En concreto, deberán aportar información relativa al titular de la vivienda, las personas que lo disfrutan, la identificación del inmueble, el número de días disfrutado y el importe obtenido por ello.
Exceltur ha valorado muy positivamente la decisión de Hacienda. “Se trata de un paso muy importante en la erradicación de la opacidad fiscal y falta de cumplimiento de la normativa que regula los alojamientos turísticos, con la que se ha venido desarrollando el alquiler turístico de viviendas en España”, apunta.
Hacienda atará en corto a Airbnb a partir de julio
La patronal turística recuerda que como se deriva de un estudio que hicieron en 2016 y la realidad de muchos destinos turísticos españoles ha corroborado (Barcelona, Madrid, San Sebastián, Valencia o Palma), “el crecimiento descontrolado de las viviendas de uso turístico, amparadas por las nuevas plataformas tecnológicas, es el principal factor determinante de los episodios de crecimiento de la congestión turística que ha dado lugar a una contestación social al turismo en los destinos turísticos españoles de mayor éxito”.
“Esperamos y deseamos que esta medida, junto con la traslación al sector del alojamiento turístico de los principios que sustentan la reciente sentencia Uber del Tribunal Superior de Justicia Europeo (La Justicia Europea ratifica que Uber es una empresa de transporte), ayude a hacer partícipes a las plataformas en el cumplimiento de la legislación turística vigente”, finaliza Exceltur.