normativa en Galicia que ha sido publicada hoy

¡Resuelto!
Gloria16
Level 2
Santiago de Compostela, Spain

normativa en Galicia que ha sido publicada hoy

Hola, me gustaría saber si alguién se encuentra en la situación de alquilar habitaciones en su vivienda privada y que con la normativa que hoy ha salido publicada, nos dejan fuera y no podemos anunciarnos en la plataforma de AIRBNB... alguién me puede ayudar. 

Mejor Respuesta

Hoy se admitió a tramite ls presentación del recurso contencioso administrativo sobre el decreto de viviendas turisticas ante el TSJ de Galicia. La Xunta tiene 20 días para enviar todo el expediente administrativo y una vez analizado se presentará la demanda interpuesta por AVITURGA. 

 
Si alquilas por habitación sin dar de alta el piso en Turismo, te expones a multas de hasta €90,000. No es ninguna coña. 
 

 

Yo sólo alquilo piso entero. Lo daré de alta el día 10 de mayo por si acaso.

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111 Respuestas 111

Bueno finalizado el proceso de registro, se ha resuelto a favor.

 

Al respecto de las hojas de reclamaciones, me he dirigido con el justificante de haber abonado las tasas al registro, solicitando me sean enviadas a mi domicilio, ahora a la espera.

 

Último paso que creo que me falta es el darme de alta en la web de la policia nacional para registrar los datos de los huespedes, ya conozco más o menos el proceso, así que a por ello, como siempre os diré como me ha ido.

 

Cualquier duda que tengáis y que pueda resolver, preguntadme.

Sergi
Community Manager
Community Manager
London, United Kingdom

Muhas gracias por la ayuda y asesoramiento que ofreces al resto de usuarios de Galicia, @Ana-Y-Jacobo0, realmente te lo agradezco mucho.

Un saludo

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Por favor consulta las Normas de la comunidad

Hoy he solicitado el acceso a la web de la Policia Nacional para poder presentar telemáticamente los datos de los huespedes, lo de telemáticamente es que proporcionan una página donde hemos de rellenar los datos, que ya hemos cubierto en el documento en papel y que hemos de dar a firmar a los huespedes (todos) y archivar en un libro de visitas, cara a una posible inspección. Existe otra posible modalidad de notificación que sería mediante envío de FAX, se ha de elegir en el momento de presentar el formulario solicitando el acceso.

 

El procedimiento es sencillo, solamente se ha de rellenar un cuestionario con nuestros datos y del alojamiento y quedar a la espera de que envíen las claves de acceso.

 

Lo que veo engorroso y posible motivo de suspicacias, es esa disparidad de reglamentaciones por Comunidad Autonóma, que hacen que a un huesped tengamos que solicitarle todos sus datos y los de sus acompañantes y en otra vivienda de otra comunidad no sea necesario.

 

Por si os sirve, yo he incluido el número de registro en el anuncio y también una nota en la que indico que a la llegada al apartamento se pedirán los datos de todos los huespedes y la firma del documento oficial.

 

Aquí hago una solicitud a AIRBNB que también haré llegar a modo de sugerencia y es que sería recomendable que todos los datos de ese formulario, que es único para toda España se solicitasen a los huespedes en el momento de hacer la reserva, se pudiesen completar con los datos del anfitrión y se pudiesen imprimir desde la página, eso permitiría que a la llegada después de un viaje y cansados, solo tuviesen que firmar el documento y no estar aportando la información con la consiguiente espera.

 

Bueno, mañana tengo los primeros huespedes a los que aplicaré este procedimiento, espero que sepa explicarlo de manera que no haya reticencias.

 

Como siempre un saludo

Lo siento por tus huespedes. No es bonito ni agradable tratar a las personas de buena fe de esa manera. E visitado mas de 120 paises y solo aqui y en italia hacen esto? Menos mal!! Y esto es lo k en spain se llama vivir bien? K dios venga y nos ayude. ..

Hola! Yo quería preguntaros, en la "entidad comercializadora" del TU986D, sois vosotros o Airbnb. Al de turismo de Pontevedra le entendí que era la plataforma, y no tengo los datos 😞 Gracias

Hola, las hojas de reclamación se pueden recoger en algún sitio con el justificante de pago?

Hola Mario, yo las he recogido en el edificio de la Xunta en Vigo, después de haber solicitado que me las enviasen allí, llama y pregunta que opciones hay, ya que veo que estas en Sanxenxo.

Un saludo

Disculpa, a la xunta he ido para solicitar que me las enviasen a mi domicilio, como he puesto en otro post, "Al respecto de las hojas de reclamaciones, me he dirigido con el justificante de haber abonado las tasas al registro, solicitando me sean enviadas a mi domicilio, ahora a la espera."

E estado y vivido en muchos paises y no conozco ninguno salvo en africa k a) no tenga gente preparda trabajando y b) ponga tantas barreras a las personas por un simple €. "Spain is different no doubt"

Madre mia! Only in spain. "The rain in spain, falls mainly on a plane"

Hola Antonia, espero que no te moleste pero está comunidad está pensada para plantear dudas y que cada uno ayude aportando su conocimiento o experiencia, no para expresar opiniones y menos despotricar contra un país que tiene sus leyes, mejores o peores, que hay que cumplir o intentar cambiar si nos parecen injustas.

Por cada entrada que se hace nos llega al correo un email y ayer hemos recibido todos al menos 8 de tus comentarios que no aportan nada, excepto uno en el que planteas una duda.

Entendido... estaba tratando de aportar pero quizas mi español

Siento tu y otros os ayais sentido ofendidos, ofender, no era mi idea

Gracias por el buen mensaje

Lo de las licencias debetia tbn ser un sencillo tramite digital 

@Ana-Y-Jacobo0, a ver si me podeis ayudar. 

Cuando realizasteis  la presentacion de la declaración responsable (TU986D) al cubrir el período de funcionamiento, ¿que poneis como fecha de funcionamiento?. Yo entiendo que se sabe el periodo de inicio de la actividad pero el final no, y la xunta pide que se aclare tambien el final.

 

En cuanto a las Taxa para el 2018 es de 57.39€ (comunicado de la Xunta)

 

Un saludo

Hola @Mar81, gracias por actualizar el dato del importe, seguro que es útil para otros, como sabéis se paga solo una vez al darse de alta.

 

Nosotros hemos puesto del 1 de mayo al 30 de octubre, que es mas o menos la temporada en la que lo ponemos a disposición, aunque no he encontrado ninguna limitación a que el periodo de alquiler sea todo el año, con la única limitación de que cada estancia no sea superior a 30 días.

 

Un saludo

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