Hola soy de Perú. Hice un viaje este mes, y el recibo de AIR...
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Hola soy de Perú. Hice un viaje este mes, y el recibo de AIRBNB sale un monto aproximado de 218 soles y mi cargo en mi tarjet...
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Hola, me gustaría saber si alguién se encuentra en la situación de alquilar habitaciones en su vivienda privada y que con la normativa que hoy ha salido publicada, nos dejan fuera y no podemos anunciarnos en la plataforma de AIRBNB... alguién me puede ayudar.
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Hoy se admitió a tramite ls presentación del recurso contencioso administrativo sobre el decreto de viviendas turisticas ante el TSJ de Galicia. La Xunta tiene 20 días para enviar todo el expediente administrativo y una vez analizado se presentará la demanda interpuesta por AVITURGA.
Buenas noches @Adrian85 , en alquiler de habitaciones en mi vivienda habitual a quien le tengo que dar parte d viajeros? porque la guardia civil me contesta que a ellos no ,que vaya a la aplicación ...pero la aplicación ( imagino hoteles etc , turismo) es para los que se rigen por turismo Viviendas de uso turístico y viviendas turísticas etc. alquiladas enteras,si)
Un saludo desde Galicia
Hola 🙂
Por curiosidad ¿cómo quedó este tema?
Gracias por tu tiempo
Fran
Hola @Francisco231,
Un consejo:
Si quieres participar de una conversación y conseguir respuesta asegúrate que mencionas apropiadamente a otros usuarios en tus comentarios para que reciban una notificación y vengan al foro a leer tu comentario. Así, gente que participa en este hilo como @Gloria16, @Jacobo6, @Mario400 o @Adrian85 podrán contestarte.
Espero te ayude para futuras publicaciones.
Sergi
Hola de nuevo,
Con fecha 12 de abril la Voz de Galicia publica el siguiente titular: La Xunta permitirá alquilar habitaciones turísticas sólo si el dueño vive en la casa.
En el artículo entiendo que vienen a decir que esta modalidad queda fuera del decreto de viviendas turisticas al considerarse una modalidad distinta. Lo que vendría siendo el ya famoso "homesharing"
tambien dicen en dicho articulo que el alquiler en régimen compartido con los propietarios no entra en el ámbito y competencias de turismo.
Mi pregunta es :¿ alguno de vosotros sabe si esto es oficial y por lo tanto sigue habiendoo un vacio legal con nosotros?
Gracias
Un saludo
Conoces Aviturga? Es una asociación con base en Sanxenxo. Han recurrido esta ley en los juzgados. Vale la pena hacerse socio, son dos cuotas de 20€ al año. Igual te pueden resolver las dudas que tengas. Yo alquilo mi piso entero así que el tema de las habitaciones no lo controlo tanto.
Muchas gracias, @Adrian85
No conocía la asociación, pero intentaré ponerme en contacto con ellos.
Un saludo
Hola, te comento un poco mi caso a ver si sabes que opcion puedo tener; mis padres tienen su piso en coruña pero estos ultimos años pasan el año entero en la aldea y vienen solo unos dias un par de veces al año; puedo ponerles el piso en airbnb? que tengo que hacer para hacerlo? muchas gracias de antemano
@Sara7431 Hola! Fijate en las fechas ..algunas son de 2017. Tienes q etiquetar al usuario con el q quieres interactuar usando el simbolo @
Al hacerlo t saldrá un recuadro con las personas q han intervenido en el post y al pinchar sobre el/ella, le llegarà tu mensaje.
Hola, os escribo desde Andalucía, concretamente desde un pueblecito de unos 500 habitantes, me interesa el tema porque hoy mismo cuando he querido dar de alta a el alojamiento ( una buhardilla dentro de mi propia vivienda) donde yo vivo, me han informado que no lo puedo hacer al ser la localidad inferior a 20.000 habitantes. Que tendría que acogerme a otro tipo de modalidad .
Sabeis algo al respecto?
Saludos
Amparo
yo estoy como tu,vivo en la misma casa que alquilo las habitacciones,he llamado a montones de sitios,he ido al ayuntamiento,a turismo a hacienda y nadie me aclara nada
Contacta con Aviturga en Sanxenxo. Ellos te pueden resolver todas las dudas que tengas al respecto. Yo me hice socio hace un año porque se veía venir el marrón. Es una cuota semestral de 20€ y tienes asesoramiento fiscal gratis, descuentos con el seguro de RC que estás obligado a tener por ley. A mi me parece dinero bien gastado y está bien que haya una asociación que lucha por nuestros derechos como propietarios en Galicia. Buena suerte!
Viva spain
Hola a todos, nos une el estar metidos en este lío.
Mañana 10 de mayo, si la Xunta no aplaza la entrada en vigor del decreto ley que lo regula, abre el plazo de inscripción para viviendas de uso turístico, supongo que el que más y el que menos habrá preparado la documentación e intentará presentarla en el menor plazo posible, yo me encuentro en este caso.
Tengo una pregunta sobre la documentación, se han de abonar unas tasas antes de hacer la presentación de la <<Declaración responsable>>, ¿alguién sabe el importe y como se tramita, fundamentalmente donde se realiza la recogida del documento de pago?
Mañana pretendo hacer los trámites, en cuanto haya finalizado os contaré la experiencia.
Un saludo
Bueno, presentado no sin inconvenientes.
Al final me he decantado por hacerlo por vía electrónica para no perder tiempo en desplazamientos, si bien es posible que me hubiese llevado mas o menos lo mismo, pero eso ya depende de lo expertos que seamos y de las utilidades que tengamos a mano, os relato:
La primera dificultad, como os comentaba ha sido conocer el importe de la tasa, tras cuatro llamadas a los teléfonos que me iban indicando, encontré a una persona que realmente estaba informada, el importe de la tasa es 56.82€ , el pago puede hacerse en la dirección "http://www.conselleriadefacenda.es/es/servizos-e-tramites/listaxe-servizos/taxas-prezos-multas-e-san...", se puede acceder sin certificado. Una vez que nos presenta el documento de autoliquidación debemos de saber que la Consellería es "04-Presidencia", el servicio "007-Axencia Turismo de Galicia"; delegación la que corresponda, en mi caso "40-Pontevedra" y en Tasa "311901 Clasificación ....", por último en objeto de pago pondremos "Vivienda de uso turístico" y en total a ingresar los 56.82€ mencionados. Continuamos introduciendo nuestros datos personales y bancarios y acabamos realizando el ingreso correspondiente.
Ojo cuando hayamos finalizado, guardar el documento resultante en el ordenador, lo necesitaremos más adelante.
Ya que estamos haciendo este ingreso, sería conveniente aprovechar para realizar el abono del importe de las tasas por las hojas de reclamaciones (indicación realizada por la persona que me atendió), que como sabéis son obligatorias, el coste se de 0.15€ cada una, yo por si os sirve de ayuda he cogido 4 por 0.60€, espero no utilizar ninguna. Podemos reutilizar toda la explicación anterior, cambiando el código de tasa que será "363500-Venda de follas de reclamacions" (imagino que los dos primeros dígitos cambiarán con la provincia) y en el objeto de pagpo poner "Follas de reclamacions". Guardar el documento en el ordenador.
Hasta aquí el pago, ahora vamos con la presentación de la solicitud de registro.
Antes de comenzar, verificar que disponemos de un DNI electrónico del cúal conocemos su clave y un lector de tarjetas con todos sus drivers o del usuario y contraseña de la Xunta que llaman "Chave365", sino hemos de procurarlo antes de comenzar, comentar que el "CHAVE365" se gestiona en los centros de salud y es instantaneo, te proporcionan una dirección web donde debes introducir el DNI y la clave que te llega vía SMS al movil y cambiarla para tener acceso a mucha información y trámites de la comunidad,
La solicitud se cubre directamente en pantalla, para ello accedemos a la dirección "https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TU986D" y ahí pulsamos en "Iniciar presentación" donde nos abre el documento de solicitud ya conocido TU986D para que introduzcamos nuestros datos, ya solo es ir completando y al finalizar adjuntar el justificante de haber pagado las tasas que os comenté se había de guardar para dar por finalizado los támites.
Algunas cosas que he hecho antes de comenzar todo esto:
- Hablar con la agente que lleva mi seguro de hogar, para ampliar las coberturas de RC, me ha indicado que no hace falta, solamente incluirá una indicación de que está alquilada y ya estarán cubiertos los inquilinos, en mi caso con 300.000€ y además incorpora un seguro para daños que puedan ocasionar en el hogar, buena cosa, si alguién quiere saber cúal es mi seguro que me contacte, muy barato y no incrementa coste el que se alquile.
- Solicitar en el ayuntamiento (en la gestoría no lo tenían) la licencia de primera ocupación, tardaron 1 semana y sin coste.
- Localizar la escritura de división horizontal del edificio donde viene el detalle de unos primeros estatutos, me he dirigido con ellos al registro para solicitar copia de los estatutos de la comunidad registrados y la carcajada fué sonora, parece ser que es muy raro que una comunidad registre sus estatutos, me indicaron que con lo que yo llevaba era suficiente.
- La escritura de propiedad que acredita la propiedad y libre disposición ya obraba en mi poder.
Espero que os ayude, ahora me falta saber como reclamo las hojas de reclamaciones que he abonado, he visto que en "https://consumo.xunta.gal/sites/default/files/public/documentos/1476345889_nuevo_modelo_hoja_de_recl..." se pueden cubrir y descargar pero no creo que sea eso, mañana llamaré y me informaré, y ya os contaré.
Buen día