cuando no se manejan los términos con sumo cuidado. Mira al mundo y no te preocupe de los españoles, hazlo mejor de los defraudadores, pícaros, ladrones, delincuentes y estafadores.

 

Saludos

Buenos días,

Estoy leyendo vuestra conversación ya que estoy barajando poner una casa en alquiler a través de Airbnb.
Me estoy leyendo la ley para saber que requisitos debo cumplir antes de poner el anuncio, etc 

 

Comparto que efectivamente, el que tiene licencia es sinónimo de calidad. Sin embargo, respecto a "picarescas, etc..." creo que el que no tiene licencia no está fuera de la ley... Leyendo distintas fuentes e, y en concreto respecto a la situación de Cantabria, el reglamento dice que se necesita solicitar una licencia para poder alquilar su casa como "alojamiento turístico extrahotelero".


Hasta ahí todo de acuerdo. sin embargo también dice que si decide no registrar su alquiler de vacaciones, usted podrá seguir ofreciendo alquileres de vacaciones a corto plazo en virtud de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Para ello, debe ofrecer un contrato de alquiler por cada reserva y declarar todos sus ingresos en su declaración de impuestos. Sin embargo, no debe anunciar su alquiler de vacaciones en cualquier lugar utilizando los términos : vacacional, vacaciones, turístico o incluso utilizar cualquier otro término que sugiera un alojamiento turístico.

Por lo tanto, no es delincuencia. No es necesario registrarlo mientras se cumplan esos requisito. Sin duda que sí lo está implicará unas condiciones de calidad mínimas, pero creo que se está acusando indebidamente o me estoy olvidando de algo?

Si alguien me lo aclara estaría muy agradecido.

Atentamente,
IC

Victoria188
Level 2
Galicia, Spain

Hola, buenas tardes, a mi también me parecería interesante que Airbnb cambiara su política en lo que respecta al control de la legalidad de los anfitriones, en lo que concierne a la propiedad de la vivienda sobre todo (los casos de la gente que se ha encontrado su vivienda realquilada y, aún para colmo, una sanción sin comérselo ni bebérselo, son sangrantes), pero también me gustaría que cambiaran su política en lo que respecta al control de la identidad de los huéspedes. 

Las normativas que han ido saliendo en todas y cada una de las comunidades autónomas nos obligan a los anfitriones a cumplir una serie de requisitos, en algún caso algo absurdos, a mi entender; pero que en otras ocasiones creo que exceden nuestras capacidades. 

De hecho en Galicia se ha aprobado la ley en mayo y yo me lo estoy tomando con calma y todavía no he dado de alta mi vivienda (no me preocupa porque mi casa ya estaba en alquiler en el momento en el que se promulgó la ley y siempre he pagado mis impuestos, que mayormente es lo que vienen buscando) hasta que consiga aclararme con un par de aspectos esenciales. 

Le he hecho una consulta a la Agencia Española de Protección de Datos y los anfitriones, dada nuestra obligación de recabar los datos personales de los huéspedes que nos visitan, tenemos la obligación de cumplirla. Eso implica no solo dejarlo claro en todas nuestras comunicaciones con los huéspedes haciendo alusión específica a ello, sino también cumplir la ley en lo que respecta a la seguridad y custodia de los datos. Y, sinceramente y sin extenderme mucho en mis apreciaciones, yo creo que hoy en día un ciudadano particular no puede cumplir la ley en este aspecto (si fusilan Lexnet, por ejemplo, a dónde vamos nosotros con nuestros ordenadores y móviles). Y la que se nos viene encima cuando aprueben la nueva ley de protección de datos para adaptarse a la normativa comunitaria. Vamos a tener que contratar los servicios de un profesional de los datos!!. 

Creo —que alguien me corrija—, que este es el único caso en el que un particular debe cumplir la Ley de Protección de Datos, que es una ley que está hecha clarísimamente para empresas y personas jurídicas.

 

Además, como el mundo y la tecnología han evolucionado una barbaridad yo (y supongo que mucha gente más. De hecho Airbnb oferta este tipo de sistemas) tengo instalado un sistema de claves para acceder a mi vivienda y, en la mayor parte de las ocasiones no llego ni a ver a la gente que viene a casa. Mis comunicaciones siempre son por escrito y vía Airbnb, mail o lo que coincida. 

Cómo les pido la firma, cómo compruebo que los datos que me dan son ciertos ... , y, sobre todo, de verdad tenemos autoridad para pedirle la documentación a alguien?. Supongo que en el caso de españoles que pueden conocer la normativa de este país, la cuestión será más sencilla; pero creo que esto nos va a generar conflictos con determinados viajeros de otras partes del mundo que no estén habituados a este tipo de requerimientos por parte de ciudadanos particulares. 

Y ya no solo eso. En la nueva normativa que pretende aprobar la Agencia Tributaria, no solo se obliga a las plataformas a proporcionar nuestros datos, también nos obliga a los anfitriones a guardar una copia de la documentación de todas y cada una de las personas que pasen por nuestra casa. Pero qué manía, pordiosiño. Sobre todo porque me gustaría saber para qué quiere esos datos la Agencia Tributaria y para qué quiere que los guardemos. Pero en fin ...

Y, bueno, ya sé que lo que voy a decir ahora a Airbnb no le va a gustar nada; pero creo firmemente que debiera ser la plataforma la encargada de recabar esos datos. Al  menos en los casos de particulares que alquilen única y exclusivamente a través de su plataforma.

Ya sé que todas las plataformas en estos momentos se están amparando en que ellos están regulados por ley de comercio electrónico y la LSSI para no darle nuestros datos a la Agencia Tributaria. Se supone que según dicha normativa "la plataforma no es responsable de su contenido mientras no tenga conocimiento de ello". Es decir, es como si funcionaran de una forma pasiva. Nosotros metemos nuestros datos y ellos es como si no se enteraran. Por esto es por lo que es imposible que tengan conocimiento de ningún tipo de ilegalidad y, por lo mismo, tampoco están obligados a buscarla.

Y yo, sinceramente, no pretendo que dejen de hacerlo. Que ellos sigan siendo pasivos, pero que permitan el acceso a su base de datos a la Agencia Tributaria y a la Dirección General de la Policía para que sean algoritmos creados por dichas agencias los que se encarguen de examinar si existe algún tipo de ilegalidad tributaria, turística o que afecte a la seguridad de la personas.

Es decir, que empiecen a pedir datos tal como los pide una compañía aérea cuando sacas un billete para varios viajeros. No solo te piden tus datos, te piden los datos de todo el resto de la gente que viaja.

O eso, o un montón de particulares que alquilamos nuestras viviendas vamos a estar sujetos a normativas imposibles de cumplir.

Consulta los artículos del Centro de recursos

Cómo preparar tu alojamiento para los huéspedes
Consejos de los anfitriones en Airbnb Plus: cómo darle un toque único a tu espacio
Ayudar a los huéspedes durante su estancia